Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Junio de 2012, número de resolución KLAN200901110

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200901110
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Junio de 2012

LEXTA20120629-227 Pueblo de PR V. Santana Santana

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE HUMACAO

PANEL ESPECIAL

(TA-2011-231)

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
APELADO
V
PABLO SANTANA SANTANA
APELANTE
KLAN200901110
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao SOBRE: ART. 122 C. P. Y ART. 199 C. P. (3 CS), ART. 5.04 LEY DE ARMAS (3 CS), ART. 286 C. P. CRIMINAL NÚM. HSCR200701867-1871 HSCR200701874-1875 HSCR200701283

Panel integrado por su presidenta, la Juez Carlos Cabrera, la Juez Nieves Figueroa y el Juez Hernández Sánchez.

Hernández Sánchez, Juez Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de junio de 2012.

Luego de que un tribunal de derecho encontrara al apelante Pablo Santana Santana culpable de robo agravado, agresión grave, tres infracciones a la Ley de Armas y de la utilización de un disfraz, el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao, lo sentenció a cumplir 45 años y un día en prisión.1

El señor Santana nos solicita que revoquemos el referido fallo de culpabilidad y la sentencia que se le impuso, pues considera que la prueba de cargo fue insuficiente en derecho para establecer la identidad de su persona como el autor de esos hechos delictivos. Ese es el único planteamiento de error que se le imputa al Tribunal de Primera Instancia en esta apelación.

Luego de examinar con detenimiento la transcripción de la prueba oral y los alegatos del apelante y de la Procuradora General de Puerto Rico a la luz del derecho aplicable, resolvemos confirmar la sentencia apelada.

I

Como indicamos, el asunto ante nuestra consideración se circunscribe a examinar si la identificación del apelante Pablo Santana Santana, que hicieron los dos perjudicados en este caso, fue suficiente en derecho para conectarlo con los hechos delictivos que se le imputaron y por los que resultó convicto. En vista de ello, es imprescindible que detallemos y examinemos el testimonio que los perjudicados vertieron en corte y que pesaron en el ánimo del juzgador de los hechos al emitir su fallo condenatorio.

Hace aproximadamente cinco años, el 1 de junio de 2007, don Ángel L. Cruz Hernández (don Ángel) y su compañera doña Juana de Arco Soto Malavé (doña Juana), quienes para entonces contaban con 74 y 63 años de edad, respectivamente, fueron víctimas de un robo en su residencia en el barrio Tejas del municipio de Yabucoa. Esa vivienda, al igual que una segunda localizada a unos doscientos pies de esta, estaba enclavada en una finca agrícola de 17 cuerdas, en la que don Ángel cultivaba plátanos y ñames.2

Quedó probado en el juicio que don Ángel fue atacado mientras entraba a su casa por la parte de la marquesina, y minutos después de haberle impartido las instrucciones de trabajo de ese día a uno de sus empleados, el señor Julio Santana.3 Según relató don Ángel, el ataque “repentino” provino, primero, de un individuo enmascarado que tenía consigo un “revólver color crema”.4 Luego llegaron “dos más”, que junto con el primero, lo golpearon y lograron tirarlo al piso.

Estos dos asaltantes también tenían sus rostros cubiertos.5

Don Ángel describió al primer asaltante que lo atacó como “un muchacho delgado, de cinco pies seis pulgadas”, “vestido de ropa oscura, color camuflaje, tipo militar”. A pesar de que ese asaltante estaba enmascarado, pues “tenía una capucha color negra, con unos hilos en la capucha, unos hilos colgando, negro”, don Ángel pudo observar su cabello, el cual describió como uno “bastante alto, por encima se le notaba el cabello de él”. Aunque eso fue “lo más” que, en ese momento, pudo observar, don Ángel también aseveró que reconoció la voz de esa persona y que sabía de quién se trataba:

P Aparte de verle la vestimenta qué más, si algo usted pudo ver de esta persona que de repente salió.

R Lo más que yo pude ver fue eso, o sea, que yo lo vi todo bien claro, pero qué pasa, que yo no puedo decirle a usted exactamente señalarlo a él, no lo quiero señalar, porque yo sé quién es, yo sé quién es.

P Perfecto. Vamos hasta ahí. Mire, ¿qué más usted vio del físico de esa persona, si vio algo más? Si no vio nada más pues lo dice.

[…]

R Su voz.

P Su voz.

R Yo la conozco bien

[…].6

Don Ángel sostuvo que sus gritos, por los golpes que los tres asaltantes le propinaban, alertaron a doña Juana, quien salió hacia el área de la marquesina. En ese momento, el primer asaltante agarró a doña Juana “y le metió a ella también y le partió la cabeza, y se la llevó para adentro, en la sala, y entonces los otros dos” lo arrastraron a él también a la sala de la residencia.7 Una vez allí, otro de los asaltantes agarró un rifle de “pelet” de don Ángel y le comenzó a dar con él en la cabeza y en la espalda.8 Mientras ello ocurría, don Ángel sostuvo que el primer asaltante que lo atacó, golpeaba a su esposa y la mantenía encañonada con el arma en su cien.

Mientras los asaltantes continuaban golpeando a don Ángel y a doña Juana, uno de ellos les preguntó por el dinero, la caja fuerte y las pistolas punto cuarenta y nueve milímetros de don Ángel. Luego de llevarse $2,700.00 en efectivo de la habitación de doña Juana, $1,700.00 de una gaveta de la habitación de don Ángel9, el dinero que don Ángel guardaba en la consola de su guagua y en una caja fuerte que estaba en la otra vivienda, así como las dos pistolas, el rifle de “pelet” y una de las guaguas de don Ángel, los tres asaltantes se marcharon del lugar.10

Los asaltantes amarraron las manos de don Ángel con una cinta adhesiva (“tape”) color gris. Con ella también taparon su boca. Refiriéndose a don Ángel, doña Juana señaló que “lo tenían bien amarrado”. Aunque los asaltantes pusieron a don Ángel y doña Juana bocabajo, no taparon la boca de doña Juana con “tape”, y la cinta adhesiva con la que sujetaron una de sus manos no estaba apretada. Ello, como veremos a continuación, le permitió zafarse con facilidad del “tape” luego de que los asaltantes se fueron del lugar.

Los asaltantes se marcharon en la misma guagua que utilizaron para acceder a la segunda residencia que estaba enclavada en la finca. Al salir en ella por la marquesina de la residencia, la guagua quedó atascada en un badén o declive que había en la salida de la marquesina. Don Ángel se percató de ello por el ruido o “el cantazo del chasis”

al este chocar con el badén. En ese momento, doña Juana – a quien los asaltantes dejaron sentada cerca de la ventana de la sala – se asomó con presteza por la ventana de cristal contigua a la marquesina y pudo observar con detenimiento a los tres asaltantes.

Por su relevancia a la controversia ante nuestra consideración, citamos in extenso lo que doña Juana testificó con relación a este incidente:

P Okay. ¿Cuándo ellos se montan en la guagua qué hacen ellos?

R Cuando ellos se montan en la guagua tuvieron una pequeña trifulca entre ellos por qué, porque la guagua es doble cabina y hay que cerrar la puerta del pasajero, hay que cerrar primero la puerta de atrás, y luego la del frente.

Cerraron primero la del frente y luego la de atrás. Entonces, uno de ellos le dijo, “canto de cabrón todavía no conoces las guagua”. Ahí le dieron rápido, la cerraron entonces correcta y le dieron rápido a la guagua.

P ¿De qué forma ellos se ubican en el vehículo? ¿Qué posición ellos tomaron en el vehículo? ¿Quién manejaba la guagua?

R Esa posición la veo cuando se quitaron las máscaras.

P ¿Una vez ellos se montan en la guagua qué hacen?

R Cuando ellos se montaron en la guagua que pudieron cerrar bien ellos le dieron a las millas a la guagua. Cuando le dieron bien rápido ellos cayeron en este badén que hay aquí.

P ¿Qué sucede cuando esa guagua cae en ese badén?

R La goma de atrás del pasajero cayó ahí.

P Perdóneme, quiero estar bien clara en esto. Cuando usted dice, “cayó aquí”, indica que la goma cayó en este lugar.

LCDA. PORRATA: Vuestro honor, que la testigo testifique.

HON. JUEZ: Con lugar.

P Explique bien claramente a Su señoría cuando usted dice que caen.

R La goma de atrás del lado del pasajero cayó en ese badén. No le cayó acá, porque si le cae acá la guagua se vira por completo y no pueden salir. Ahí ellos se quitaron las máscaras y yo pude identificarlos bien claramente. Porque la guagua al caerle ahí ellos la vuelven a meter dentro de la marquesina porque esa guagua no sale derecha. Al no salir derecha, ellos tienen que meterla de nuevo y entonces curvearla, esa guagua tiene que salir curveada. Entonces, al salir curveada entonces pasaron bien cerca de la marquesina. Porque esa guagua al sacarla así pasa pegadito aquí. Aún mi esposo que ya conoce el vaivén, conoce todo, aún se le ha ido ahí. La guagua tiene refuerzo y la podía sacar.

P Cuando esa guagua, usted dice, que ellos dan hacia atrás y que se quitaron las...

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