Sentencia de Tribunal Apelativo de 5 de Junio de 2012, número de resolución KLCE201200683

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201200683
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2012

LEXTA20120605-002 Pueblo de PR V. Pagan Garcia

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL FAJARDO

PUEBLO DE PUERTO RICO RECURRIDO V. EMILIO PAGÁN GARCÍA PETICIONARIO KLCE201200683 CERTIORARI PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE FAJARDO CASO NUM.: NCR201101066 SOBRE: ART. 401 SC

Panel integrado por su presidente el juez Escribano Medina, la juez Ortiz Flores y la juez Birriel Cardona

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico a 5 de junio de 2012.

Comparece el peticionario, Emilio Pagán García y solicita la revocación de una resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, (Hon. María Inés Cartagena Colón J.) el 11 de abril de 2011, notificada el 17 de abril de 2012. En la misma, el Tribunal declaró No ha Lugar la Moción de Supresión de Evidencia solicitada por el peticionario.

I

Por hechos ocurridos el 24 de junio de 2011, se presentó denuncia por violación al Artículo 401 de la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico, 24 L.P.R.A. §2401, contra el peticionario Emilio Pagán García. El 8 de julio de 2011 se determinó causa probable para arresto en ausencia del imputado. Posteriormente el Tribunal determinó causa en Vista Preliminar. En virtud de ello, el Ministerio Público presentó un pliego acusatorio por infracción al Artículo 401 de la Ley de Sustancias Controladas.

El 6 de diciembre de 2011, el peticionario presentó una Moción de Supresión de Evidencia en la que solicitó que se suprima la evidencia ocupada por ser fruto de un registro irrazonable.

Alega que la evidencia en cuestión no ofrece garantías suficientes de confiabilidad, pues fue obtenida tras una intervención policiaca ilegal. Sostiene que no existían motivos fundados para concluir que se estaba cometiendo un delito. El Ministerio Público presentó réplica a la Moción el 19 de enero de 2012. Argumenta que la evidencia en controversia se incautó como resultado de un registro con orden judicial. Además, sostiene que la intervención se realizó en un vehículo abandonado sobre el cual no había expectativa de intimidad.

Así las cosas, el 19 de enero de 2012, se celebró la correspondiente Vista de Supresión de Evidencia a tenor con la Regla 234 de Procedimiento Criminal, 34 L.P.R.A. Ap. II. A dicha vista compareció el imputado, representado por abogado, el Ministerio Público y los testigos de cargo. Celebrada la vista, conforme a la evidencia presentada, el Tribunal declaró No ha Lugar la solicitud de supresión de evidencia.

En la resolución dictada, el Tribunal concluyó las siguientes determinaciones de hecho, las cuales hacemos formar parte de este escrito por no estar en controversia:

  1. Se presentó una denuncia contra el Sr. Emilio Pagán García por violación al Artículo 401 de la Ley de Sustancias Controladas.

  2. Los hechos del presente caso ocurrieron el día 24 de junio de 2011. En dicha fecha, agencias del orden público estatal y federal realizaron un operativo en el muelle de Fajardo para inspeccionar los vehículos y equipaje a bordo de las embarcaciones de carga (“ferry”) que regresaban de las islas municipios de Vieques y Culebra.

  3. Como parte del operativo, todo vehículo que desembarcaba del “ferry” tenía que ser conducido por su dueño hasta un área adyacente al muelle donde personal del “Anti-Terrorism Contraband Enforcement Team”, división del “U.S.

    Customs and Border Protection”, los inspeccionaba con un escáner especializado de rayos x.

  4. En el mismo operativo, la Policía de Puerto Rico utilizó canes entrenados en el rastreo de sustancias controladas y armas de fuego.

  5. En horas de la noche del día de los hechos, arribó al muelle de Fajardo el últimoferry proveniente de Culebra:Cayo Largo. Todos los vehículos que estaban a bordo de dicha embarcación fueron inspeccionados. Sin embargo, agentes del orden público se percataron que un camión marcaMack, color azul...

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