Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2012, número de resolución KLAN201101623

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201101623
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Abril de 2012

LEXTA20120430-110 Coplin Enterprises v. Pujols Silfa

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAGUAS

Panel X

COPLIN ENTERPRISES, INC.
Apelante
v.
PORFIRIO ADAN PUJOLS SILFA Y OTROS
Apelados
KLAN201101623
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil Núm.: E CD2008-1826 SOBRE: COBRO DE DINERO

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Carlos Cabrera y la Juez Nieves Figueroa.

Carlos Cabrera, Carmen Hilda, Jueza Ponente La Juez Nieves Figueroa no interviene.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2012.

Coplin Enterprises, Inc. (apelante, Coplin o demandante-reconvenida) presentó el 10 de noviembre de 2011 el recurso de apelación de título. Solicita la revisión de la Sentencia dictada el 3 de junio de 2011, reducida a escrito el 17 de agosto de 2011 y notificada el 8 de septiembre del mismo año. En virtud de este dictamen el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, (TPI) declaró sin lugar la demanda de cobro de dinero presentada por el apelante contra Porfirio Pujols Silfa y otros (apelados, demandados-apelados o demandados-reconvinientes). Declaró, además, sin lugar la reconvención presentada por estos últimos. En síntesis, el TPI concluyó que el demandante-apelante abandonó y no concluyó la obra a raíz de los hechos en controversia.

Evaluados los escritos en referencia al expediente de autos, por los fundamentos que habremos de exponer, se confirma el dictamen apelado.

I.

Los hechos, conforme al expediente, se describen a continuación.

El 31 de octubre de 2008 Coplin Enterprises, Inc. interpuso demanda contra la parte apelada Porfirio Adán Pujols Silfa, Nancy Novoa Paredes y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos. Alegó que contrató con éstos una obra que fue concluida y no se le pagó la totalidad del dinero acordado adeudándosele para la fecha de la presentación de la demanda $11,017.99.

Los demandados-apelados presentaron alegación responsiva el 17 de julio de 2009. Aceptaron la existencia del contrato, no obstante negaron la conclusión de la obra en su totalidad, a la vez que indicaron que el trabajo realizado había sido objeto de pago. Reconvencionaron a su vez. Al respecto, alegaron que la obra adolece de vicios de construcción que alcanzan, para la reparación, el costo de $15,000; incluyeron además la depreciación y los daños sufridos para un total de $80,000. La demandante-reconvenida contestó la reconvención el 27 de agosto de 2009. Alegó que ofreció reparar y corregir las deficiencias; que los demandados-reconvinientes no lo permitieron. Negó los vicios y defectos de construcción y el resto de las alegaciones de la reconvención.

Preparado el Informe de Conferencia por las partes, consta de la Sentencia que, estipulado el contrato, la evidencia de los pagos y las fotos, el juicio tuvo lugar para el 1ero. de junio de 2011. Por la parte demandante declaró el Sr. Andrés Coplin y la Sra. Marilyn Coplin. Por la parte demandada-apelada, la Sra. Nancy Novoa y el Sr. Porfirio Adán Pujols Silfa.

El TPI, escuchada y ponderada la prueba testifical y documental, determinó en lo pertinente:

[...]

5. La parte demandante sometió a la parte demandada el 15 de enero de 2008 una propuesta de construcción en la que incluía:

  1. ampliación de closet costo $3,800.00

  2. construcción terraza costo $9,039.95

  3. construcción piscina costo $13,500.00

  4. construcción velo costo $1,400.00

Total: $27,739.95

+ ivu: $679.63

$28,419.58

[…]

· Con relación a la piscina se hizo:

1ra etapa: se terminó y se pagó

2da etapa: se terminó y se pagó parte

3ra etapa: no se terminó

· De un total de $13,669.90 se pagó la cantidad de $10,689.00

· El muro se terminó y se pagó.

· Velo de cascada, se terminó y se adeudan $1,569.90

· Closet – se puso losas, no se le puso primer ni se estuco; no se pagó.

· Terraza:

1ra etapa: se hizo y se pagó

2da etapa: se hizo y se pagó

3ra etapa: no se hizo y no se pagó

8. En abril de 2008 el demandante abandona la obra y remite comunicación a la demandada para poder resolver la falta de pago

9. El 15 de marzo de 2008 la demandada entregó al demandante $3,000 de un balance pendiente de $10,000 para abonar a la cuenta y continuar con la obra.

10. Una vez abonado los $3,000 los demandante no regresaron a continuar con la obra.

[…]

12. Para la fecha en que la parte demandada negó la entrada al demandante ya existían vicios de construcción.

13. Una vez el demandante abandonó la construcción la demandada tomó fotos las que demuestran lo siguiente:

1 (b) piso terraza, unión vieja con nueva

1 (d-e) cables expuestos

1 (f) conexión eléctrica expuesta en junta de la terraza nueva con la residencia original

1 (g) parte de atrás de la cocina sin limpiar, sin terminar, escombros

1 (h-i) losas de la casa que no se protegieron y dañaron con la construcción

1 (j-k) agua que se filtra cuando llueve; parte de atrás de la terraza

1 (l) unión pared nueva con ventanas que no están selladas, grietas y humedad

1 (m-n) cuando llueve, entra el agua al interior de la casa

1 (ñ-o-p) escombros dejados y no recogidos

1 (q-r) coralina rota, losas rotas y sin sócalos

1 (s) parte del closet, se observa diferencia de la lechada

1 (t-u) grietas en la pared de la terraza

1 (v-w-x) grietas y área por fuera del closet

1 (y) cables en...

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