Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Abril de 2012, número de resolución KLCE201200176

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201200176
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución19 de Abril de 2012

LEXTA20120419-008 Muratti Dardia v. Habibe Vargas

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN, AIBONITO Y HUMACAO

PANEL V

Nadia Muratti Dardia
Recurrida
v
Frankie Habibe Vargas
Peticionario
KLCE201200176
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Dorado Caso Núm.: OPA-2011-007679 Sobre: Orden de Protección

Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, el Juez Cordero Vázquez y el Juez Saavedra Serrano.

Cortés Trigo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de abril de 2012.

Se recurre de la orden de protección emitida y notificada el 29 de diciembre de 2011 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Dorado (TPI).

Mediante la misma, entre otras cosas, se ordenó al peticionario, Frankie Habibe Vargas, abstenerse de acosar, perseguir, intimidar, amenazar o de cualquier otra forma interferir con la recurrida, Nadia Muratti Dardia, adjudicó la custodia provisional de los menores procreados por las partes a la recurrida y fijaron relaciones paterno filiales provisionales. Expedimos el auto y modificamos.

I.

Según surge del expediente, las partes convivieron como esposos del 1994 al 2003 y en esta relación procrearon dos menores de 11 y 8 años de edad. El 9 de noviembre de 2011, la recurrida instó una acción de custodia, relaciones paterno filiales y pensión alimentaria en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI Bayamón). El peticionario contestó la demanda y solicitó custodia compartida.

El 18 de noviembre de 2011, ocurrió un incidente en la residencia de la recurrida cuando el peticionario fue a recoger a los menores para relacionarse con ellos.

El TPI concluyó que ocurrió lo siguiente:

“La [recurrida] se opuso a que [el peticionario] se los llevara [(a los menores)] pues alega [que]

el [peticionario] les habla mal de ella a sus hijos. El [peticionario] se alteró y dio golpes por las ventanas insistiendo en que le abrieran. La [recurrida] declara que el [peticionario] le dijo: ‘te voy a joder, prepárate’.

El [peticionario] niega la amenaza, plantea que la [recurrida] no le permitió llevarse a los menores pues alegaba que él le debía dinero.”

Esa noche la recurrida acudió al TPI Bayamón y obtuvo una orden de protección ex parte. Luego de varios trámites, el 29 de diciembre de 2011, el TPI celebró una vista en la que las partes estuvieron asistidas por sus abogados y testificaron. Después de evaluar...

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