Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2012, número de resolución KLRA201200045

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200045
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Enero de 2012

LEXTA20120131-169 Construcciones Roalca v. Municipio Autonomo de Trujillo Alto

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL CAROLINA

CONSTRUCCIONES ROALCA S.E. RECURRENTE V. MUNICIPIO AUTONOMO DE TRUJILLO ALTO RECURRIDO KLRA201200045 REVISIÓN ADMINISTRATIVA PROCEDENTE DE LA JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO AUTONOMO DE TRUJILLO ALTO SUBASTA NÚM. 2012-002 SOBRE: IMPUGNACIÓN DE SUBASTA

Panel integrado por su presidente el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Ortiz Flores

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 31 de enero de 2012.

Compareció ante nosotros Construcciones Roalca, S.E. (Construcciones Roalca) mediante recurso de revisión presentado el 20 de enero de 2012, para solicitar que revisemos la adjudicación de la subasta formal número 2012-002, notificada el 9 de diciembre de 2011 por la Junta de Subastas del Municipio de Trujillo Alto (Junta). Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el recurso por falta de jurisdicción.

I.

En el mes de septiembre de 2011, la Junta de Subastas del Municipio de Trujillo Alto publicó un Aviso de Subasta en un periódico de circulación general en Puerto Rico, en el cual anunció la celebración de una subasta a llevarse a cabo el 13 de octubre de 2011 relacionada a la remodelación del Castillo, en el Barrio Carraízo y a la construcción de la Casa de la Cultura. Entre los licitadores que sometieron sus respectivas propuestas ante la Junta estaba Construcciones Roalca.

Celebrada la subasta, el 20 de octubre de 2011, la Junta notificó que la subasta fue adjudicada a Delta Consulting Engineers of the Caribbean, Inc. En esta notificación, se le advirtió a Construcciones Roalca que contaba con un término de cinco (5) días a partir del 9 de diciembre de 2011, para solicitar la reconsideración de la subasta. La Junta adjudicará cualquier solicitud dentro del término de cinco (5) días para resolver la solicitud de reconsideración o se entenderá rechazada de plano. Una vez ello, comenzará a decursar el término de diez (10) días para acudir al Tribunal de Apelaciones. Insatisfecho con esta determinación, Construcciones Roalca presentó el recurso que tenemos ante nuestra consideración.

II.

Es sabida norma en nuestra jurisdicción que los tribunales tienen el deber indelegable de verificar su propia jurisdicción a los fines de poder atender los recursos presentados ante éstos. Souffront v...

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