Sentencia de Tribunal Apelativo de 6 de Febrero de 2012, número de resolución KLRA201100858
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201100858 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2012 |
LEXTA20120206-07 Espada Del Valle v. Adm. de Corrección
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
CARLOS ESPADA DEL VALLE RECURRENTE V. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Y E.L.A. RECURRIDA | KLRA201100858 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Administración de Corrección y Rehabilitación NÚM. 310-11-0083 SOBRE: REVISIÓN |
Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, Juez Vizcarrondo Irizarry y Jueza Colom García
Rivera Román, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 6 de febrero de 2012.
El señor Carlos Espada del Valle nos solicita que revisemos una resolución emitida por la Administración de Corrección en la cual se denegó la reconsideración de una sanción disciplinaria impuesta por la Administración de Corrección.
Por los fundamentos que discutimos a continuación, se desestima el recurso.
El señor Espada se encuentra recluido en una institución de máxima seguridad. La Administración de Corrección inició un proceso disciplinario contra el señor
Espada por la alegada posesión de un teléfono celular el 19 de marzo de 2011. Conforme a las alegaciones de la querella, al señor Espada se le ocupó un teléfono celular en el bolsillo de su pantalón, luego de que unos oficiales de la Administración realizaran un registro rutinario en su celda. Por estos hechos, se presentó una denuncia contra el señor Espada en el Tribunal de Primera Instancia.
Celebrada la vista administrativa, la Administración de Corrección emitió una resolución y le impuso al señor Espada una sanción disciplinaria de 40 días de segregación.
El señor Espada recibió la copia de esta resolución el 13 de mayo de 2011.
El señor Espada negó los hechos imputados y presentó una solicitud de reconsideración, el 27 de mayo de 2011. La Administración denegó su petición mediante resolución emitida el 14 de junio de 2011. La resolución se notificó el 14 de julio de 2011.
Inconforme, el 26 de agosto de 2011, el señor Espada presentó un recurso de revisión judicial en el Tribunal de Apelaciones.1 El Procurador General compareció y solicitó la desestimación del recurso por haber sido presentado tardíamente.
En el caso de autos, la resolución administrativa que denegó la petición de reconsideración del señor Espada, se notificó el 14 de julio de 2011. Véase, Apéndice parte recurrente, Determinación recurrida; Apéndice del Procurador, pág. 21. A partir de esta fecha, comenzó a transcurrir el...
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