Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Julio de 2012, número de resolución KLCE201200786
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201200786 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2012 |
| | CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm.: KDI2007-1741 Sobre: DIVORCIO |
Panel integrado por su presidente, el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Ortiz Flores
En San Juan, Puerto Rico, a 31 julio de 2012.
Luego de que la señora Mónica del C. Díaz Nieves solicitara Petición de Alimentos para Hijos Menores de Edad y de que el señor René I.
González Rodríguez incoará Demanda de divorcio contra la señora Díaz Nieves, el 17 de octubre de 2007, la Examinadora emitió Informe de Pensión Alimentaria Provisional. Luego de varios trámites procesales, el 17 de marzo de 2008, el Tribunal de Primera Instancia emitió Resolución mediante la cual modificó la pensión alimentaria provisional y estableció que la pensión sería de $4,886.00 mensuales efectiva al 1 de abril de 2008.
Así las cosas, el 22 de octubre de 2008, el señor González Rodríguez regresó al Foro de Instancia mediante Moción Informando Pérdida de Empleo y Solicitud de Rebaja de Pensión Alimentaria Provisional. En consideración a dicha Moción, el 29 de septiembre de 2009, la Examinadora emitió nuevo Informe de Pensión Alimentaria, el cual fue acogido por el Tribunal de Primera Instancia mediante Sentencia de 28 de junio de 2010. Insatisfecho, el señor González Rodríguez solicitó revisión de la determinación ante este Foro Intermedio Apelativo el 28 de marzo de 2011.
Pendiente dicho recurso, el 8 de abril de 2011, el Tribunal de Primera Instancia emitió Orden, imponiendo al señor González Rodríguez el pago de cinco mil dólares ($5,000.00) por concepto de honorarios de abogado como parte de los alimentos a favor de la señora Díaz Nieves. Dispuso que éstos fueran pagaderos en el término de treinta (30) días. Sobre la deuda de pensión propiamente, señaló que sería atendida una vez se recibiera el mandato del Tribunal de Apelaciones.
Así las cosas, el 1 de diciembre de 2011, la señora Díaz Nieves presentó Moción Solicitando se Encuentre Incurso en Desacato a la Parte Demandante por Incumplimiento en el pago de Honorarios. Indicó que habían transcurrido siete (7) meses sin que el señor González Rodríguez hubiese cumplido con el pago de los honorarios de abogado impuestos. El 28 de diciembre de 2011, el señor González Rodríguez presentó Moción en...
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