Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Enero de 2012, número de resolución KLRA201100551

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100551
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Enero de 2012

LEXTA20120130-084 Visión Infusión Services Inc. v.

Departamento de Salud

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL ESPECIAL

VISION INFUSION SERVICES, INC.
Proponente-Recurrido
DEPARTAMENTO DE SALUD P/C HON. LORENZO GONZÁLEZ FELICIANO
Agencia Recurrida
BEST OPTION HEALTHCARE (PR) INC.
Opositor-Recurrente
KLRA201100551
KLRA201100567
REVISIÓN JUDICIAL procedente del Departamento de Salud Caso número: 10-06-097 (APB) Región Sur Sobre: Ley Núm. 2 Certificados de Necesidad y Conveniencia
SERVICIOS DE SALUD EN EL HOGAR Y HOSPICIO SAN LUCAS
Opositor-Recurrente
V.
DEPARTAMENTO DE SALUD P/C HON. LORENZO GONZÁLEZ FELICIANO
Agencia Recurrida
VISION INFUSION SERVICES, INC.
Proponentes-Recurrido

Panel especial integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, el Juez Hernández Serrano y la Jueza Birriel Cardona.

Per Curiam

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 30 de enero de 2012.

En el recurso KLRA201100551 comparece Best Option Healthcare (PR), Inc., en adelante denominada la recurrente o Best Option, y nos solicita que revoquemos una resolución emitida por el Departamento de Salud el 8 de abril de 2011, autorizando la expedición un Certificado de Necesidad y Conveniencia (CNC) para proveer servicios de infusión en el hogar a Vision Infusion Services, Inc., en adelante denominada la proponente-recurrida o recurrida.

Comparece a su vez, Servicios de Salud En El Hogar y Hospicio San Lucas, en adelante denominada la recurrente, en el recurso KLRA201100567, solicitando que revoquemos la misma resolución.

El 21 de septiembre de 2011 ordenamos la consolidación de ambos recursos.

Examinados y analizados los recursos presentados y con el beneficio de los alegatos de las partes, los apéndices anejados a los mismos y otros escritos presentados, estamos en posición de disponer de éstos, lo que a continuación hacemos.

I

Los hechos e incidentes procesales para disponer de estos recursos son los siguientes:

La proponente-recurrida prestaba servicios de infusión en el hogar a pacientes antes de la vigencia de la Orden Administrativa Núm. 269, expedida por el Secretario de Salud el 1ro. de marzo de 2010, con la cual ordenó a las compañías que suministraban estos servicios cumplir con el requisito de obtener un CNC, exigido para la operación de Programas de Salud en el Hogar.

Cónsono con la Orden Administrativa Núm. 269, supra, la proponente-recurrida presentó una solicitud de CNC para que el Departamento de Salud la autorizara a proveer los servicios de infusión en la Región Sur de Puerto Rico.

Las recurrentes presentaron oposición. Alegaron ser partes afectadas, debido a que proveen servicios similares en el área para la que la proponente-recurrida presentó su solicitud.

La vista administrativa fue celebrada los días 24, 25 y 28 de febrero y los días 1, 4, 9 y 11 de marzo de 2011.

Según consta en el informe preparado por el Oficial Examinador que presidió la vista, el expediente de la proponente-recurrida contiene una extensa prueba documental que fue considerada por éste. Véase, págs. 3-6 del Informe del Oficial Examinador.

A base de la credibilidad concedida a los testigos y peritos presentados por la proponente-recurrida, el Oficial Examinador formuló las siguientes determinaciones de hechos, las cuales citamos in extenso:

  1. Vision es una “farmacia especializada” que ofrece servicios de infusión en el hogar desde el año 2005. Esta empresa netamente puertorriqueña radicó seis solicitudes, una para cada región de salud, todas al amparo de la Orden Administrativa 276, del Secretario de Salud emitida el 21 de septiembre del 2010.

  2. La Orden Administrativa Número 276 del Secretario de Salud establece entre otras cosas que:

    “A pesar de las consideraciones de política pública que encaman la Orden Administrativa Número 269, no podemos ignorar la realidad histórica de la existencia de las farmacias que ofrecen servicios de infusión en el hogar, las cuales han venido operando desde muchos años antes de que emitiéramos dicha orden. El derecho de estas farmacias especializadas a proveer servicios de infusión en el hogar fue reconocido por el Tribunal de Apelaciones, Región Judicial de San Juan, Panel III, en el caso Best Option Healthcare (Puerto Rico), Inc. v. Nova Infusion & Compounding Pharmacy Corp., KLRA200701383, Sentencia del 30 de junio de 2008.”1

  3. La orden concede una moratoria de seis meses para la obtención de un CNC a las farmacias que como la solicitante de epígrafe, estén ofreciendo la infusión de medicamentos al paciente en su hogar con anterioridad a la Orden 276 y a la Orden 269 emitida previamente. Ambas órdenes fueron validadas por el Tribunal de Circuito de Apelaciones en su día y dichas determinaciones advinieron final y firme a la fecha de este informe.

  4. Por la Proponente Vision declaró el Lcdo. Francisco Javier Olivera Magraner como su presidente. Testificó sobre su experiencia académica y profesional en particular que administró un centro de cirugía ambulatoria por espacio de cinco (5) años. En el 2005 Vision adquirió los activos de una empresa que prestaba servicios similares a los de la proponente. Esta proponente presta servicios de infusión consistentes en la administración de terapias intravenosas tales como hidratación, manejo de dolor, antibióticos, y nutrición enteral y parenteral.

    Declaró que manejan además complicaciones relacionadas e inherentes a los tratamientos de infusión tales como, la curación de condiciones de la piel. Un por ciento marginal de la operación se dedica al mezclado de medicamentos o soluciones para hospitales y/o equipo médico durable (DMEPOS, por sus siglas en inglés).

  5. Las facilidades de Vision están localizadas en la carretera número 2, zona M #139, Villa Caparra, Guaynabo, Puerto Rico. El horario de oficina es de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. de lunes a viernes. La proponente atendió en el 2008, 156 pacientes, en el 2009, 283 pacientes y en el 2010, 411 pacientes, (año de la propuesta por lo cual se utilizó un número real de pacientes hasta septiembre y se proyectaron los meses de octubre, noviembre y diciembre).

  6. Las facilidades de la proponente cuentan con espacio de oficina, almacén y farmacia, el que incluye un cuarto limpio. Este cuarto cuenta con las mejoras necesarias para cumplir con las regulaciones de USP 797. Las facilidades han sido constantemente mejoradas a medida que la empresa ha crecido. Se han realizado mejoras a las facilidades consistentes en adquisición de computadoras, servidores, mejoras al sistema operativo conocido como CPR Plus, vehículos de motor (la empresa cuenta con tres vehículos de entrega y los restantes seis son para personal de ventas y administrativos), y entrenamiento y capacitación para su personal regular y de enfermería.

  7. Vision cuenta actualmente con 21 empleados entre los que se encuentran farmacéuticos, auxiliares de farmacia, técnicos de entrega, manejadores de casos, supervisora de enfermería, personal de garantía de calidad y personal de facturación. En el 2005, la empresa contaba con 4 empleados. La empresa cuenta con cincuenta y nueve enfermeros contratados por servicios profesionales o per diem en toda la isla para administrar los medicamentos o soluciones que ofrece la empresa.

    Dicho personal de enfermería es personal graduado de bachillerato y debidamente licenciado, registrado y colegiado. El personal de farmacia cuenta con certificaciones de entrenamiento sobre el uso adecuado de su cuarto limpio y se le ofrece al personal de farmacia y de enfermería entrenamientos en sus respectivas áreas profesionales.

  8. Las fuentes de referido de Vision son mayormente los planes médicos y médicos que refieren directamente a la empresa. Vision cuenta con la mayoría de los planes médicos comerciales, tales como Triple S Salud, MAPFRE, Humana, International Medical Card y Option Healthcare, y Medicare Advantage, como MMM, PMC, American Health Medicare, con la excepción de MCS en sus productos comerciales, reforma y Advantage. A tenor con el testimonio del Lcdo. Olivera MCS ha querido contratar con Vision pero le ha solicitado que sometan un CNC de servicios de infusión en el hogar. En su testimonio el Lcdo. Olivera indicó que este plan es el más grande de las aseguradoras por administrar los asegurados de Mi Salud, y tendría un impacto muy positivo en el crecimiento de la empresa de la proponente poder contratar con éste. Vision cuenta con la certificación de Medicare para proveer servicios a los pacientes asegurados por la parte B, C y D.

  9. La proponente cuenta con licencia de farmacia, licencia de conservación y desperdicios de productos biológicos, patente municipal, licencia emitida por el Departamento de Bomberos, Permiso de Uso, licencia emitida por la DEA, licencia emitida por ASSMCA y acreditación de la Joint Commission para “Home Health Services” y puede facturar a Medicare. La proponente ha radicado la presente solicitud de conformidad con la Orden Administrativa 276.

  10. El Lcdo. Olivera testificó que Vision tiene la capacidad económica y operacional de continuar expandiendo la cantidad y calidad de sus servicios. Los servicios de Vision se ofrecen en toda la Isla y bajo el modelo de negocios de Vision es importante poder ofrecer sus servicios en las seis (6) regiones para que la operación continúe siendo rentable. Los estados financieros auditados del 2008 y 2009, así como el “balance sheet” del 2010, reflejan una ganancia en las operaciones la cual ha aumentado para estos tres años. De estos informes financieros también se desprende que Vision han podido cumplir con todas sus obligaciones, pudiendo disminuir considerablemente sus líneas de crédito.

  11. Desde la sede de sus facilidades en la región metropolitana, proyecta continuar ofreciendo Servicios de Salud en el Hogar para Servicios de Infusión en la Región Sur.

  12. Al amparo de la Orden 276, se radicaron incluyendo las de Vision, solicitudes de CNC por seis farmacias...

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