Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Junio de 2012, número de resolución KLRA201200351

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200351
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Junio de 2012

LEXTA20120629-143 Jiménez pagan V. Negociado de Empleo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

HECTOR L. JIMENEZ PAGAN
Recurrente
v.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO (NSE)
Recurrida
KLRA201200351
REVISION ADMINISTRATIVA procedente del Negociado de Seguridad de Empleo Caso núm. MA-0559-11 Sobre: Beneficios por Desempleo

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, el Juez Hernández Serrano, la Jueza Birriel Cardona y el Juez Rodríguez Casillas.

Hernández Serrano, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de junio de 2012.

Comparece ante nosotros por derecho propioel señor Héctor L.

Jiménez Pagán (el señor Jiménez) y nos solicita que revisemos una resolución emitida el 18 de abril de 2012 por el Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (el Secretario). Mediante dicho dictamen el Secretario desestimó el recurso de apelación presentado por éste.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, procedemos a confirmar a el Secretario.

I.

Según surge del expediente ante nuestra consideración, los hechos e incidentes esenciales y pertinentes para disponer del recurso son los siguientes.

El señor Jiménez trabajó como cocinero por espacio de dieciséis (16) años en la Panadería Nydializ, localizada en el Municipio de Dorado. El 6 de marzo de 2011, estando en horas laborables, el señor Jiménez salió del lugar de trabajo tras recibir una llamada de su hijo, quien se comunicó con éste para que le llevara pan ysalsa a su pizzería. Al regresar al trabajo la señora Nydia López (la señora López), propietaria de la panadería, le llamó la atención al señor Jiménez y le alzó la voz. Ante esta situación, éste abandonó el trabajo sin dar explicaciones.

Posteriormente, el señor Jiménez solicitó los beneficios del seguro por desempleo. El 26 de septiembre de 2011 el Negociado de Seguridad de Empleo (NSE), adscrito al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), emitió una determinación denegando los beneficios de compensación por desempleo. El NSE determinó que el señor Jiménez no era elegible para recibir los beneficios de desempleo, toda vez que renunció al empleo sin ofrecer a su patrono razón justificada, además, concluyó que no hizo esfuerzos para retener su empleo.

El 28 de septiembre de 2011, el señor Jiménez solicitó una audiencia ante un árbitro de la División de Apelaciones del NSE exponiendo que renunció al empleo por estar presionado por la señora López. Arguyó, además, que ésta le gritaba y le llamaba la atención frente a los clientes y otros empleados, así como que llevaba alrededor de tres o cuatro meses maltratándolo. El señor Jiménez y su patrona la señora López fueron citados a comparecera una vista ante el árbitro el 21 de octubre de 2011 a las 2:00 p.m.

En la fecha antes indicada se celebró la vista. Sin embargo, el señor Jiménez no compareció a la misma. Ante este hecho la árbitro Isabel Torres Lara (la árbitro) emitió una Resolución de no comparecencia en la que señaló que basándose en la revisión del expediente y de la evidencia que surgía del mismo, se confirmaba la determinación emitida el 26 de septiembre de 2011 por el NSE.

El 1 de noviembre de 2011 el señor Jiménez mediante apelación solicitó una nueva audiencia ante el Secretario. Alegó que llegó tarde a la audiencia del 21 de octubre de 2011 porque tuvo que llevar a un familiar al aeropuerto.

El 18 de abril de 2012 el Secretario emitió una determinación en la que desestimó la apelación. En su dictamen coligió que el señor Jiménez no acreditó justa causa para reabrir el...

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