Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2012, número de resolución KLRA201100157

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100157
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2012

LEXTA20120227-15 Angueira del Valle v. Rivieras del Rio Development Corp.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel III

KRISHNA AHMED ANGUEIRA DEL VALLE Y CAROL BRETON FÉLIX
Recurridos
v.
RIVIERAS DEL RÍO DEVELOPMENT CORPORATION; REAL LEGACY ASSURANCE CO.
Recurrentes
KLRA201100157
Revisión Administrativa procede del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Núm. 100040927

Panel integrado por su presidente el Juez Ramírez Nazario y los Jueces Piñero González y Figueroa Cabán.

Piñero González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2012.

Comparece Rivieras del Río Development Corporation (Rivieras o la parte recurrente), y solicita la revocación de una Resolución Enmendada emitida el 30 de diciembre de 2010 por el Departamento de Asuntos del Consumidor (Departamento o DACO), y notificada ese mismo día. Véase págs. 73-83 del Apéndice del Recurso. Mediante la referida Resolución Enmendada DACO declaró con lugar la querella y ordenó a Rivieras corregir satisfactoriamente los defectos de construcción en el apartamento de la parte recurrida. Advirtió DACO a Rivieras que de no hacer las referidas reparaciones en el término ordenado tendrá que pagar a la parte recurrida “la cantidad de $1,579.00, más el interés legal correspondiente a las sentencias judiciales, computados desde que se ordenó el pago y hasta que sea satisfecho”. También impuso la obligación de Rivieras de pagar $6,000.00 a la parte recurrida en compensación por daños, perjuicios y las angustias causadas por la recurrente. Finalmente DACO dispuso en la Resolución recurrida el que la División de Protección al Consumidor le imponga a Rivieras “la multa correspondiente” por carecer de la fianza requerida para responder de los defectos del apartamento adquirido por la parte recurrida. Véase págs.

81-82 del Apéndice del Recurso.

Por los fundamentos que pasamos a exponer, confirmamos la Resolución Enmendada aquí recurrida.

I

La parte recurrida presentó querella ante DACO el 13 de febrero de 2009 contra Rivieras, quien es la desarrolladora del complejo de apartamentos, Condominio Senderos del Río localizado en Municipio de Trujillo Alto. Posteriormente el 15 de octubre de 2009 la parte recurrida presenta Querella Enmendada. Sostiene la parte recurrida que para el mes de abril de 2008 adquirió de Rivieras por la suma de $172,500.00 el apartamento número 1507 del Condominio Sendero del Río. Manifiesta la parte recurrida que dicho apartamento presentó varios defectos sobre filtraciones, humedad excesiva, pintura defectuosa, empozamiento de agua(s), lechada manchada por humedad y que reclamó a Rivieras la reparación de dichos defectos, los cuales no ha corregido.

Seguido el trámite del caso, el 26 de marzo de 2009, un Inspector de DACO inspecciona el apartamento. El Informe preparado por el Inspector fue objetado por la parte recurrida en atención a las siguientes razones: (1) no menciona sobre el hongo en las paredes, el gabinete del baño podrido por la humedad, la conexión eléctrica debajo de la estufa, la obstrucción en el desagüe y otras situaciones; (2) ambas bañeras tienen óxido; (3) las áreas afectadas por la humedad volvieron a estar manchadas por humedad luego de haber sido pintadas; (4) el problema principal es la inundación de los cuartos al llover; y (5) el Inspector no pudo identificar las áreas afectadas por las inundaciones debido a que el día de la inspección no había llovido por varias semanas. El 10 de marzo de 2010 Rivieras contesta la Querella Enmendada. Niega la casi totalidad de las alegaciones de la Querella y presenta varias defensas afirmativas.

DACO celebra vista administrativa el 26 de agosto de 2010 para dilucidar la controversia. Consecuentemente la agencia emite Resolución el 3 de noviembre de 2010, notificada el 16 de noviembre de dicho año.

Inconforme, Rivieras solicita el 6 de diciembre de 2010 Reconsideración y Determinaciones de Hechos Adicionales. Véase págs. 58-72 del Apéndice del Recurso. Esa solicitud fue rechazada de plano. No obstante, DACO emite Resolución Enmendada el 30 de diciembre de 2010, notificada en esa misma fecha.

Insatisfecha con la Resolución Enmendada, Rivieras presenta el 19 de enero de 2011 Moción Solicitando Reconsideración y Determinación de Hechos Adicionales. DACO emite Resolución el 25 de enero de 2011...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR