Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Febrero de 2012, número de resolución KLRA201100498

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100498
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2012

LEXTA20120215-09 Abarca Health v. Corporación del Fondo del Seguro del Estado

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel II

ABARCA HEALTH, LLC
Recurrente
v.
CORPORACIÓN DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO
Recurrido
KLRA201100498
Revisión Administrativa procedente de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado Solicitud de Propuesta: RFP Núm. 2010-03

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y la Juez Ortiz Flores.

Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de febrero de 2012.

Comparece Abarca Health, LLC, en adelante Abarca o la recurrente y solicita que revoquemos la adjudicación de la Solicitud de Propuesta RFP 2010-03, Contratación para la Adquisición e Implementación de un Sistema Integrado de Información de Farmacia para las Regiones y Hospital Industrial, en adelante Solicitud de Propuesta, a la Compañía Pharmpix Corp., en adelante Pharmpix o la proponente agraciada.

Por los fundamentos que expondremos a continuación se confirma la adjudicación recurrida.

-I-

El 13 de mayo de 2010 la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, en adelante CFSE o la recurrida, publicó la Solicitud de Propuesta.1 En la misma declaró:

La Corporación del Fondo del Seguro del Estado interesa contratar los servicios técnicos y profesionales de una compañía capacitada, interesada y cualificada en proveer los [sic] un Sistema Integrado de Farmacia para las Regiones y el Hospital Industrial de la Corporación. Las alternativas y soluciones propuestas deben proveer la mejor tecnología disponible en el mercado local. La Corporación evaluará la capacidad y la disponibilidad de las firmas licitadoras para ofrecer una presentación completa de los productos y servicios requeridos.2

Dispuso además, que:

Algunos de los criterios de Evaluación a considerase son:

  1. Perfil de la Compañía y la Solvencia Económica

  2. Experiencia de la Compañía

  3. Capacidad de ofrecer Apoyo Técnico en las diferentes instalaciones

  4. Descripción detallada de las alternativas de los productos y servicios propuestos

  5. Precios de los equipos, productos y servicios

  6. Cumplimiento con los requerimientos establecidos

  7. Aspectos de Seguridad

  8. Tiempo de Entrega del Proyecto

  9. Costo del proyecto

  10. Referencias de Clientes3

(Énfasis suplido.)

Reformuló su planteamiento en los siguientes términos:

Algunos de los factores que el Comité Evaluador o la Junta de Subasta de la Corporación podrá tomar en consideración en la evaluación de las Propuestas son:

a. Cumplimiento de los requisitos establecidos.

b. Experiencia previa del Proponente en proyectos similares.

c. Capacidad del Proponente en cumplir con los términos y fechas de entrega.

d. Costo total del proyecto.

e. Capacidad del Proponente para la implementación y apoyo a la Corporación en el marco de tiempo definido.

f. Disponibilidad del Proponente para cumplir con todos los términos y condiciones establecidos en el Contrato Formalizado con la Corporación.4

(Énfasis suplido.)

Añadió que:

Algunos de los criterios que el Comité Evaluador o la Junta de Subasta de la Corporación podrá tomar en consideración en la evaluación de las Propuestas son:

a. Costo. En la evaluación se incluirá el costo de cada renglón y el costo total del Proyecto incluyendo, la entrega y el costo de suministros en los renglones que aplique.

b. Especificaciones: El Proponente deberá cumplir con las especificaciones y requerimientos mínimos establecidos en la Invitación a Solicitud de Propuesta. Deberá presentar documentación técnica para evidenciar el cumplimiento con las especificaciones de los equipos o el Itinerario de los adiestramientos. En los reglones de servicio deberá presentar un Plan de Trabajo que detalle las actividades a ejecutar para la Instalación, configuración, pruebas y certificación de los productos y equipos, si aplica.

c. Servicio y Apoyo Técnico: El Proponente deberá evidenciar, de manera detallada, los recursos con que cuenta para dar el apoyo y los servicios solicitados incluyendo capacidad del personal técnico y el inventario de piezas.

d. Experiencia: El Proponente y sus Oficiales deberá presentar un listado de Agencias de Gobierno y Empresas Privadas en donde ha brindado servicios similares a los solicitados en esta Invitación a Solicitud de Propuesta.

e. Solvencia Económica: El Proponente deberá presentar el último Estado Financiero presentado al Registro Único de Licitadores de la Administración de Servicios Generales. …5

(Énfasis suplido.)

En torno al costo declaró: “[l]a Corporación del Fondo del Seguro del Estado se reserva el derecho de rechazar cualquiera o todas las Propuestas recibidas y de adjudicar la buena pro por razones otras que las de precio exclusivamente, según convenga a los mejores intereses de la Corporación”.6 (Énfasis suplido.)

Enfatizó que:

La CFSE tiene preferencia por el licenciamiento Perpetuo en la adquisición de software. La CFSE se reserva el derecho de negociar contratos de Apoyo y Actualizaciones (‘Mantenimiento’ = Support + Upgrades) con el proponente agraciado. El tipo de licenciamiento ofrecido podrá ser utilizado como criterio para evaluación de las propuestas.7 (Énfasis suplido.)

Una vez presentada la Solicitud de Propuesta se inició un amplio intercambio de información entre los interesados y la CFSE. Así pues, esta última mediante diversos medios, incluyendo reuniones, aclaró sus necesidades y los objetivos del proyecto.8

Posterior a la entrega de las propuestas, la recurrida citó a los proponentes para que de forma interactiva las presentaran y luego continuó con el amplio proceso de discusión y aclaración de las mismas.9

Abarca participó activamente de ese proceso, aclarando, a requerimientos del Comité Evaluador de la CFSE, aspectos específicos de su propuesta.10

En opinión de la recurrida:

A tenor con el mecanismo de Solicitud de Propuesta y a diferencia de una subasta formal, cada proponente tuvo la oportunidad de presentar diferentes alternativas para atender las necesidades planteadas, siempre y cuando éstas cumplieran con lo establecido en los requerimientos incluidos en el RFP-2010-03.11

Cónsono con lo anterior determinó:

El Comité Evaluador recomienda que después de la adjudicación por parte de la Junta de Subastas, la CFSE negocie el precio final para la adquisición de esta licencia de conformidad a reglas y normas que rigen el proceso de RFP.

El Comité Evaluador recomienda que se realice un procedimiento separado de subasta formal que atienda la necesidad de máquinas o gabinetes dispensadoras de medicamentos, tanto a nivel ambulatorio como hospitalario. Estos equipos son esenciales para completar la mecanización del área de farmacia de la CFSE, pero no fueron requeridos en el RFP 2010-03, por lo que no fueron considerados como parte de la recomendación final de adjudicación.12 (Énfasis suplido.)

Así las cosas, la CFSE adjudicó la Solicitud de Propuesta a Pharmpix por un costo de $4,304,910.00, más un costo adicional de $1,266,000.00 por los próximos tres años fiscales por concepto del mantenimiento y actualización de los aplicativos y la suscripción al programa de MEDISPAN.13

Sostuvo:

Además de los criterios establecidos, la Junta de Subastas consideró darle mayor peso a las Propuestas que cumplieran con el Inciso 33 de la Solicitud de Propuesta RFP 2010-03 que dispone “La CFSE tiene la preferencia por el licenciamiento perpetuo en la adquisición del programa o “software”. La CFSE se reserva el derecho de negociar contratos de apoyo y actualizaciones (“mantenimiento = support + Upgrades”) con el proponente agraciado. El tipo de licenciamiento ofrecido podrá ser utilizado como criterio para evaluación de las propuestas.”

La adquisición de una licencia perpetua de los aplicativos elimina los costos de transacción a perpetuidad. A largo plazo dicha compra de licencias tendrá un beneficio directo en el manejo de las farmacias de la CFSE puesto que los aplicativos serán un activo de la CFSE y no tendrá que realizar desembolsos adicionales luego de completada la implantación del sistema de farmacia integrado.

Además le proveerá a la CFSE la habilidad de manejar las farmacias localizadas dentro de las facilidades a nivel ambulatorio y hospitalario. La adquisición evitará que las normas, procedimientos y protocolos que serán adoptados a raíz de esta nueva implantación, no se vean impactados por la cancelación del contrato de arrendamiento.

Por último la CFSE tendrá un control absoluto de la data ya que residirá en los servidores de la CFSE con redundancia en otros servidores externos.

…

Del Informe preparado por el Comité Evaluador se desprende que se recomienda la adjudicación del RFP 2010-03 a la compañía Pharmpix Corp. Este Proponente es el único que ofrece la adquisición de licencias perpetuas, tanto a nivel de PBM como a nivel de aplicativo de manejo de farmacia a nivel de las Regiones, Dispensarios, Hospital Industrial y el Inventario. También se recomienda la adjudicación del aplicativo para el manejo de farmacia a nivel ambulatorio y hospitalario. Este aplicativo llamado “Epost Rx” integrará en una misma plataforma toda la Información de medicamentos recetados en el PBM, el aplicativo de farmacias y el inventario de medicamentos a nivel de todas las farmacias de la CFSE. … 14

(Énfasis suplido.)

Inconforme con dicha determinación, Abarca presentó una Revisión Judicial en la que le imputa a la recurrida la comisión de los siguientes errores:

  1. Erró la Junta de Subastas de la CFSE al incumplir con su propio Reglamento y con los requerimientos de la Solicitud de Propuesta pues:

    i. No explicó detalladamente en la Resolución emitida las razones para no...

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