Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2012, número de resolución KLAN201200123

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201200123
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Abril de 2012

LEXTA20120430-079 Rivera Rivera v. Municipio de Bayamón

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN, AIBONITO Y HUMACAO

PANEL V

FRANCISCA RIVERA RIVERA Apelante v. MUNICIPIO DE BAYAMÓN, ET ALS Apelados
KLAN201200123
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Caso Núm.: D DP2011-0704 (703) Sobre: Daños y perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, el Juez Cordero Vázquez, y el Juez Saavedra Serrano.

Cordero Vázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2012.

Comparece Francisca Rivera Rivera (apelante) mediante el recurso de Apelación de epígrafe y nos solicita que revoquemos la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI), el 14 de noviembre de 2011, notificada y archivada en autos el siguiente día 21. Por medio de este dictamen, el TPI declaró con lugar la solicitud de desestimación promovida por el Municipio de Bayamón e Integrand Assurance Company (Integrand) y desestimó con perjuicio el caso de autos.

Con el beneficio de los escritos de las partes y el derecho vigente aplicable, desestimamos el recurso de epígrafe.

I.

El 8 de septiembre de 2011, la apelante presentó una demanda de daños y perjuicios contra el Municipio de Bayamón (Bayamón), Integrand, (en conjunto, apelados), Fulano de Tal, Mengano de Tal, A, B y C. Alegó que el 13 de enero de 2011 mientras caminaba por la acera de la carretera estatal número 807, sita en el Municipio de Corozal (Corozal), en las cercanías del Colmado Ángel Gas, perdió el control de su cuerpo como consecuencia de un desperfecto en el aludido encintado. Sostuvo que la acera tenía un desnivel que provocó que se desplomara al suelo, como resultado de esta caída tuvo que ser atendida en el hospital Vega Alta Community Health, en donde le diagnosticaron una fractura en el pie izquierdo. Además, tuvo que ser intervenida quirúrgicamente por las lesiones sufridas. Planteó que Bayamón, por ser el dueño y custodio de la referida acera, no prestó supervisión, ni el mantenimiento necesario requerido para el paso adecuado de los transeúntes, lo que suscitó la condición peligrosa que ocasionó su caída. En cuanto a Integrand, alegó que esta compañía respondía por la negligencia de Bayamón, por haber emitido una póliza de seguros a favor del Municipio. Reclamó como indemnización por los daños físicos sufridos $75,000 y $25,000...

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