Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Diciembre de 2011, número de resolución KLCE201101567

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201101567
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2011

LEXTA20111213-16 Municipio Autónomo de Guaynabo v. Trans Ad de P.R.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE BAYAMÓN, AIBONITO Y HUMACAO

MUNICIPIO AUTÓNOMO DE GUAYNABO
Peticionario
v.
TRANS AD DE PUERTO RICO, INC.
Recurridos
KLCE201101567
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso Núm.: D CD 2011-1049 (506) SOBRE: COBRO DE DINERO, CUMPLIMIENTO ESPECÍFICO Y DAÑOS

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez García García y la Juez Gómez Córdova.

Gómez Córdova, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2011.

Compareció ante nosotros, mediante recurso de certiorari, el Municipio Autónomo de Guaynabo (Municipio) en solicitud de la revisión de la determinación tomada en corte abierta por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (Instancia), en la cual se le denegó su pedido de embargo preventivo en aseguramiento de sentencia. El dictamen se recogió mediante una Minuta/Resolución que fue notificada el 7 de septiembre de 2011. Al denegarse su oportuna moción de reconsideración, compareció el Municipio ante nosotros mediante recurso de certiorari. Por tratarse de una disposición al amparo de la Regla 56 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V (2009), R. 56, tenemos autoridad para intervenir de conformidad con la Regla 52.1 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V (2009), R. 52.1.

El Municipio otorgó un contrato con la recurrida Trans Ad de Puerto Rico (Trans Ad) mediante el cual esta última se comprometía a instalar 100 paradas de transportación pública y 6 pantallas de alta resolución y tecnología, entre otras cosas, por lo cual el Municipio le pagaría ciertas sumas de dinero. Transcurrido en exceso el término para cumplir según los términos del contrato, el Municipio entabló demanda en contra de Trans Ad. A su vez, presentó una solicitud de embargo preventivo en aseguramiento de sentencia a la cual se opuso Trans

Ad. Señalada la vista, las partes tuvieron oportunidad de argumentar sus respectivas posiciones, por lo que luego de revisar el expediente y la reconvención presentada por Trans Ad, el foro recurrido denegó la solicitud de embargo preventivo, en ese momento, y le dio oportunidad al Municipio para contestar la reconvención e indicar las razones por las cuales procedía el embargo preventivo. Así las cosas, señaló la Conferencia Con Antelación al...

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