Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Marzo de 2012, número de resolución KLAN200901320

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200901320
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2012

LEXTA20120321-26 Pueblo de PR v. Cruz Santiago

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL XI

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado
v.
JOSÉ L. CRUZ SANTIAGO Apelante
KLAN200901320 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Arecibo Caso Núm. C HO2008G002 C HO2008G003 C IC2009G0019 C IC2009G0020 Sobre: Art. 142, 144, Art. 105 y 99 CP

Panel integrado por su presidente el Juez Cabán García, la Jueza Cintrón Cintrón, y la Jueza Medina Monteserín.1

Cabán García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de marzo de 2012.

I.

El Sr. José L.

Cruz Santiago (Apelante), fue acusado por delitos de violación (2 cargos) y actos lascivos (2 cargos), cometidos contra su hija biológica entre los años 2000-2008, la cual durante esas fechas era menor de 16 años.2 Luego de los trámites procesales correspondientes, se celebró el juicio por tribunal de derecho ante el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Arecibo, el cual culminó el 20 de mayo de 2009.

A la luz de la prueba presentada, el foro de instancia emitió un fallo de culpabilidad en todos los cargos. El 25 de agosto de 2009 se celebró el acto de pronunciamiento de sentencia y el Apelante fue sentenciado de la siguiente forma:

Art. 105 C.P. (1974) 10 años

Art. 99 C.P. (1974) 20 años

Art. 142 C.P. (2004) 20 años

Art. 144 C.P. (2004) 8 años

El TPI dispuso que las penas fueran cumplidas de forma concurrentes entre sí y sin la imposición de costas. Ante su inconformidad con la sentencia y convicción, el 23 de septiembre de 2009 el Apelante presentó ante este foro un recurso de apelación donde se planteó que el TPI erró en la apreciación de la prueba desfilada. A los fines de la consideración del recurso, se ordenó la preparación de una transcripción de la prueba testifical desfilada en el juicio. Una vez presentada la transcripción, le concedimos término a las partes para la presentación de sus alegatos, quedando perfeccionado el recurso el 6 de febrero de 2012. Con el beneficio de los alegatos y la transcripción de la prueba, procedemos a resolver el recurso.

II.

Durante el juicio, el Ministerio Público presentó como testigos a Luis Arturo Cancel Concepción, Milagros Concepción Martínez, Agte. Carlos M. Rosado Torres y la menor K.M.C.R. Como parte de la prueba de defensa declararon Zulma I. Ramos Ramos, Yeismara Cruz Ramos, Mildred I. Pérez Rojas y Yaraliz Cruz Ramos.

A los fines de evaluar el señalamiento de error, exponemos un resumen de lo declarado por los diversos testigos.

Testigo 1- Luis Arturo Cancel Concepción

Luis Arturo declaró que, para el 24 de junio de 2008 salió de los cines Caribbean Cinemas de Arecibo con su novia K.M.C.R. a eso de las 7:30 pm. La pareja no tenía un vehículo en el lugar por lo que tuvieron que llamar a la madrastra de Keyshla para que los recogiera en el cine. Narró, que encontraba que Keyshla estaba “rara” (triste, le estaba peleando sin razón). En un argumento entre Keyshla y el testigo, ella decidió no montarse en el automóvil de su madrastra y se fue caminando en dirección hacia Plaza del Atlántico. Luis Arturo le pidió a la madrastra de Keyshla que se dirigiese hacia la residencia de ella (la madrastra) localizada en Alturas de San Daniel para dejar la bebé allí y entonces él ir a buscar a Keyshla. Estimó que se tardaron dos minutos en guiar desde los cines hasta llegar a casa de la madrastra. Luego de dejar la bebé en casa de la madrastra de Keyshla, Luis Arturo fue caminando a buscar a Keyshla. La logró encontrar y ella estaba llorando. Keyshla le confesó que el padre de ella otra vez la “estuvo tocando” y que eso ocurrió en cuatro ocasiones la semana anterior (semana antes del 24 de junio de 2008).

A preguntas del Fiscal, Luis Arturo contó que Keyshla le había dicho que su padre la empezó a tocar en sus partes privadas desde los 8 años, lo cual continuó haciendo hasta que ella cumplió doce años cuando empezó a tener relaciones sexuales con ella, hasta que cumplió catorce años. Narró el testigo, que Keyshla le había hecho jurar que no diría nada sobre la situación con su papá, ya que este último le había dicho que lo podían matar en la cárcel porque anteriormente había tocado a una niña impedida. Para el momento del evento más reciente en que el padre de Keyshla la tocó, ella vivía en Alturas de San Daniel con su padre, la madrastra y una hermana de 19 años. Dijo además, que en las ocasiones que el padre trató de tocarla ella lo evadía y se encerraba en su cuarto. Luis Arturo describió la casa donde vivía Keyshla y dijo que el cuarto de ella estaba localizado frente al cuarto matrimonial donde dormía su padre. (A petición del Fiscal, procedió a dibujar un croquis de la casa de Keyshla en una pizarra). Específicamente, Luis Arturo narró que Keyshla le dijo que su padre le pasaba por el lado y le tocaba los senos, le agarraba las nalgas y le sobaba la [v]…. También narró cómo convenció a Keyshla de que le contara lo sucedido a su madre y que su madre (Milagros Concepción Martinez) y Keyshla hablaron a solas (dentro del carro de Concepción Martinez) frente a la casa de Keyshla.

Que él se mantuvo fuera del carro mientras hablaban y que vio a Keyshla llorando mientras hablaba con la madre de él. Luego Keyshla entró a su casa a buscar una ropa de su bebé y a informarles a su madrastra y a su padre que se iría con él y con la madre de éste al hogar de ellos.

Luis Arturo entonces narró, que vio como Luis Cruz Santiago (Apelante), el padre de Keyshla, la haló por la mano a su cuarto para hablar con ella. La madrastra de Keyshla le preguntó qué ocurría y él solo le contestó que le preguntase a Keyshla. Que Keyshla salió del cuarto del Apelante llorando y él alcanzó a ver al Apelante sentado en su cama también llorando. Keyshla le dijo que su padre le pidió que mintiera y dijese que ella se inventó toda la historia sobre cómo abusaba de ella sexualmente. Luego, Luis Arturo, su madre y Keyshla, fueron al Cuartel de Hatillo donde su madre presentó la querella en contra de Cruz Santiago. Al lugar se personó la hermana de Keyshla, quien habló con ella, pero él no sabe de qué hablaron porque se mantuvo en el carro mientras ellas hablaban afuera. Del Cuartel de Hatillo él, su madre y Keyshla se fueron para Arecibo a la Unidad de Delitos Sexuales donde se entrevistaron con el Agente Rosado. Declaró que conoció a Keyshla en el 2004 en la escuela, cuando ella tenía 12 años y él 14. En el 2006 ella le confesó por primera vez que su padre la tocaba desde los 8 años y desde los 12 tenía relaciones sexuales con ella.

A preguntas de la defensa, Luis Arturo dijo que él no conocía a Keyshla cuando ella tenía ocho años de edad, o sea cuando ella supuestamente comenzó a ser víctima de su padre. También fue entrevistado sobre el momento en que Keyshla quedó embarazada de él. Admitió que el padre de Keyshla le puso una querella porque ella era menor de edad cuando quedó embarazada de él (a los 14 años y dio a luz a los 15), quien era dos años mayor que ella. Además, el Fiscal le preguntó si era cierto que su madre es agente de la policía, a lo que contestó en la afirmativa. Se le preguntó a Luis Arturo que si él dejó a su bebé en la casa del Apelante la noche en que Keyshla le contó nuevamente sobre cómo su padre había abusado sexualmente de ella. Además, se le preguntó que si anteriormente había dejado a su bebé en esa casa a pesar de que sabía de las acusaciones que Keyshla hacía en cuanto a su padre, a lo que contestó “exacto”.

La defensa le preguntó que si a pesar de que Keyshla le confesó sobre el abuso sexual de su padre para el 2006 (cuando ella tenía 14 y él tenía 16), él no le contó a su madre, quien era agente de la policía, sobre esto. Luis Arturo contestó que no le contó a su mamá porque le había prometido a Keyshla no contarle a nadie. También se le preguntó si pasaba los días en casa de Keyshla, a lo cual contestó que “no todos los días”. Además, se le cuestionó si los sábados los pasaba allí en casa de Keyshla y su familia y si era el Apelante quien lo buscaba, a lo que contestó en la afirmativa.

Aceptó que cuando un agente entrevistó a Keyshla él estaba presente. Le preguntó la defensa si los eventos del abuso sexual contra Keyshla siempre se dieron en la casa de Arecibo (San Daniel) o si fueron también en un apartamento en Camuy. Luis Arturo dijo que los primeros eventos de abuso, según Keyshla le contó, ocurrieron en Camuy. La defensa le preguntó si era cierto que Keyshla le escribió una carta en la cual le decía que él fue el que le enseñó todo en cuanto al sexo. Luis Arturo contestó que no recordaba. También, que si no velaba o estaba pendiente para ese tiempo, en el cual ya él estaba teniendo relaciones sexuales con Keyshla, que ella no se dejara tocar por su papá. El testigo contestó que él sí estaba pendiente y que le preguntaba que si su papá la tocaba y ella le decía que sí. La defensa le preguntó que si entre la primera confesión de Keyshla y la del 2008, hubo otras confesiones, a lo que contestó en la afirmativa. Le mostraron su declaración jurada en donde admitió que en la misma sólo habló de la primera y la última confesión, pero no de conversaciones entre esas dos, sobre el tema del abuso sexual del padre.

Testigo 2- Milagros Concepción Martínez

La testigo es la madre de Luis Arturo Cancel Concepción y dijo que su hijo tiene 18 años. Señaló, que ella es policía en el Precinto 166, Puerta de Tierra en San Juan, desde hace 9 años. Que la noche del 24 de junio de 2008 habló por teléfono con Keyshla a petición de su hijo. Ella le dijo que le quería contar algo muy personal y que deseaba hacerlo en persona. Por lo tanto, se dirigió esa noche hacia la casa donde ella vivía con su padre y madrastra.

A preguntas del Fiscal sobre quién era el papá de Keyshla, la testigo identificó en corte al señor José L.

Cruz (Apelante). Volviendo a la narración, señaló que cuando llegó en su auto a la casa se...

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