Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Junio de 2012, número de resolución KLAN201000413

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201000413
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución14 de Junio de 2012

LEXTA20120614-019 West Paving & Development V. Municipio de San Sebastián

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE AGUADILLA

PANEL IX

WEST PAVING & DEVELOPMENT CORP. Apelante V. MUNICIPIO DE SAN SEBASTIÁN Apelado KLAN201000413 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Sebastián Sobre: Revisión Administrativa, Cobro de Arbitrios Caso Número: A2CI2009-00524

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry

Domínguez Irizarry, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de junio de 2012.

La parte apelante, West Paving & Development, Corp. (West), comparece ante nos y solicita nuestra intervención a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Sebastián, el 19 de febrero de 2010, debidamente notificado a las partes el 23 de febrero de 2010. Mediante la aludida determinación, el foro a quo ratificó la resolución administrativa dictada por el municipio de San Sebastián y condenó a West al pago de ocho mil trescientos noventa y tres dólares con ochenta centavos ($8,393.80) por concepto de arbitrios de construcción e impuso una sanción de dieciséis mil setecientos ochenta y siete

dólares con sesenta centavos ($16,787.60), totalizando la cantidad en veinticinco mil ciento ochenta y un dólares con cuarenta centavos ($25,181.40), más intereses y costas.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, revocamos la sentencia apelada y en su lugar se dictará otra declarando sin lugar la demanda por falta de jurisdicción. 1

I

Con fecha de 23 de abril de 2008, la Corporación Para el Desarrollo Rural de Puerto Rico (CDR) sometió una misiva a West Paving & Development, Corp. (West) en la que hizo constar que le había adjudicado la Subasta Núm. 2007-67-3-289 para la construcción de un proyecto que constaba en la repavimentación de 4,963 metros de camino, 380 metros de camino y compra e instalación de un rótulo en varios barrios y sectores del municipio de San Sebastián. En la referida comunicación se expuso que el costo de la construcción del proyecto ascendía a doscientos cincuenta y seis mil ciento cincuenta y dos dólares ($256,152.00) y se le requirió a West el pago de arbitrios de construcción y patentes municipales a favor del municipio de San Sebastián. Efectuado el pago de los mismos, finalmente las partes otorgaron el contrato para la realización de las obras antes descritas.

Comenzada la construcción, surgió una enmienda al contrato para la inclusión de obras adicionales. Se incluyó la repavimentación de un camino de 982 metros a 4.5 metros de ancho y 2 pulgadas de espesor, y otro de 550 metros a 3.5 metros de ancho y 2 pulgadas de espesor en los sectores Hacienda el Jibarito y La Lechuza, también en el municipio de San Sebastián. El monto total de las nuevas obras ascendía a ochenta y tres mil novecientos treinta y ocho dólares ($83,938.00). Así las cosas, el 10 de septiembre de 2008, se le requirió a West el pago de arbitrios y patentes por la cantidad total de la enmienda.

Cabe destacar que a la luz de las disposiciones la Ordenanza Municipal Núm. 4, Serie 2007-2008 (Ordenanza Núm. 4), como regla general, toda actividad de construcción tiene una tasa contributiva de un 3.40% por concepto de arbitrios de construcción. No obstante, en aquellas circunstancias en las cuales la actividad de construcción requiera de un endoso municipal, en ausencia del mismo, la tasa contributiva será de 10%.

Además, el Art. 2.007 (g)(1) de la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, mejor conocida como la Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (Ley Núm. 81), 21 L.P.R.A. sec. 4057, establece que en ocasión de que se de inicio a una obra de construcción, previo al pago de los arbitrios, procede la imposición de una sanción administrativa equivalente al doble del importe del arbitrio impuesto.

Aun sin satisfacer el pago de arbitrios, y en ausencia de endoso municipal respecto a las nuevas obras, West dio inicio a la construcción de las mismas. Habiéndose percatado de ello, el municipio de San Sebastián le concedió a West hasta el 26 de septiembre de 2008 para presentar evidencia del pago de arbitrios de las nuevas obras. En esa misma fecha, West realizó un ofrecimiento de pago de dos mil ochocientos cincuenta y tres dólares con ochenta y nueve centavos ($2,853.89), equivalente a una tasa contributiva...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR