Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Febrero de 2012, número de resolución KLRA201000190
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201000190 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2012 |
ALBERT TORRES ENCARNACIÓN | | REVISIÓN procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor SOBRE: VICIOS OCULTOS Querella Núm. 300019936 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Hernández Sánchez.
Hernández Torres, Juez Ponente.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de febrero de 2012.
El recurrente, Bella International Corporation, presentó el recurso de revisión de epígrafe, en el que impugna la decisión del Departamento de Asuntos del Consumidor (D.A.Co.) del 12 de enero de 2010, que le ordenó instalar en el sistema eléctrico del vehículo del recurrente, el señor Albert Torres Encarnación, un cargador auxiliar para que la batería de dicho vehículo se mantenga en funciones mientras el carro esté apagado. En su dictamen, el D.A.Co.
apercibió a Bella International que de no reparar satisfactoriamente el vehículo del señor Torres según lo intimado, se procederá con la resolución del contrato de compraventa.
Luego de la presentación del recurso de revisión, Bella International advino en conocimiento de que el señor Torres supuestamente dispuso del vehículo en cuestión, al entregarlo en trade in en un concesionario de vehículos de motor del área de Arecibo. Según Bella International, el representante legal del D.A.Co., cuya identidad no precisó, le habría suministrado esa información luego de que dicho letrado sostuviera una conversación telefónica con el señor Torres.
En vista de que el vehículo, alegadamente, ya no se encuentra en poder del señor Torres, Bella International plantea que las controversias esbozadas en su recurso de revisión se han tornado académicas, al no ser posible que se dé cumplimiento a lo ordenado por el D.A.Co. en caso de que confirmemos dicho dictamen. Nos indica que no es su intención renunciar a los reclamos del recurso de revisión bajo una premisa que está fundada en información de terceros sobre la cual no se tiene certeza, por lo que solicita de nuestro auxilio para interpelar al señor Torres y constatar la ocurrencia del referido evento.1
El 25 de octubre de 2011, y luego de examinar las...
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