Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Febrero de 2012, número de resolución KLAN201101487

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201101487
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2012

LEXTA20120229-89 Doral Financial Corp. v. Torres Sotomayor

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

DORAL FINANCIAL CORP. D/B/A H.F. MORTGAGE BANKERS
Demandante - Apelados
v.
JOSÉ EDUARDO TORRES SOTOMAYOR SU ESPOSA LINDA ABEE RODRÍGUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Demandados - Apelados
v.
ORIENTAL BANK & TRUST
Tercero Demandado Apelante
KLAN201101487 KLAN201101533 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Civil núm.: D CD2002-2480 Sobre: Cobro de Dinero Ejecución de Hipoteca

REGIóN JUDICIAL DE Bayamón

PANEL VI

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Jueza Varona Méndez y la Juez Gómez Córdova

Varona Méndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 29 de febrero de 2012.

El 23 de enero de 2012 consolidamos los recursos de epígrafe presentados por Doral Financial Corporation1

(Doral) y Oriental Bank & Trust2

(Oriental) respectivamente, por referirse a la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 17 de mayo de 2011, que declaró No Ha Lugar la demanda de cobro y ejecución de hipoteca y con lugar la reconvención y demanda contra tercero presentada por Linda Abee Rodríguez, la aquí apelada. La referida sentencia le ordenó a Doral a entregar el pagaré hipotecario para su cancelación y a pagarle a la apelada la suma de $15,000 por daños y perjuicios causados a esta por su acción fraudulenta, más costas y gastos, así como $5,000 de honorarios de abogados. A su vez, el foro primario le ordenó a Oriental a pagarle $15,000 a la apelada por daños y perjuicios por fraude, $5,000 por concepto de honorarios de abogado más costas y gastos.

Con el beneficio de la comparecencia de las partes y por los fundamentos que expondremos a continuación se modifica la sentencia, a los fines de dejar sin efecto las determinaciones en cuanto a daños y perjuicios causados a la apelada; en lo restante, se confirma la sentencia, según modificada.

I.

Los señores José Eduardo Torres Sotomayor (Torres Sotomayor) y Linda Abee Rodríguez (la apelada) contrajeron matrimonio en el año 1995. En 1998, decidieron adquirir su primera residencia y acudieron a Oriental, donde fueron atendidos por la señora Xiomara Rivera Cruz, quien tramitó la originación y el cierre del préstamo hipotecario.

Posteriormente, en mayo de 2000, la apelada y Torres Sotomayor se divorciaron por consentimiento mutuo. Como parte de los acuerdos a los cuales llegaron, estipularon que Torres Sotomayor pagaría los atrasos en la hipoteca y, una vez realizado el pago, la apelada asumiría el pago de la hipoteca; asimismo, Torres Sotomayor le cedería su participación en el inmueble.

Estas estipulaciones no se cumplieron.

El 14 de noviembre de 2002, Doral3 presentó una demanda sobre ejecución de

hipoteca contra Torres Sotomayor y la apelada. Alegó Doral que los demandados le adeudaban $73,939.35 de principal más intereses al 7% anual y cargos por demora mensuales y otras partidas en virtud de un pagaré del cual Doral es tenedor por endoso; que dicho pagaré está garantizado por una

hipoteca la cual está inscrita en el Registro de la Propiedad, y que por tanto, solicitó el pago del dinero adeudado y en su día, la ejecución de la propiedad.

El 2 de septiembre de 2003 la apelada presentó su contestación a demanda y demanda contra tercero y levantó como defensas afirmativas que “el contrato es nulo o cancelable” y que “la parte originadora actuó fraudulentamente al otorgar el préstamo”.4

También presentó una reconvención alegando que Doral tenía conocimiento que en el contrato de hipoteca no compareció una parte indispensable.

Por su parte, en la demanda contra tercero presentada, la apelada alegó que Oriental fue el banco que originó el préstamo en controversia y otorgó el préstamo hipotecario; que tenía pleno conocimiento de que Torres Sotomayor estaba casado con la apelada; que ella era parte esencial en el contrato de hipoteca y ella no firmó ningún pagaré ni escritura, por tanto, solicitó indemnización por los daños causados por las actuaciones de Oriental.

Luego de varios trámites procesales, el 15 de enero de 2008, el foro primario celebró una vista, a la cual no compareció la representación legal de la apelada.

En corte abierta, Doral presentó una moción de sentencia sumaria a la cual se allanó Oriental.

Luego de evaluar dicha solicitud, el foro apelado emitió una Sentencia Sumaria declarando Con Lugar la moción presentada por Doral. Determinó que, a pesar de que tanto en el pagaré como la escritura de hipoteca en cuestión Torres Sotomayor compareció como soltero, la apelada estuvo en todo momento al tanto de la transacción que estaba gestionando su entonces esposo; que ello desembocaría en la compra de una propiedad para el beneficio del matrimonio y sus hijos, y que dicha transacción generaría una deuda pagadera mensualmente. Concluyó que al haberse adquirido el inmueble a costa del caudal ganancial y para el beneficio del matrimonio y los hijos, dicho inmueble es ganancial al igual que la deuda contraída para su adquisición y que por ende, el inmueble responde por la deuda.

Oportunamente, la apelada solicitó reconsideración de la misma y el foro de instancia la declaró no ha lugar. Inconforme, la apelada acudió ante este Tribunal y planteó que no procedía la sentencia sumaria por existir controversias sustanciales de hechos.

Mediante sentencia del 29 de agosto de 20085, el Tribunal de Apelaciones revocó la determinación del foro de instancia y ordenó la celebración de un juicio para que, entre otras cosas, se dilucidara la validez de las actuaciones contractuales en este caso.

Devuelto el caso, el 14 de marzo de 2011, en el juicio en su fondo Doral alegó que la apelada en todo momento tuvo conocimiento de la transacción que hubo entre su ex –esposo y Oriental Bank y que ésta conocía que dicha transacción generaría una deuda la cual se pagaría mensualmente. También sostuvo que la apelada obtuvo un préstamo personal en su trabajo para que su entonces esposo lo diera como aportación el día del cierre del préstamo hipotecario.

No obstante, el Tribunal concluyó que la falta de la firma de la apelada en el pagaré hipotecario y en la escritura de hipoteca, constituyó un acto ultra vires por parte de Torres Sotomayor, haciendo el negocio nulo e ineficaz.

A su vez, determinó que el acto fraudulento de Oriental constituyó una conducta ilícita por omitir intencionalmente su responsabilidad, teniendo conocimiento que Torres Sotomayor era casado al momento del cierre para adquirir el bien inmueble. Por otra parte, el foro primario concluyó que al adquirir Doral el pagaré hipotecario de Oriental y el expediente de cierre, advino en conocimiento del fraude ocurrido, por lo que se convirtió en partícipe de esa actuación al tratar de ocultarla.

El foro apelado dictó sentencia en donde le ordenó a Doral el pago de $15,000 en daños y perjuicios a la apelada; a Oriental a pagar la suma de $15,000 en ese mismo concepto y le impuso a cada uno el pago de $5,000 de honorarios de abogado más costas y gastos del litigio.

De esa determinación, Doral acude a nosotros y sostiene que el foro sentenciador erró al imponerle negligencia a pesar de ser un tenedor por endoso de buena fe y no haber originado el préstamo hipotecario. Cuestiona también que le haya ordenado el pago de $15,000 sin haberse desfilado prueba de daños ni cómo se calcularon. Señala que el foro apelado cometió error además, al declarar sin lugar la demanda de cobro de dinero a pesar de haberse obtenido el préstamo durante la vigencia de la sociedad legal de gananciales por parte de uno de sus miembros. También arguye que erró el foro primario al concluir que la nulidad de la hipoteca firmada significa la nulidad de la obligación que esta garantiza.

Por su parte, Oriental señaló que el foro de instancia incidió al declarar con lugar la reconvención presentada por la apelada a pesar de que se desfiló prueba de que esta siempre tuvo conocimiento de la transacción de compraventa y constitución de hipoteca, por lo que se...

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