Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Noviembre de 2011, número de resolución KLCE201101259

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201101259
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2011

LEXTA20111109-17 Aguileon Enterprise, Inc. v. Husni Yacoub

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO, GUAYAMA Y UTUADO

PANEL XI

AGUILEON ENTERPRISE, INC.
DEMANDANTE
V
YACOUB HUSNI YACOUB
recurrido
uNITED SURETY & INDEMNITY COMPANY
PETICIONARIO
KLCE201101259
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Arecibo CIVIl NÚM: CD2009-1301 Y CD2009-1302 SOBRE: DESAHUCIO Y COBRO DE DINERO

Panel integrado por su presidente el Juez Cabán García, la Jueza Medina Monteserín

y la Jueza Cintrón Cintrón.

Medina Monteserín, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de noviembre de 2011.

Comparece United Surety and Indemnity Company

(USIC), mediante recurso de certiorari presentado el 3 de octubre de 2011. Solicita la parte peticionaria que revisemos la Orden dictada por el Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Arecibo, el 30 de agosto de 2011, notificada el 2 de septiembre del mismo año. Además, el 13 de octubre de 2011 la peticionaria USIC presentó una moción en auxilio de jurisdicción solicitando la paralización de los procedimientos en lo que se resolvía el recurso. En esa misma fecha declaramos HA LUGAR la moción, paralizamos los procedimientos ante el foro de instancia y ordenamos a la parte recurrida expresarse en 10 días sobre los méritos del recurso.

No obstante, la parte recurrida no ha comparecido por lo que sin más dilación procedemos con la adjudicación del recurso.

I

A continuación resumimos los hechos procesales pertinentes a la controversia ante nuestra consideración.

El 17 de diciembre de 2009 Aguileon Enterprises, Inc. presentó ante el Tribunal de Primera Instancia una demanda en cobro de dinero contra Yacoub Husni Yacoub

basada en el alegado incumplimiento de éste con el contrato de arrendamiento de un local comercial suscrito con la corporación demandante el 17 de agosto de 2009. Además presentó una demanda de desahucio. El 10 de febrero de 2010 la demanda en cobro de dinero fue enmendada.

El 18 de marzo de 2010 el demandado presentó su contestación a la demanda alegando que era la demandante quien había incumplido el contrato. Además, el demandado presentó una reconvención en daños y perjuicios por embargo ilegal contra Aguileon Enterprises

Inc. y contra la Aseguradora de ésta alegando lo siguiente:

“…

VI. La parte reconvenida se enriqueció injustamente a costa de bienes y propiedades del reconvinente

mediante actos dolosos, antijurídicos causándole graves daños de los cuales deberán responder tanto ésta por el exceso no cubierto por su fianza y esta por el monto total de la fianza prestada para cubrir reclamos que sean adjudicados por daños y perjuicios que la prueba así lo demuestre.

VII. La parte reconvenida y la fianza prestada por su aseguradora deberán responderle al aquí reconvinente, por todas las pérdidas, bienes embargados, por perdidas de ventas, gastos incurridos, deudas que tuvo que asumir, inversiones para operar negocio arrendado, cese de operaciones, daños a la operación de sus otros negocios, daños a los sistemas de computadoras, gasolina dispuesta ilegalmente, dineros y bienes faltantes, todo lo cual, se...

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