Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Marzo de 2012, número de resolución KLCE201200288

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201200288
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2012

LEXTA20120315-06 Hernández Ortiz v. Albino Pacheco

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN/AIBONITO/HUMACAO

PANEL ESPECIAL V

JUAN HERNÁNDEZ ORTIZ Recurrido
V.
MARÍA E. ALBINO PACHECO Peticionaria
KLCE201200288 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm. DAC2005-0912 SOBRE: DIVISIÓN DE BIENES GANANCIALES

Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, la Juez Gómez Córdova1 y el Juez Saavedra Serrano.

Saavedra Serrano, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de marzo de 2012.

La parte peticionaria, María E. Albino Pacheco, (señora Albino o la peticionaria), nos solicita que revoquemos la orden emitida el 28 de febrero de 2012 y notificada el 1 de marzo de igual año, por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Bayamón. Mediante ésta, el TPI ordenó detener un mandamiento y orden de ejecución de sentencia y señaló una vista urgente para el próximo 20 de marzo.

Este recurso fue presentado junto con una Moción Urgente Pidiendo la Paralización de Señalamiento de Vista Urgente Ordenada por el Tribunal de Primera Instancia. Por los fundamentos que exponemos, se declara “No ha lugar” la moción urgente y se deniega la petición de Certiorari solicitada.

I.

Este caso tiene su origen en un pleito de divorcio que culminó en la disolución permanente del vínculo matrimonial habido entre la señora Albino y el señor Hernández mediante Sentencia dictada el 11 de diciembre de 2003.

Surge de los documentos que se anejaron a la petición que, durante el pleito de disolución de bienes gananciales, el 21 de mayo de 2007, las partes obtuvieron una primera sentencia por transacción en la que estipularon la forma en que se distribuirían los bienes de la antes extinta sociedad de bienes gananciales y ahora comunidad de bienes post-ganancial. Posteriormente, 19 de marzo de 2008, las partes presentaron una Moción de Sentencia por Transacción Enmendada, la cual fue acogida por el TPI mediante sentencia de conformidad emitida el 1 de abril de 2008 y notificada el 18 de abril de 2008.

Luego de varios incidentes procesales, el 10 de octubre de 2011, la señora Albino presentó Moción Solicitando se Ordene la Ejecución de Sentencia en el Presente Caso al amparo de la Regla 51. Alegó que la sentencia advino final y firme el 18 de mayo de 2008; el señor Hernández no ha satisfecho el pago de $60,000, ni los intereses correspondientes; y, solicitó que se designara a la Sra. Amparo Albino Castillo como depositaria. El 24 de octubre de 2011 el TPI declaró con lugar la referida moción y, en consecuencia, ordenó...

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