Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Diciembre de 2011, número de resolución KLRA200901153

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200901153
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2011

LEXTA20111223-16 Arroyo Berríos v. Berríos Rodríguez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN-SAN JUAN

PANEL V

GLORIA IRIS ARROYO BERRÍOS Recurrente v. JUSTO BERRÍOS RODRÍGUEZ, NEREIDA RÍOS MATOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA, INGENIERO PEDRO J. RIVERA LÓPEZ, ADALEXIS RÍOS ORLANDI Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA, QUALITY CONCRE-MIX, INC., JOHN DOE, RICHARD ROE, INGENIERO FULANO, CONTRATISTA MENGANO, SUBCONTRATISTA SUTANO, ASEGURADORAS A, B, o C, POPULAR MORTGAGE, INC. Recurridos KLRA200901153 REVISIÓN Administrativa procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor CASO NÚM. Q300009337 SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, DAÑOS Y PERJUICIOS, VICIOS DE CONTRUCCIÓN

Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Román, la jueza Fraticelli Torres y el juez Vizcarrondo Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de diciembre de 2011.

Comparece la Sra. Gloria Iris Arroyo Berríos, en adelante recurrente o Sra.

Arroyo, mediante escrito de Revisión Administrativa y solicita revisión y modificación de la Resolución dictada por el Departamento de Asuntos del Consumidor, en adelante DACo, notificada en esa misma fecha, y la Resolución en Reconsideración dictada el 13 de octubre de 2009, notificada en esa misma fecha, en la cual el DACo confirma su resolución original.

Contando con el beneficio de los alegatos de las partes, sus respectivos apéndices y evaluada la extensa transcripción de la prueba oral presentada, se CONFIRMA la resolución recurrida, Exponemos:

I.

La recurrente, Sra. Arroyo, es dueña de un predio de terreno sito en el Barrio Quebradillas del Municipio de Barranquitas, Puerto Rico. A los fines de que le diseñara una vivienda en el referido inmueble y le sirviera de Inspector de Obra ante ARPE, la recurrente contrató los servicios del Ingeniero Pedro J.

Rivera López, aquí recurrido, en adelante Ing. Rivera, para que realizara trabajos relacionados a los siguientes renglones:

1. topografía;

2. anteproyecto, en conformidad con las recomendaciones de la dueña de la obra;

3. plano de construcción y especificaciones técnicas;

4. gestiones ante la Administración de Reglamentos y Permisos, en adelante ARPE, para obtener el permiso de construcción de la referida agencia;

5. inspecciones de la construcción de la obra, hasta un máximo de cinco;

6. gestiones ante ARPE para la obtención del Permiso de Uso de la obra.

Por dicho concepto, la recurrente pagaría al Ing. Rivera la suma de $4,200.1 De conformidad con lo acordado, el Ing. Rivera realizó los trabajos de topografía, preparó el anteproyecto de la obra, siguiendo las recomendaciones de la Sra. Arroyo; preparó los planos de construcción de la obra; suscribió el Contrato de Designación y Aceptación del Inspector de Obras provisto por ARPE, y practicó las inspecciones según requerido por ARPE y lo acordado con la Sra.

Arroyo.2 Finalmente realizó los trámites conducentes a obtener el Permiso de Construcción expedido por ARPE.3

El 25 de abril de 2002, la Sra. Arroyo contrató los servicios del Sr.

Justo Berríos, aquí recurrido, en adelante Sr. Berríos, contratista dedicado al negocio de construcción en Puerto Rico. Mediante el referido contrato, Berríos estaría a cargo de la construcción de la obra de acuerdo al plano preparado por el Ing. Rivera y sometido a ARPE. Por este trabajo, la Sra.

Arroyo le pagaría $59,000.4 Para cubrir los costos de construcción de la obra, la Sra. Arroyo obtuvo un préstamo con la entidad bancaria Popular Mortgage por la cantidad de $66,000. Los trabajos por parte del Sr. Berríos comenzaron en el mes de julio de 2002. El permiso de construcción había sido expedido por ARPE el 21 de junio de 2002. Berríos contrató los servicios de la Concretera Quality Concrete Mix, Inc. para que sirviera el hormigón que sería utilizado en la construcción de la residencia.

Surge de los conduces que obran en autos y del testimonio del Sr. Héctor René Rivera, Gerente General de Quality Concrete Mix, que la Concretera Quality sirvió un total de 45.5 yardas cúbicas de hormigón para la construcción de la residencia de la Sra. Arroyo.5 También que al dorso de cada factura o conduce se incluían los términos y condiciones de la venta.6 En lo pertinente, el acápite Núm. 2 de dicho documento reza:

“La mezcla fue diseñada para la residencia indicada a base de una cantidad fija de agua, si esta cantidad es alterada en cualquier forma la resistencia disminuye, de añadirse agua será por instrucciones del dueño de la obra o su representante. Como consecuencia Quality Concrete Mix, Inc. queda relevada de toda responsabilidad en cuanto a la resistencia del hormigón. No somos responsables por filtraciones de agua en el hormigón”.

Además, el acápite núm. 7 dispone:

“Quality Concrete Mix, Inc. no se responsabiliza por grietas, filtraciones, porosidad, terminaciones y deficiencias estructurales. Esto le corresponde al contratista y/o dueño de la obra”.7

Al pie de cada conduce tramitado se incluyó un Certifico firmado por las siguientes personas: el Contratista Sr. Berríos en los conduces 7843 (exhibit 9) y 2809 (exhibit 10) y los señores Luis Mercado, conduce 28511 (exhibit 11) y Andrés Hernández en los conduces 7896 (exhibit 12 y 13), haciendo constar haber leído las condiciones y términos de la venta que se encuentra en la parte posterior de la factura firmada.8 Específicamente, en el conduce 2809 aparece el Sr. Berríos autorizando adicionar veinte (20) galones de agua a la mezcla, o sea, a las diez (10) yardas servidas.9

Según el testimonio del Sr. Héctor René Rivera, el Ing. Pedro Rivera no aparece firmando ningún conduce y no tiene ninguna relación con la hormigonera Quality, ni participó en el contrato de Venta de Hormigón.10 También que la intervención de Quality fue en calidad de suplidora del hormigón utilizado para la construcción de la obra.11 Que se le solicitó por el Contratista Justo Berríos que

se sirvieran 45.5 yardas cúbicas de hormigón en el solar de la Sra.

Arroyo. A la salida de cada uno de los cinco (5) camiones que transportaban el material, se puso la hora de salida, la hora en que se comenzó a descargar y la hora en que terminó el descargue.

Se tramitaron cinco conduces que recogieron la cantidad del material de hormigón servido y las incidencias de cada entrega. Para medir la resistencia del hormigón servido, ellos tomaron muestra del cilindro a punta de canal y lo enviaron al laboratorio en que se hace la prueba de resistencia y control de calidad cumpliendo con los códigos de la industria. Sin embargo, la prueba de COR que es la prueba de resistencia una vez se sirve la mezcla del concreto en el sitio no se hizo en este caso. Quality no se hace responsable de esta omisión. Es responsabilidad del contratista Justo Berríos. Ello por razón de que el hormigón que sirvieron pasó a través de la bomba propiedad de Berríos y ellos (Quality) perdieron el control de ese hormigón. Quality, según los términos y condiciones de la venta no se hace responsable del control, manejo, colocado, vebrado, terminado y curado, los cuales son parte esencial del producto final.12

Según se desarrollaba la construcción de la residencia, el Ing. Rivera realizó cuatro inspecciones, a saber:

1. inspección de cimientos el 12 de julio de 2002,13

2. inspección de piso, realizada el 19 de julio de 2002;14

3. inspección estructural de techo y paredes, realizada el 9 de agosto de 2002;15

4. inspección final de 20 de diciembre de 2002;16

Surge de su testimonio ante la agencia que todas estas inspecciones (excepto la final) fueron hechas antes del vaciado de hormigón.17 Que los cimientos y las columnas estaban de acuerdo al plano y especificaciones preparadas por él y aprobadas por ARPE.18 Igual sucedió con el piso, la estructura del techo, las paredes y el encofrado, que en “términos generales se hicieron de acuerdo al plano y las especificaciones.19

Reconoció sin embargo, que “en el proceso puede haber alguna variación o algún detalle que uno, pues no lo haya captado, pero la versión que yo tengo del proceso es que se hizo de acuerdo al plano y las especificaciones”.20 Minimizó el impacto de cualquier discrepancia sobre la integridad estructural de la obra, señalando que “son deficiencias mínimas … faltar alguna varilla y eso, pero eso no tiene ningún efecto sobre la estructura. Segundo, porque el

proceso de yo diseñar el techo, pues usualmente lo que acostumbra es sobre diseñar el techo, de que falte algún detalle, pues tiene justificación”.21

El Ing. Rivera aclaró haber sido inspector designado por la Sra. Arroyo para supervisar la obra y representarle en ARPE.22

Como ya hemos señalado el 20 de febrero de 2002, ARPE expidió permiso de uso.23 El 24 de febrero de 2003 el Ing. Rivera realizó una nueva inspección de la obra y encontró los siguientes defectos:

1. Mejorar terminación en alero de frente de la residencia.

2. Corregir detalles de pintura exterior e interior.

3. Rellenar el sócalo en la marquesina.

4. Enterrar tubo de agua e identificar la llave de paso.

5. Repintar área ventana y área puerta comedor.

6. Repintar área techo dormitorio principal.

7. Limpiar azulejos de los baños.

8. Limpiar cerámicas de piso oxidadas.

9. Colocar vareta en closet dormitorio principal y secundario.

10.

Cambiar tapas de inodoros por unas de mejor calidad.

11.

Rellenar losa en baño de dormitorio principal.

12.

Limpieza general exterior y nivelar terreno según acordado.

13.

Limpiar azulejos de área de cocina

14.

Limpiar desagües de techo.24

Estos le fueron informados al Sr. Justo Berríos. Berríos le entregó las llaves de la residencia construida a la Sra. Arroyo en abril de 2003. Sin embargo, el Sr. Berríos no realizó las correcciones contenidas en la “Lista de detalles a corregirse” preparada por el Ing.

Rivera. Esto obligó a la Sra. Arroyo a contratar a otra persona para que corrigiera los...

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