Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Mayo de 2012, número de resolución KLCE201200119
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201200119 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2012 |
SARA SALDAÑA RIVERA | | Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Crim. Núm. KAC2005-3231 Sobre: LIQUIDACIÓN DE HERENCIA |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, Juez Vizcarrondo Irizarry y la Jueza Colom García
Colom García, Jueza Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de mayo de 2012.
El expediente de marras data del 2 de mayo de 2005, cuando la Sra. Sara Saldaña Rivera, aquí peticionaria, presentó ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (T.P.I.), una demanda sobre división, adjudicación y liquidación de herencia contra la Sucesión de Victoriano Figueroa Laguna, representada por sus hijos José Figueroa Vidal y Minerva Figueroa Betancourt, causa KAC2005-3231. (Ap., págs. 1-12.)
El asunto planteado descansó en el reclamo de la señora Saldaña Rivera al legado que don Victoriano le hizo por vía de testamento abierto a la totalidad del tercio de libre disposición, incluyendo dos inmuebles, una residencia y un edificio comercial en Río Piedras. Exigió, además, la mitad de todo el capital acumulado por don Victoriano por virtud de la comunidad de bienes que formó con él tras un concubinato de 38 años. Oportunamente, la parte demandada contestó la demanda y reconvino. (Ap., págs. 17-20.)
Luego de varios trámites procesales, no necesario aquí recapitular, el 23 de diciembre de 2009 el T.P.I.
emitió sentencia mediante la cual se aprobó el informe y cuaderno particional rendidos por el Comisionado Especial y Contador Partidor nombrado por Instancia y, en su consecuencia, se desestimó la reclamación de Saldaña Rivera sobre la liquidación de la comunidad de bienes, al tiempo que se ordenó le fueran entregados los legados conforme lo dispone el testamento abierto otorgado por don Victoriano. (Ap., págs. 291-296.) Asimismo, se aprobó el Cuaderno Contentivo de las Operaciones Particionales del Caudal Relicto al óbito de don Victoriano. Se dispuso que la división de los bienes quedara en suspenso hasta que el Departamento de Hacienda presentara ante el T.P.I. la certificación negativa del pago de contribuciones sobre el caudal relicto. Finalmente, el hermano foro de Instancia:
condenó a los demandados a pagar a la demandante los honorarios reales que ésta viene obligada a pagarle a su abogada ( ), por su manifiesta temeridad...
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