Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Noviembre de 2011, número de resolución KLAN201100175
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201100175 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2011 |
LEXTA20111121-04 Universal Insurance Comp. v. Hartford Fire Insurance
Comp.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
UNIVERSAL INSURANCE COMPANY DEMANDANTE-APELADA V. HARTFORD | KLAN201100175 | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan NUM. K AC2007-2520 (504) SOBRE: SENTENCIA DECLARATORIA |
Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres
Rivera Román, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 21 de noviembre de 2011.
Hartford Fire Insurance Company (Hartford) nos solicita que revisemos la sentencia parcial que emitió el Tribunal de Primera Instancia mediante la cual desestimó la acción de cobro de dinero y reembolso que incluyó en la reconvención que presentó contra Universal Insurance
Company (Universal).
Por los fundamentos que discutimos a continuación, se revoca la sentencia parcial revisada.
Universal presentó una petición de sentencia declaratoria contra Doral Financial
Corporation (Doral) y las
aseguradoras Hartford y Liberty
Mutual Insurance Company (Liberty). Alegó que en el año 2003, expidió una póliza de seguros de $10 millones a favor de Doral, sus oficiales y directores, que respondería por las reclamaciones en exceso de los $40 millones cubiertos por otros seguros primarios expedidos por las aseguradoras Federal Insurance Company
(
Conforme a las alegaciones de la demanda, Universal no estaba obligada a proveer la cubierta de $10 millones hasta que
asegurarían el riesgo de la Póliza del 2004. La póliza del reaseguro se firmó el 22 de junio de 2004. Hartford asumiría el 70% del riesgo de la Póliza del 2004, mientras que Liberty
asumiría el 27.5% del riesgo. El restante 2.5% lo asumiría Universal.
En abril del 2005, Doral
anunció que los estados financieros que se auditaron
durante el periodo del 2000 al 2004 no fueron confiables, lo que provocó un descenso en el valor de sus acciones. Ello provocó un pleito de clase en el cual se consolidaron 18 pleitos que varios accionistas presentaron en el Tribunal Federal para los Distritos de Nueva York y Puerto Rico. Para transigir estas reclamaciones millonarias, Doral solicitó a
Según las alegaciones de Universal, la Póliza de 2004 no se activó, puesto que a ese momento no se habían agotado las cubiertas primarias de los seguros de
En cuanto a Hartford y a Liberty, Universal alegó que la póliza de reaseguro incluyó una cláusula denominada como Claims Control Clause. La referida cláusula alegadamente
otorgaba a Hartford y a Liberty
el control sobre el manejo de cualquier reclamación que Doral
pudiera tener al amparo de la Póliza del 2004. Ante ello, Universal alegó que las reaseguradoras tenían la obligación de ejercer el control sobre la reclamación contra Doral, pero Hartford incumplió con lo pactado y negó la validez del contrato de reaseguro. Universal alegó que Hartford
le indicó extrajudicialmente que aceptaría la oferta de transacción que le propuso Doral para terminar el pleito federal, pero le reclamaría a Universal el reembolso de dicha partida. Universal, a su vez, negó que tuviera la obligación de reembolsar el pago proyectado por Hartford y para liberarse de la responsabilidad señaló lo siguiente:
-
Cualquier pago que Hartford haga a Doral en estos momentos tampoco es útil para Universal porque Universal no tiene obligación alguna de proveerle cubierta a Doral, y de tenerla, la cubierta bajo la Póliza no se activa hasta que Federal y Ace le paguen a Doral la totalidad de los $40 millones de cubierta provista por sus respectivas pólizas de seguro, lo cual no han hecho.
-
Universal no tiene ni tendría obligación de reembolsarle a Hartford
el dinero que Hartford aportó para una transacción con Doral. Cualquier reclamación de Hartford para el reembolso de dicho dinero estaría vedada por los términos del contrato de reaseguro.
-
Por otro lado, la negativa de Hartford de ejercer el control expone a Universal a reclamaciones por incumplimiento de contrato, ya sea de parte de Doral, de parte de los Reaseguradores, o de ambos.2
Universal solicitó al Tribunal de Instancia que emitiera una sentencia declaratoria sobre los derechos y obligaciones de las partes, conforme a las cláusulas del contrato de reaseguro. También solicitó al Tribunal de Instancia que se expresara sobre el alcance de la cláusula denominada como Claims Control Clause, así como los derechos y obligaciones que las partes podrían tener en relación con cualquier pago que se le hiciera a Doral, de acuerdo con los términos de la póliza. Particularmente, Universal solicitó al Tribunal de Instancia que concluyera lo siguiente:
-
Hartford y Liberty
tiene la obligación de ejercer control sobre el manejo de cualquier reclamación que Doral haga o pretenda hacer con arreglo a la Póliza, en específico, deben de encargarse del proceso de transar, investigar, defender, negociar y/o ajustar dicha reclamación;
-
Hartford Liberty
deben transar, investigar, defender, negociar y/o ajustar la propuesta actual de Doral de que se haya un compromiso para aportar la totalidad o parte de la cubierta con arreglo a la Póliza para una posible transacción entre Doral y los demandantes en los Pleitos;
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Hartford y Liberty
deben reembolsarle a Universal todos los gastos legales que Universal haya incurrido o pueda incurrir por la negativa de Hartford
o Liberty de ejercer el control sobre el manejo de cualquier reclamación actual o potencial de parte de Doral;
-
Se declare y ordene que Doral tiene que negociar con Hartford
y Liberty, no con Universal, todo asunto relacionado con la Póliza, incluyendo cualquier propuesta para que se aporten fondos provenientes de la cubierta de la Póliza en una transacción de los Pleitos;
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Se declare que según los términos del contrato de reaseguro, Hartford y Liberty no pueden recobrar de Universal cualquier pago que hagan para aportar a una transacción con Doral.3
Hartford
recibió el emplazamiento y copia de la demanda de Universal. Posteriormente, Hartford suscribió con Doral un contrato denominado como "Acuerdo y Relevo", el 27 de abril de 2007.
Como resultado del acuerdo, Hartford aportaría $4,832,850 a la cuenta reservada para transigir el pleito federal. Hartford suscribió el acuerdo como si la póliza del reaseguro estuviera vigente. De acuerdo a Hartford, el pago de los 4.8 millones era equivalente al 66.66% de los $10 millones que Universal le correspondía aportar a los fondos de la transacción del pleito federal, según se estipuló en la Póliza del 2004. Sin embargo, Hartford negó la validez de la póliza de reaseguro, así como la existencia de una relación contractual con Doral.
En el acuerdo suscrito con Doral, Hartford
se reservó el derecho de solicitar el reembolso del pago a Universal.
Hartford
contestó la demanda de Universal y negó los hechos pertinentes a la reclamación el 18 de julio de 2007. Presentó, además, una reconvención contra Universal en la que incluyó tres causas...
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