Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Noviembre de 2011, número de resolución KLAN201100811

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201100811
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2011

LEXTA20111109-11 DDR Señorial LLC v. Subway Real Estate Corp.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

DDR SEÑORIAL LLC, S.E. DEMANDANTE-APELANTE V. SUBWAY REAL ESTATE CORP. D/B/A: SUBWAY; N&N SUB CORPORATION, Norman Sierra Sorrentini, su esposa Jane Doe y la sociedad legal de gananciales por ellos compuesta; Nayda L. López, su esposo John Doe y la sociedad legal de gananciales por ellos compuesta DEMANDADOS-APELADOS KLAN201100811 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan NUM. K CD2010-3363 (604) SOBRE: COBRO DE DINERO

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, Juez Vizcarrondo Irizarry y la Jueza Colom García

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 9 de noviembre de 2011.

DDR Señorial LLC, S.E. (en adelante DDR Señorial) solicitó la revisión de una sentencia del Tribunal de Primera Instancia mediante la cual se desestimó una demanda en cobro de dinero.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, se confirma la sentencia.

I.

CRV Señorial S.E., LLP, antecesora en interés de DDR Señorial, el 17 de septiembre de 2002, suscribió un contrato de arrendamiento con Subway Real Estate Corp. (en adelante Subway) en el que este obtuvo en arrendamiento un local en el centro comercial conocido como Señorial Plaza. El término del arrendamiento era de 10 años, a partir del 1 de agosto de 2002.

El contrato suscrito entre las partes disponía lo siguiente en su sección 20.3: "Notwithstanding anything

in the lease to the contrary, Tenants liability upon Landlord’s exercise of its

right under this ARTICLE XX shall be limited to an

amount which shall not exceed

the lesser of Forty Thousand

and 00/100 Dollars ($40,000.00) or the then

annual minimal rent".

Subway

subarrendó el local al señor Norman Sierra, a la señora Nayda

López y a la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre ellos (en adelante Sierra-López). El 14 de agosto de 2002, N&N Sub Corporation y Sierra-López garantizaron el cumplimiento de todos los términos y condiciones que según el contrato de arrendamiento debían ser realizados por Subway.

Este contrato de garantía estipula que N&N Sub Corporation y Sierra-López: "unconditionally guarantee

the full performance and observance of all

the convenants, conditions and agreements therein provided to be performed and observed

by the tenant".

Más adelante, la garantía también establece que: "The

obligations of each of the

Guarantors include the payment to

Landlord of any monies payable

by Tenant under any provisions

of the Lease, at law, or

in equity, including, without limitation, any monies payable

by virtue of the breach

of any warranty, the grant of any indemnity

or by virtue

of any covenant

of Tenant under the Lease".

Así las cosas, DDR Señorial presentó demanda en cobro de dinero el 21 de octubre de 2010. Adujo que Subway, N&N Sub Corporation y Sierra-López le debían la cantidad de $120,552.99 por concepto de cánones de arrendamiento atrasados más los honorarios de abogado incurridos para el repago de la deuda reclamada.

Según se alegó, esta cuantía representa lo adeudado hasta octubre de 2010, sin embargo, dicha cantidad aumenta de mes a mes a razón de $4,784.01. Finalmente, cabe destacar que el párrafo #9 de la demanda establece que: "de las sumas anteriormente descritas, la responsabilidad de pago del codemandado

Subway Real Estate Corp. d/b/a/ Subway no excederá de...

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