Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Abril de 2012, número de resolución KLAN2012-0349

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN2012-0349
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Abril de 2012

LEXTA20120412-001 Ortiz Coto v.

Departamento de Educación

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL SAN JUAN

DAVID ORTIZ COTO APELANTE V. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN APELADO KLAN2012-0349 APELACIÓN PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN CASO NUM.: KAC2010-1422 SOBRE: IMPUGNACIÓN DE LAUDO

Panel integrado por su presidente el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Ortiz Flores

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 12 de abril de 2012.

El apelante David Ortiz Coto, solicita la revocación de cierta resolución emitida el 6 de septiembre de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (Hon. Monsita Rivera Marchand, J.) en el caso KAC2010-01422. Mediante ésta el tribunal desestimó el recurso de revisión por alegada falta de jurisdicción.

I

El 25 de octubre de 2010, la Comisión de Relaciones del Trabajo del Servicio Público, emitió un laudo suscrito por Alberto Andrés Feliciano Morales. Surgiendo de la certificación que se notificaba por correo ordinario el mismo día. De los autos surge que el señor Ortiz Coto fue notificado por conducto de su abogado el 27 de octubre de 2010, es decir dos (2) días después de la alegada certificación por correo ordinario.

Así las cosas, el señor Ortiz Coto instó un proceso el lunes 29 de noviembre de 2010. Los demandados-apelados Departamento de Educación notificó la desestimación del caso ante el foro de instancia arguyendo que fue presentado luego de haber transcurrido el término jurisdiccional de treinta (30) días.

Inconforme con dicho dictamen, el apelante señor Ortiz Coto, aduce que erró el Tribunal de Primera Instancia al desestimar su petición de revisión por falta de jurisdicción.

II

Ciertamente la parte apelante acredito ante el Tribunal de Primera Instancia que a pesar de que el laudo se emitió el 25 de octubre de 2010. No fue hasta el 27 de octubre de 2010, que se puso al correo la notificación del dictamen administrativo conforme al matasello del sobre impreso por el correo de los Estados Unidos de América. Siendo ello de esa manera el término de treinta (30) días para instar el recurso vencía el viernes 26 de noviembre de 2010, que por ser el día posterior al...

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