Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2012, número de resolución KLCE201101296

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201101296
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Enero de 2012

LEXTA20120131-153 Cartagena Ramos v. Hospital Auxilio Mutuo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

MARGARITA CARTAGENA RAMOS
Recurrida
v.
HOSPITAL ESPAÑOL AUXILIO MUTUO DE PUERTO RICO INC.; DR. JORGE I. PELET MEJÍAS y LOURDES DEL TORO COLÓN por sí y en representación de la SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES compuesta por ambos; SIMED; JOHN DOE; JUAN DEL PUEBLO; ASEGURADORA A; ASEGURADORA B
Peticionarios
KLCE201101296
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan CASO NÚM.: K DP2009-1233 SOBRE: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2012.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el doctor Jorge I. Pelet Mejías, su esposa, la señora Lourdes del Toro Colón, y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos (los peticionarios) y nos solicitan que revisemos una resolución emitida el 6 de julio de 2011 por la Sala Superior de San Juan del Tribunal de Primera Instancia (TPI). Mediante dicho dictamen el TPI descalificó como perito de los peticionarios al doctor José R. Rodríguez Vega (doctor Rodríguez).

Por los fundamentos expuestos a continuación, revocamos la resolución recurrida.

I.

El 8 de septiembre de 2009 la señora Margarita Cartagena Ramos (señora Cartagena) presentó una demanda de daños y perjuicios contra el Hospital Auxilio Mutuo y los peticionarios. En la misma alegó que el doctor Jorge I. Pelet Mejías (doctor Pelet) le realizó una toracoscopía pulmonar utilizando un equipo médico conocido como Endo Gia. El mencionado equipo médico sufrió un fallo y no suturó el tejido, por lo que la señora Cartagena tuvo una hemorragia masiva.

Así pues, esta estuvo varios días en la unidad de intensivo y recibió transfusiones de sangre. Además, tuvo que ser sometida a un procedimiento de emergencia, el cual requirió una incisión de cuatro (4) pulgadas en la línea media axilar lateral derecha y puntos de sutura. La señora Cartagena solicitó

$300,000.00 en concepto de sufrimientos y angustias mentales, $1,000.00 por gastos, tratamientos médicos, medicinas, entre otros y $5,000.00 en concepto de ingresos dejados de percibir.

Por su parte, el 20 de noviembre de 2009 los peticionarios presentaron su contestación a la demanda, negando las alegaciones esenciales de la misma.

El 28 de febrero de 2011 la señora Cartagena presentó una demanda enmendada, en la que sostuvo que el doctor Pelet no había obtenido el consentimiento informado de esta previo al procedimiento quirúrgico. También arguyó que el doctor Pelet se alejó de los estándares de la medicina al haberle indicado que la toracoscopía era la única opción de tratamiento. Asimismo, adujo que el doctor Pelet debió de haberla referido a un cirujano cardiovascular y torácico, ya que este no contaba con los adiestramientos...

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