Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Febrero de 2012, número de resolución KLRA20111108

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20111108
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2012

LEXTA20120229-101 Piris Alers v. Adm. de Corrección

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL X

ALEXANDER PIRIS ALERS
RECURRENTE
V.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
RECURRIDA
KLRA20111108
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Administración de Corrección Caso Núm. GMA500-977-11

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Carlos Cabrera y la Juez Nieves Figueroa.

González Vargas, Troadio, Juez Ponente.

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de febrero de 2012.

El 9 de octubre de 2011, Alexander Piris Alers solicitó el traslado de la institución penal de Guayama a la de Ponce, pues su núcleo familiar se encontraba en esa ciudad. Su solicitud fue desestimada. Instó reconsideración.

En respuesta, la Administración de Corrección le indicó:

Al analizar la totalidad del expediente, concluimos que la respuesta de desestimación fue emitida conforme la Reglamentación aplicable. El Reglamento para atender las solicitudes de Remedios radicadas por los miembros de la población correccional faculta al Evaluador a desestimar solicitudes por repetitivas. Ciertamente en la solicitud GMA-500-967-11 el recurrente solicita traslado por situación familiar al Complejo Correccional de Ponce. La solicitud de Reconsideración tiene aspectos nuevos que no están contemplados en la solicitud original por cuanto no podemos tomar acción sobre los mismos.

El 14 de noviembre de 2011, el señor Alexander Piris Alers presentó un recurso de revisión judicial ante este Tribunal. Nos indicó que solicitó el traslado toda vez que quisiera recibir la visita de su señora madre, pero a ésta se le dificulta viajar.

Aseveró lo siguiente:

[…]

si me pueden facilitar el traslado podré cojer [sic] las visita [sic] con mi hermano que se encuentra confinado allí porque yo me veo muy afectado tanto como física [sic], emocional y psicológicamente porque estoy lejos de mi núcleo familiar pues este que suscribe reside en Ponce P.R. al igual que mi señora madre, mis hijos y mi esposa

[…]

he hecho lo imposible, lo indecible, he hablado, he escrito las quejas de agravios y nadie nos ha resuelto el problema, por lo que ha empeorado nuestras emociones, sentimientos y nuestra vidas y ya no encuentro que más hacer estoy muy desesperado y me estoy enfermando de los nervios y apenas peso 115 lbs. No como, no duermo bien pensando en mi señora madre. Necesito saver [sic]...

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