Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Abril de 2012, número de resolución KLAN201100457
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201100457 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2012 |
| | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil número J PE2010-0415 Sobre: Despido Injustificado Bajo el Procedimiento Sumario de Reclamaciones Laborales de la Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961 |
Panel integrado por su presidente, el juez López Feliciano, el juez Hernández Serrano y la juez Birriel Cardona.
Birriel Cardona, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de abril de 2012.
Comparece el señor Antonio A. Juan León (el señor Juan) y nos solicita que revisemos la sentencia emitida el 26de enero de 2011 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (TPI). En el aludido dictamen el TPI declaró con lugar una querella instada por el señor Roberto Rodríguez García (el señor Rodríguez) sobre despido injustificado.
Con el beneficio de la comparecencia de ambas partes, procedemos a resolver.
Según surgen de la sentencia apelada y de los documentos anejados al expediente, los hechos e incidentes procesales pertinentes para disponer del presente recurso se resumen a continuación.
El 4 de junio de 2010 el señor Rodríguez instó una querella sobre despido injustificado bajo el procedimiento sumario establecido en la Ley Núm.
2 del 17 de octubre de 1961, según enmendada, 32L.P.R.A. sec. 3118 et seq.
En esencia, adujo que trabajaba como cajero en un garaje de gasolina perteneciente al señor Juan, hasta el 4 de mayo de 2010 cuando fue despedido injustamente de su empleo. Reclamó la suma de $9,143.00 como compensación (mesada) más el 25%
de dicha cantidad por concepto de honorarios de abogado.
Oportunamente, el señor Juan negó las alegaciones contenidas en la querella y presentó las siguientes defensas:
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El empleado fue suspendido con fines investigativos más no se llegó a despedir.
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El empleado incurrió en conducta adulterina, yaciendo con mujer no propia, esposa del querellado, durante los últimos seis (6) meses anteriores a esta fecha (al menos), afectando para siempre la marcha de la empresa que le empleaba.
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El empleado afectó igualmente empresas dependientes de la querellada por igual razón a la expuesta. (Anejo II, pág. 3)
Tras varios trámites procesales, el 12 de noviembre de 2010 se efectuó la vista en su fondo. Durante la misma, el señor Juan presentó prueba documental y testifical. Ésta última consistió en las declaraciones de Iván Vechioly Cruz y Lourdes I. de Jesús Navarro. Acontinuación procedemos a exponer un resumen de la prueba testifical. Veamos.
Testimonio del señor Iván Vechioly Cruz:
Declaró que es agente de seguros y corredor de bienes raíces. Señaló que conoce a las partes involucradas en el pleito desde hace más de cinco (5) años, porque es el agente de seguros del señor Juan. Indicó que el señor Juan le contactó para que lo ayudara a entender algo que estaba pasando con su esposa (doña Lourdes). Portal razón se personó a casa de la hermana de ésta. Allí doña Lourdes le indicó que estuvo sujeta a una violación constante por Pope.1
A preguntas del abogado aclaró que Pope era el señor Rodríguez. Finalmente, declaró que en aras de dispersar la animosidad que había entre las partes llamó al señor Rodríguez y se reunió con él en un restaurante. El señor Rodríguez le contó que había tenido una relación amorosa con doña Lourdes.
Testimonio de Lourdes I. de Jesús Navarro:
Declaró que fue esposa del señor Juan hasta julio de 2010 cuando se divorciaron. Específicamente indicó que conoce al señor Rodríguez desde hace diez (10) años, ya que éste era empleado y amigo de su exesposo. Aclaró que el señor Juan es el dueño del garaje de gasolina y que él se encarga de todo.
Señaló que su...
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