Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Abril de 2012, número de resolución KLAN201200004

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201200004
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución17 de Abril de 2012

LEXTA20120417-016 Ikon Solutions v. Prime Rx Med

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

IKON SOLUTIONS, INC.
Demandante-Apelada
v.
PRIME RX MED, LLC.; JACK DIAMOND; MAUREEN DIAMON; y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; MARK MINCY; MENGANA DE TAL; y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
Demandados-Apelantes
KLAN201200004
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan CIVIL NÚM.: K CD2010-2266 (503) SOBRE: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de abril de 2012.

Comparecen ante nos, Prime Rx Med, LLC (Prime) y Mark Mincy (Mincy), entre otros, y nos solicitan que revisemos una Sentencia de 1 de noviembre de 2011, notificada el 3 de noviembre de 2011, que emitió el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI). Mediante el referido dictamen, se dispuso de la demanda en cobro de dinero que presentó Ikon Solutions Inc (Ikon) contra Prime y Mincy, así también, de las reconvenciones que estos últimos presentaron. En síntesis, se desestimó sin perjuicio las referidas reclamaciones y remitió la controversia a un procedimiento de arbitraje.

Inconformes con el resultado del pleito, Prime y Mincy acudieron ante nos y señalaron que el TPI erró al desestimar sin perjuicio la demanda y reconvenciones de las partes, y además, al remitir la controversia a arbitraje. También, cuestionó que dicho foro se negara a resolver que Ikon renunció al foro de arbitraje al presentar su demanda, más aún, que estaba impedida de utilizar como defensa contra las reconvenciones el acuerdo de arbitraje que precisamente obvió al presentar su demanda.

En reacción al recurso de Prime y Mincy, Ikon presentó una moción de desestimación. Mediante resolución al efecto, declaramos no ha lugar su moción. Posteriormente, este presentó su alegato. Ahora, con el beneficio de la comparecencia de las partes, resolvemos. Adelantamos que confirmamos el dictamen apelado.

I.

Esbozamos a continuación una breve relación de los hechos e incidencias procesales más relevantes para la resolución de este caso.

El 23 de junio de 2010, Ikon presentó su demanda contra Prime, Jack Diamond y Mincy, entre otros. En términos generales, adujo que todos comparecieron al otorgamiento de un documento que titularon Memorandum of Understanding (MOU), por el cual, Prime, Diamond y Mincy, reconocieron una deuda de $290,000.00 a favor de Ikon. La deuda se evidenció mediante pagaré. Ikon adujo que Prime, Jack Diamond y Mincy acordaron pagar la mencionada deuda conforme a los términos establecidos en el MOU y en el pagaré. Por otro lado, indicó que aquellos incumplieron con los términos de pago acordados en el MOU y en el pagaré. Por tal razón, reputó la deuda como vencida, líquida y exigible.

Mincy presentó su contestación a demanda y reconvino. En resumen, tanto en las defensas afirmativas de su contestación, como en las alegaciones de su reconvención, planteó lo siguiente. Adujo que tanto el MOU como el pagaré carecían de causa y consentimiento por haber mediado coacción y maquinación insidiosa por parte de Ikon en la negociación. Expresó que no respondía de la deuda que alegadamente reconocía mediante tales documentos. Más bien, era Ikon el que le adeudaba por las razones que detalló en su reconvención.

Indicó Mincy que, ciertas modificaciones realizadas a las obligaciones contractuales que convino con Ikon, fueron realizadas unilateralmente precisamente por Ikon. Apuntó, además, que igualmente de manera unilateral y en violación a los acuerdos suscritos por las partes, Ikon le informó de la determinación de dar por terminadas sus relaciones contractuales. Huelga indicar que Prime también presentó su contestación a demanda y reconvención. En resumen, adoptó los argumentos que esgrimió Mincy.

En reacción a la reconvención de Prime y Mincy, Ikon presentó una moción de desestimación. En síntesis, planteó que la reconvención que presentaron aquellos se basó en los términos y condiciones de un contrato original que convinieron las partes denominado Independent Contractor Services Agreement (ICSA). Destacó que la cláusula número 10 del referido contrato figuraba como una cláusula de arbitraje compulsorio. De ese modo, estimó que las controversias planteadas por Prime y Mincy, que incidieran en la vigencia, validez o cumplimiento del referido contrato, debían ser atendidas por un árbitro, no por el foro judicial. Indicó que el TPI debía abstenerse de intervenir con las reclamaciones planteadas por Prime y Mincy en sus reconvenciones.

Por otro lado, Ikon insistió en la procedencia de sus reclamaciones ante el foro judicial. Adujo que las suyas se derivaban de los términos y condiciones del pagaré. Sugirió que el pagaré no estaba afectado por la cláusula de arbitraje compulsorio contenido en el ICSA. Finalmente, suplicó que se desestimaran las reconvenciones de Prime y Mincy y se remitieran tales asuntos a arbitraje.

Prime presentó su oposición a...

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