Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Diciembre de 2011, número de resolución KLAN1101005
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN1101005 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 14 de Diciembre de 2011 |
LEXTA20111214-16 gaspar Toro v. ELA de P.R.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
TRIBUNAL DE APELACIONES
REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ
GASPAR TORO | KLAN1101005 | Apelación procedente |
Panel integrado por su Presidenta, la Jueza Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry.
Coll Martí, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico a 14 de diciembre de 2011.
Comparecen ante nos los apelantes Gaspar Toro Santiago, Raquel
Santiago García y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, solicitando que revoquemos la decisión del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez, en la cual se desestimó una reclamación en contra del Estado Libre Asociado por supuestos daños resultados de la negativa de ARPE de aceptar una solicitud de permisos de construcción. Por entender que los apelantes no hicieron las gestiones pertinentes y se cruzaron de brazos por alrededor de siete años, confirmamos la determinación del foro primario.
Los apelantes son dueños de varios terrenos localizados en el Municipio de Sabana Grande. Como parte de un plan para edificar sobre sus terrenos, presentaron ante la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE) una Solicitud de Servicios y Solicitud de Aprobación de Planos de Inscripción para Proyectos de Lotificación Simple (urbanizaciones menores). Los mismos fueron concedidos por la oficina de la agencia en Ponce en los años 2000 y 2001. Posteriormente, los apelantes acudieron a solicitar los permisos de construcción ante la oficina de ARPE en Ponce y allí se les indicó que esa oficina no tenía competencia sobre esos terrenos localizados en Sabana Grande y que debían acudir ante la oficina de ARPE en Mayagüez. Luego, en la oficina de Mayagüez se les informó que no podrían aceptar su solicitud de permiso de construcción por no haber constancia en esa oficina de que los permisos de lotificación a favor de esos terrenos hubiesen sido expedidos.(1)
Transcurridos siete años sin tomar acción ulterior alguna, el 2 de mayo de 2008 los apelantes presentaron una reclamación en daños y perjuicios en contra del ELA y de la Ingeniera Elba
Maldonado Torres, Directora de la Oficina de
ARPE en Ponce. La Demanda alegaba que los apelantes sufrieron daños como resultado de no haber obtenido los permisos de construcción. En su Demanda alegaron que los permisos de lotificación que se les habían otorgado fueron sacados del sistema por la recurrida Maldonado Torres sin notificación previa. Además, alegaron que ARPE se negó a aceptar los documentos relacionados con la solicitud de permisos de construcción por no existir constancia de los permisos de lotificación. Adujeron que esta situación paralizó sus gestiones relacionadas con el plan de desarrollo y construcción y que negarle los permisos les privó de su propiedad sin el debido proceso de ley.
Por su parte, los recurridos contestaron la Demanda alegando que la misma no procedía en derecho ya que la Ley de Reclamaciones contra el Estado, Ley Núm. 104 de 29 de junio de 1955, no permitía dicha acción. Argumentaron, además, que el acto de expedir permisos es una acción discrecional de los funcionarios del Estado por la cual no se le puede reclamar al ELA.
Posteriormente, los recurridos presentaron una Demanda contra tercero en contra del agrimensor Héctor A.
Cruz Sánchez. Este último era quien había presentado la solicitud de permisos de lotificación a favor de los apelantes y certificado que la misma cumplía con todas las leyes y reglamentos aplicables. El ELA alegó en su Demanda que Cruz Sánchez indujo a error a la agencia de permisos al certificar que la solicitud cumplía con los reglamentos y leyes aplicables cuando sabía que eso no era así. Alegaron además que el agrimensor conocía o debió conocer, los procedimientos relacionados con los permisos de lotificación ya que además de ser agrimensor, en...
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