Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2012, número de resolución KLRA20110595

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20110595
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Abril de 2012

LEXTA20120430-025 Best Option Healthcare v. Depart. de Salud

Estado Libre Asociado De Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL ESPECIAL

BEST OPTION HEALTHCARE (PR), INC., PROGRAMA DE SALUD EN EL HOGAR DEL HOSPITAL RYDER, GUAYNABO HOME CARE INC., FONT MARTELO HOME CARE PROGRAM INC., SAN LUCAS HOME CARE, ATENCIÓN MÉDICA INC.
Recurridas
V.
DEPARTAMENTO DE SALUD P/C HON. LORENZO GONZÁLEZ FELICIANO
Agencia Recurrida
M-CARE MEDICAL SUPPLY, INC.
Recurrente
KLRA20110595
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Salud, División de Vistas Administrativas Caso Núm. 10-06-091 (APB) Región Este SOBRE: Certificado de Necesidad y Conveniencia

Panel especial integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, y el Juez Hernández Serrano y la Jueza Birriel Cardona.

Per Curiam

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 30 de abril de 2012.

Comparece M-Care Medical Supply Inc., en adelante denominada la recurrente, y nos solicita que revoquemos una resolución emitida por el Departamento de Salud el 8 de abril de 2011, ordenando el cierre y archivo de una solicitud de Certificado de Necesidad y Conveniencia (CNC) para proveer los servicios de infusión en el hogar en la Región Este. La resolución recurrida fue archivada en autos y notificada a las partes el 11 de abril de 2011.

La recurrente presentó una moción al amparo de la Regla 76 del Tribunal de Apelaciones en la que solicitó la autorización para la transcripción de la regrabación de la prueba vertida en la vista administrativa. El 24 de junio de 2011 declaramos, ha lugar su petición y le ordenamos preparar una transcripción privada de la prueba oral. Luego de concederle varias prórrogas el 23 de febrero de 2012, informó que no podía cumplir con lo ordenado. El recurso quedó sometido sin la transcripción de la prueba oral.

El 29 de febrero de 2012 denegamos la solicitud de consolidación de este recurso con el recurso KLARA 2011-00593 y concedimos un término de 30 días a la recurrida para que presentara su alegato. Esta orden fue notificada el 5 de marzo de 2012.

El 4 de abril de 2012, el Departamento de Salud, en adelante la parte recurrida presentó su alegato en oposición al recurso.

Examinados y analizados los alegatos de ambas partes y con el beneficio de los apéndices anejados a los mismos y otros escritos presentados, estamos en posición de disponer de éstos, lo que a continuación hacemos.

I.

Los hechos e incidentes procesales para disponer de este recurso son los siguientes:

La proponente recurrente prestaba servicios de infusión en el hogar a pacientes antes de la vigencia de la Orden Administrativa núm. 269, expedida por el Secretario de Salud el 1ro.de marzo de 2010, con la cual ordenó a las compañías que suministraban estos servicios cumplir con el requisito de obtener un CNC, exigido para la operación de Programas de Salud en el Hogar.

Cónsono con la Orden Administrativa Núm. 269, supra, el 6 de octubre de 2010, la señora Mariselis Muñiz presentó una solicitud de CNC para que el Departamento de Salud la autorizara a proveer los servicios de infusión en la Región Este de Puerto Rico.

Best Option of Puerto Rico, Programas de Salud en el Hogar y Hospicio San Lucas, Ryder Memorial Hospital, Inc, Guaynabo Home Care Program, Inc., Font Martelo Home Care Program, Inc., en adelante denominadas las recurridas presentaron oposición.

Alegaron ser partes afectadas, debido a que proveen servicios similares en el área para la que la proponente- recurrida presentó su solicitud. San Lucas Home Care y Atención Médica Inc., Specialty Pharmacy Services Inc. y Vision Infusion Services Inc. solicitaron participar en el proceso como interventoras oyentes.

Las vistas para atender las solicitudes de CNC para proveer los servicios de infusión en el hogar en las Regiones de Salud Este y Sur fueron celebradas los días 24, 25 y 28 de febrero, 1, 4, 9 y 11 de marzo de 2011. Aunque los procedimientos no fueron consolidados la prueba por ser la misma para ambas regiones, solo se ofreció una vez ante el Oficial Examinador.

El 25 de febrero de 2011, la recurrente presentó su prueba la cual consistió en los testimonios de la señora Mariselis Muñiz Molinero y el perito Dr. José Alameda Lozada. No obstante, el 3 de marzo de 2011, dicha parte presentó una “Moción Informativa al Expediente y para que se Tome Conocimiento Administrativo”. La proponente informó al Departamento de Salud que el 2 de marzo de 2001, la corporación M-Care Medical Supply Inc. cambió su nombre a M-Care Medical Supply II, Inc. En la misma fecha, M-Care Medical Supply ll Inc. se fusionó con M-Care Medical Supply Inc. sobreviviendo de dicha fusión la segunda. En consecuencia, solicitó que los procedimientos continuaran realizándose a nombre de M-Care Medical Supply Inc., debido a que ésta mantiene todos los derechos, permisos, activos y obligaciones que hubiera podido tener M-Care Medical Supply II.

El 10 de marzo de 2011, Best Option presentó una “Moción Urgente en Torno a Moción Informativa de M-Care”, en la que cuestionó la identidad y capacidad de la recurrente para solicitar el CNC. Además alegó que en el momento en que esa parte presentó la “Moción Informativa al Expediente y para que se Tome Conocimiento Administrativo”, el caso ya estaba sometido por lo que el Departamento de Salud no podía considerarla.

La recurrente replicó a la moción urgente. Adujo que los cuestionamientos a su identidad, estaban basados en datos obtenidos en el portal cibernético del Departamento de Estado, en el que se advierte que su uso es únicamente para propósitos de proveer información.

El 21 de marzo de 2011, el Oficial Examinador emitió su informe basado en la prueba presentada por la recurrente que consistió en los testimonios de la señora Mariselis Muñiz Molinero y el perito José Israel Alameda Lozada, así como en evidencia documental. El funcionario concluyó que en el desfile de prueba surgieron varios aspectos que le impedían determinar: quién es realmente la proponente, quién había ofrecido los servicios con anterioridad a la Orden del Secretario y cual es la entidad que tiene los permisos, licencias y autorizaciones adecuadas para llevarlos a cabo. Estos aspectos son los siguientes:

  1. En la solicitud sobre Certificado de Necesidad y Conveniencia objeto del caso del epígrafe comparece como parte proponente la Sra. Mariselis Muñiz, como presidente; pero no se identifica la corporación de la cual es presidenta.

  2. En dicha solicitud se expresa que el nombre de la facilidad propuesta es M-Care Compounding Pharmacy/M-Care Medical Supply Inc.

  3. El Estudio de Viabilidad que se acompañó con la solicitud y que fue preparado por el perito José

    Israel Alameda Lozada se refiere a la empresa M-Care; a que su dueña Mariselis Muñiz comenzó operando este negocio de servicio de infusión para fines del 2006 y a que en la actualidad tiene más de cuatro años de operaciones a todas las regiones de salud en Puerto Rico.

  4. En el Informe sobre Conferencia con Antelación a Vista compareció M- Care Compounding como proponente. En la Teoría del escrito dicha parte alega que M-Care Compounding Pharmacy es una corporación creada al amparo de las leyes de Puerto Rico hace más de 30 años, que en el año 2003 expandió su gama de servicios para incluir los servicios de infusión en el hogar. A través de todo el documento se identifica a la parte proponente como M-Care Compounding o M-Care Compounding Pharmacy. Inclusive en el informe su abogado comparece a representar a M-Care Compounding.

  5. En dicho escrito se indicó además que M-Care Compounding Pharmacy presentaría como testigo a su presidenta Mariselis Muñiz Molineros y como testigo pericial al Dr. José Alameda. Anunció además 18 piezas de prueba documental que aparecen a nombre de otras corporaciones y empresas comerciales.

  6. La prueba documental presentada demuestra que CMS emitió el 3 de abril de 2008 una certificación a nombre de MÇare Medical Supply Inc.

  7. El Drug Enforcement Administration con fecha de 25 de septiembre de 2008, emitió a nombre de Farmacia MR-55 una certificación de un registro de sustancias controladas.

  8. ASSMCA, División para el Control de Drogas y Narcóticos, con fecha de 27 de diciembre de 2010, expidió un certificado de registro a nombre de M-Care Medical Supply, Inc.

  9. A su vez M Care Pharmacy tiene una certificación del National Provider System.

  10. M-Care Medical Supply Inc., registro186092, tiene un Certificado de Cumplimiento (“Good Standing”) emitido por el Departamento de Estado del Gobierno de Puerto Rico con fecha del 27 de septiembre de 2010.

  11. M-Care Medical Supply Inc., registro 186092, cuenta con un Certificado de Registro emitido por el Departamento de Estado del Gobierno de Puerto Rico, el 21 de enero de 2010, acreditando que dicha corporación con fines de lucro fue organizada el 21 de enero de 2009.

  12. El Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico expidió a nombre de M-Care Medical Supply un Certificado de Inspección y Permiso con fecha de 22 de abril de 2010.

  13. El Municipio Autónomo de Guaynabo expidió una certificación del pago de patentes con fecha del 21 de abril de 2010, cuyo documento no expresa quien hace el pago.

  14. Con fecha del 31 de marzo de 2009, el Departamento de Salud expidió una licencia a M-Care Medical Supply, Inc. para operar un establecimiento de Farmacia conocido por Farmacia MR-55.

  15. Con fecha del 31 de marzo de 2009, el Departamento de Salud expidió a M-Care Medical Supply, Inc. que representa a la firma comercial conocida como Farmacia MR-55, una licencia sobre Conservación y Registro de Productos Biológicos.

  16. El Gobierno municipal Autónomo de Guaynabo emitió el 30 de julio de 2003 un Permiso de Uso a Farmacia MR-55, a favor de Mariselis Muñiz.

  17. The Compliance Team, Inc. expidió en agosto de 2009, una certificación a favor de M-Care Medical Supply, inc., dba M-Care Pharmacy.

  18. En 5/30/2003 el Servicio de Rentas Internas del Departamento del Tesoro de los Estados...

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