Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Diciembre de 2011, número de resolución KLRA201100586

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100586
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2011

LEXTA20111216-30 Olmo v. Marmotech, Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

NANCY OLMO, WILFREDO OLMO RECURRIDO V. MARMOTECH, INC., JOSÉ L. SÁNCHEZ RECURRENTE KLRA201100586 REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor QUERELLA NÚM. BA0002197 SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, Juez Vizcarrondo Irizarry y Jueza Colom García

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 16 de diciembre de 2011.

La compañía Marmotech Inc. y su presidente, el señor Max

Díaz, nos solicitan la revisión de una resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor (D.A.C.O.), mediante la cual les impuso responsabilidad solidaria en cuanto al pago de $16,837.05 a favor de un consumidor.

Por los fundamentos que discutimos a continuación, se elimina la responsabilidad solidaria que D.A.C.O. le impuso al señor Díaz en su carácter personal, y así modificada, se confirma la decisión de la agencia.

Veamos los hechos y el trámite procesal del caso.

I.

La señora Nancy Olmo y su esposo, el señor Wilfredo Olmo (esposos Olmo) presentaron una querella en D.A.C.O., contra Marmotech y el señor José L.

Sánchez, un instalador de muebles y piezas de marmolite

que fabrica la compañía. Alegaron que Marmotech

recomendó al señor Sánchez para la instalación y construcción de los baños. El contratista señor Sánchez realizó una labor deficiente. Además, adujo que Marmotech les vendió unas piezas de marmolite

y unos muebles de madera que resultaron defectuosos. Los esposos Olmo solicitaron la resolución de los contratos, el reembolso de los gastos y una indemnización por los daños ocasionados a su propiedad.

El señor Sánchez no contestó la querella, ni compareció a la vista administrativa. El señor Díaz, por su parte, contestó la querella en representación de Marmotech. Alegó que la única queja que recibió de parte de los esposos Olmo fue el alegado desperfecto en el color del tope de marmolite que compraron en la tienda. Señaló que Marmotech se encargó de recoger el tope y les fabricó uno nuevo. El tope se encontraba en la fábrica en espera de que el instalador lo recogiera y finalizara la remodelación.

Señaló que el señor Sánchez no es un empleado de Marmotech, sino que trabajaba como instalador y contratista independiente, por lo que la compañía no era responsable de los defectos en la instalación de materiales.

Adujo que Marmotech recomendó al señor Sánchez como instalador por entender que contaba con la experiencia necesaria para instalar las piezas fabricadas por la compañía.

La vista administrativa se celebró el 31 de enero de 2011. Los esposos Olmo testificaron a su favor. El señor Díaz testificó a favor de Marmotech. Se admitieron 24 fotos del baño master y 25 fotos del baño de visitas como prueba documental. Los esposos Olmo, además, presentaron las facturas de los materiales que compraron en Marmotech, una copia del contrato de compraventa, y otra copia del contrato de arrendamiento de obra que ellos suscribieron con el señor Sánchez.

A continuación se resumen los principales hechos que quedaron probados en la vista administrativa. Veamos.

Los esposos Olmo acudieron a Marmotech

y se interesaron en comprar ciertos materiales para la remodelación

parcial de los baños de su residencia. Una vendedora llamada Kalexa los atendió en la tienda.1 Al no tener un instalador que realizara el trabajo, la vendedora Kalexa les recomendó a dos contratistas independientes, entre los que figuraba el señor Sánchez. La vendedora recomendó favorablemente el trabajo y las credenciales del señor Sánchez.2 Les indicó que el señor Sánchez contaba con 17 años de experiencia trabajando para Marmotech

y que era el hombre de confianza del presidente de la compañía. Además, les indicó que el señor Sánchez era quien montaba los equipos del “showroom” de Marmotech y se le asignaba los trabajos más complejos de instalación de la empresa.3 Valga señalar que Marmotech

no presentó el testimonio de la vendedora Kalexa para refutar las alegaciones de la señora Olmo.

Los esposos Olmo contrataron al señor Sánchez para que realizara la remodelación parcial de los baños y firmaron un contrato de arrendamiento de obra, el 12 de octubre de 2009. Según el testimonio de la señora Olmo, el señor Sánchez les dijo que si él no instalaba la “poceta” de marmolite, Marmotech no le honraría la garantía de los 10 años.4

Al día siguiente, los esposos Olmo regresaron a Marmotech y Kalexa les reiteró que el señor Sánchez era una persona cuidadosa en su trabajo, el hombre de confianza de la empresa y que además del trabajo de instalación, él estaba capacitado para hacer la construcción de los baños.5 La vendedora, les hizo un croquis y los esposos Olmo ordenaron más piezas para remodelar los baños.6

En vez de la remodelación

parcial de los baños, los esposos Olmo optaron por una remodelación

total. Ante ello, los esposos Olmo renovaron el contrato de arrendamiento de obra con el señor Sánchez, el 11 de noviembre de 2009. El costo total de la mano de obra fue de $4,500, más $4,184.71 en materiales. El señor Sánchez no estaba inscrito en el Registro de Contratistas de D.A.C.O. cuando firmó los contratos, ni prestó la fianza requerida para garantizar el trabajo de remodelación.7

Los esposos Olmo suscribieron un contrato con Marmotech para la fabricación de ciertos muebles de madera y accesorios para los baños. Los esposos Olmo pagaron a Marmotech

$1,992.34 por los materiales.

El señor Sánchez recogió los materiales en el almacén de Marmotech.

Cuando llegó con los materiales a la residencia de los esposos Olmo, la señora Olmo se percató que el tope de marmolite estaba defectuoso.8

La señora Olmo le dijo al señor Sánchez que regresara el tope a la fábrica y reclamara la garantía, pero el contratista no realizó la gestión.

La remodelación de los baños fue una obra defectuosa. Los materiales y los muebles que los esposos Olmo compraron a Marmotech

tenían defectos estéticos. El trabajo realizado por el señor Sánchez también tenía vicios de construcción. Conforme con las determinaciones de D.A.C.O., los daños probados en la vista administrativa fueron los siguientes:

9. Los muebles entregados por Marmotech para el baño, gabinete, espejo, botiquín y facia fueron construidos si[n] atención al detalle y con material de pobre calidad. Además fueron mal instalados, obra que no fue realizada por Marmotech inc. Las maderas expuestas en el interior no van con el laminado exterior. La puerta del botiquín no alinea con el borde de este por no ser del mismo tamaño. La tablilla en el gabinete interfiere con el sifón y roza con las llaves de paso. En cuanto a la facia, tiene terminaciones deficientes en el lado superior. La entidad Task

Construction recomendó a realizar la misma nuevamente.9

10. El tope de marmolite para el gabinete de baño tiene una mancha oscura en dirección distinta al resto del diseño, afectando su estética.

El “sidesplash” es más corto que el tope y no pega a la pared porque las losas están mal instaladas y/o desniveladas [a] la pared.

La esquina del gabinete no pega con la pared porque las losas no están a escuadra. Todo lo anterior, a pesar de que se compraron 17 bolsas de cemento para nivelar las paredes. La entidad Task Construction recomendó realizar el tope de marmolite observando el diseño.

11. La mezcladora, el “spout” y la ducha de baño están desalineadas. La entidad Task Construction recomendó reinstalar las mismas nuevamente.

12.

Las cortinas de las ventanas de ambos baños fueron dañadas. La entidad Task Construction recomendó realizar nuevamente un cubre falta y cortarlo correctamente ya que el existente fue...

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