Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Noviembre de 2011, número de resolución KLRA201100967

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100967
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2011

LEXTA20111129-19 Netxar Technologies, Inc. v. Junta de Subastas de la Adm.

de Servidores Generales

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

NETXAR TECHNOLOGIES, INC.
Recurrente
v.
JUNTA DE SUBASTAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES
Recurrida
KLRA201100967
REVISIÓN procedente de la Administración de Servicios Generales Sobre: Impugnación de Subasta

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Piñero González y la Juez Surén

Fuentes

Surén Fuentes, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 29 de noviembre de 2011.

La recurrente Netxar Technologies, Inc. (Netxar) solicita la revisión de la Resolución de la Junta de Reconsideración de la Administración de Servicios Generales (ASG) de 30 de septiembre de 2011, notificada el mismo día y año.

Mediante la misma se confirmó la adjudicación de la Subasta Núm. 11-0100ASG para la contratación de los servicios de renta y adquisición de servidores virtuales de la agencia.

I.

La ASG abrió un proceso de subasta para la adquisición de servidores virtuales de la agencia. En lo pertinente, la ASG incluyó como inciso número 1 del pliego de “Condiciones Especiales” que “[e]l licitador informará el periodo de tiempo que tomará preparar y la disponibilidad del área en días laborables.”

(Ap. Pág. 13). El 21 de julio de 2011, dicha agencia emitió “Enmienda Número 1” para establecer, en lo pertinente, que: “[l]os licitadores someterán con su oferta una lista de referencias de trabajo a otras entidades, ya sean públicas o privadas”. Id., pág. 17. Luego de una primera enmienda, el 4 de agosto de 2011, la Junta de Subastas emitió “Enmienda Número 2” y, en lo pertinente, requirió “…que el tiempo de conversión no excederá dos (2) meses. Es responsabilidad del licitador realizar los arreglos pertinentes para cumplir con esta escala de tiempo.” Id., pág. 2.

Recibidas las propuestas, el 30 de agosto de 2011, la Junta de Subastas de la ASG rechazó las propuestas sometidas por Netxar, Evertec, Worldnet Telecommunications y Services

& Solutions Corporation.

La buena pro fue adjudicada a Netwave Equipment Corp., (Netwave). La Junta de Subastas concluyó, en lo pertinente, lo siguiente: “[l]icitador [Netxar] no cumple con la Condición Especial Número 1 y Enmienda Número 2 a la subasta donde se le solicita detallar (el tiempo que le tomará migrar y convertir en un periodo que no excederá de dos (2 meses) la información de la ASG.”

Netxar presentó una oportuna moción de reconsideración ante la Junta de Reconsideración

de la ASG. Id., págs. 27-42. 5. Señalo que a través de la carta de presentación de 9 de agosto de 2011, que le remitió a la ASG, se desprendía su afirmación de cumplir con todos los requisitos de la subasta.

Id., pág. 37. Aguyó que “[e]sto

ciertamente incluye “realizar los arreglos pertinentes para cumplir con [la]

escala de tiempo”, o el término de 2 meses establecido por la ASG en la Enmienda Número 2.” También adujo lo siguiente:

[e]xpresar en días laborables un término cierto y establecido por la propia agencia, pero que tenía que hacerse en 2 meses, conlleva un mero cómputo matemático susceptible de ser verificado por la propia agencia, que en nada altera los términos, condiciones y especificaciones de la subasta, ya que el mismo término es aplicable a todos los licitadores.

Id.

Netxar también señaló incumplimiento por parte de Netwave con las Enmiendas 1 y 2 en...

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