Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Marzo de 2012, número de resolución KLCE1101509

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE1101509
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2012

LEXTA20120327-21 Rosado González v. ELA de PR

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA

PANEL IX

RENÉ ROSADO GONZÁLEZ Recurrido v. E L A DE PR Peticionario KLCE1101509 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Sebastián Daños A2CI201100645 (0001)

Panel integrado por su Presidenta, la Jueza Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry.

Coll Martí, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 27 de marzo de 2012.

Ha comparecido el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA), representado por la Oficina del Procurador General, y mediante petición de Certiorari nos solicita la revisión de una Orden emitida el 20 de octubre de 2011, notificada el 21 del mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Sebastián. Mediante el referido dictamen, el foro de instancia declaró no ha lugar la Moción Solicitando Desestimación por Falta de Notificación al Estado presentada por éste.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, EXPEDIMOS el auto de Certiorari y REVOCAMOS la Orden recurrida. Veamos.

I

El 23 de septiembre de 2011 el Sr. René

Rosado González (Rosado), Janet León Méndez (León) y la Sociedad Legal de Gananciales por ellos compuesta presentaron una Demanda en daños y perjuicios, discrimen político, represalias y hostigamiento laboral contra el ELA, la Policía de Puerto Rico, el Superintendente de la Policía, Sr. José Figueroa Sancha, el Superintendente Asociado, Sr. José Rosa Carrasquillo (Col. Rosa Carrasquillo), y el Col. Leovigildo Vázquez Bonilla (Col. Vázquez), todos demandados en su capacidad oficial. Además, demandaron al Coronel Alberto González Vargas (Col. González), su esposa Sra. Mildred Teresa Ramos Gutiérrez (Ramos) y la Sociedad Legal de Gananciales por ellos compuesta, así como contra John Doe y la Aseguradora ABC.

El señor Rosado arguyó en la Demanda que se desempeña como agente de la Policía de Puerto Rico y a su vez es militante del Partido Nuevo Progresista (PNP).

Sostuvo el señor Rosado que durante las primarias del PNP en el 2004 favoreció la candidatura del entonces candidato a la gobernación, el Lcdo. Luis G. Fortuño Burset (Fortuño), mientras que el Col.

González apoyó al Dr. Pedro Rosselló González (Dr. Rosselló) a la gobernación. Durante la campaña primarista el señor Rosado tuvo varios altercados con el Col. González. No obstante, ante el triunfo de Fortuño como candidato a la gobernación por el PNP, el Col. González se unió al Tnte. Rosado en la campaña eleccionaria. Sin embargo, el señor Rosado alegó que el Col. González nunca aceptó la derrota de su candidato y utilizó los poderes de su puesto para vengarse de éste.

Del mismo modo, el señor Rosado arguyó que con el triunfo de Fortuño como gobernador, el 26 de marzo de 2009 el Col.

González fue nombrado como Director Regional de Aguadilla, mientras que él fue ascendido al rango de Capitán (Capt.) y nombrado Director del C.I.C. de la Región de Aguadilla. Sostuvo el señor Rosado que a raíz de los nombramientos el Col. González inició un patrón de atropellos verbales y laborales contra su persona, como faltas de respeto, humillaciones y la falta de apoyo en el trabajo. Manifestó que las actuaciones del Col. González contra su persona fueron discriminatorias, personalistas y revanchistas y afectaron tanto su vida profesional como familiar.

Así las cosas, el 29 de septiembre de 2010 el señor Rosado fue trasladado de su puesto como Director del C.I.C. al área de operaciones de campo, alegadamente por haber manifestado la necesidad de recursos humanos en su división. Señaló el señor Rosado que desde sus inicios en la uniformada se desempeñó en el área investigativa, inclusive escribió un libro de Investigación Criminal que fue publicado por la editorial Publicaciones Puertorriqueñas. El señor Rosado fue remplazado en el puesto de Director del C.I.C. por un oficial con menor experiencia y con menos preparación académica. Igualmente, el señor Rosado indicó que durante las reuniones de “Staff” dirigidas por el Col. González este expresaba que quien no quisiera trabajar con él tenía que irse a otra región policiaca o retirarse de la uniformada, pues no le importaban las apelaciones surgidas por los traslados.

Finalmente el 29 de septiembre de 2010 el señor Rosado fue trasladado a la Región de Mayagüez como oficial nocturno. Ello implicó traslado a un puesto de menor jerarquía a los ocupados anteriormente en la Región de Aguadilla y con un horario nocturno. Además, ante el cambio perdió el beneficio de utilizar un vehículo oficial y un teléfono celular.

Igualmente, el cambio de región policiaca aumentó considerablemente la distancia desde su hogar, ocasionándole así problemas económicos tanto a él como a su familia. Inconforme con el traslado, el señor Rosado recurrió en apelación ante la Comisión Apelativa del Sistema de los Recursos Humanos (CASARH),(1) al presente, dicha Apelación se encuentra aun pendiente de adjudicación.

Por otro lado, el señor Rosado alegó que intentó internamente resolver las controversias surgidas entre éste y el Col. Gonzalez. Por ello, solicitó una reunión con el entonces Superintendente de la Policía, señor Figueroa Sancha, y con el Col...

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