Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Agosto de 2012, número de resolución KLAN201200844

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201200844
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2012

LEXTA20120808-004 Rodríguez Robles V. Correctional Health Services Corp.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL ESPECIAL

AIDA RODRÍGUEZ ROBLES Apelante v. CORRECTIONAL HEALTH SERVICES CORP., FULANO DE TAL, ABC Apelada
KLAN201200844
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Civil Núm. DAC2009-2966 Sobre: Incumplimiento de Contrato, Restitución, Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry.

Coll Martí, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de agosto de 2012.

La parte apelante, señora Aida Rodríguez Robles, comparece ante nos y solicita nuestra intervención a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 19 de abril de 2012, debidamente notificado a las partes el 25 de abril de 2012. Mediante la aludida determinación, el foro a quo denegó la solicitud de sentencia sumaria presentada por la apelante, y a su vez, dictó sentencia sumaria a favor la parte apelada.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos la sentencia apelada.

I

El 19 de octubre de 2009, la señora Aida Rodríguez Robles, instó una Demanda sobre incumplimiento de contrato y daños y perjuicios en contra de Correccional Health Services Corp.1, Fulano de Tal y Compañía ABC. Según se alegó en la reclamación, la señora Rodríguez Robles fue notificada mediante misiva fechada 13 de marzo de 2009, que había sido relevada de sus funciones como Gerente de Correccional Health Services Corp., Unidad Psicosocial del Complejo Correccional de Ponce, y reubicada en el Servicio de Admisiones como Psicóloga Clínica, como parte de una serie de hallazgos realizados durante su incumbencia, los cuales reflejaron una serie de deficiencias en la operación de su unidad. A su vez, el cambio de puesto conllevaba un ajuste salarial de cincuenta y tres mil dólares ($53,000) a cuarenta y nueve mil dólares ($49,000) anual.

La demandante arguyó que Correccional Health Services Corp. había incurrido en incumplimiento de contrato, al pasar por alto las disposiciones recogidas en su Manual de Normas Generales de Conducta de los Empleados en el Trabajo, particularmente aquellas sobre el procedimiento disciplinario. Asimismo, reclamó la restitución a su antiguo puesto, lucro cesante por la reducción de la compensación a raíz de la reubicación, una compensación por concepto de daños y perjuicio no menor de cincuenta mil dólares ($50,000) y la imposición de costas, gastos y honorarios de abogado.

Oportunamente, el 3 de mayo de 2010, la demandada presentó Contestación a Demanda y levantó como defensa afirmativa que el manual de empleados no era un contrato de empleo, más sí una guía para la imposición de medidas disciplinarias al empleado que incumpliera con sus deberes. Cónsono con ello, justificó la reubicación de la demandante como medida disciplinaria, señalando que ésta no se había desempeñado conforme las exigencias de su puesto.

Acaecidas varias incidencias procesales, el 20 de diciembre de 2011, la demandante presentó Moción de Sentencia Sumaria Parcial, en virtud de la cual solicitó al foro primario determinar que el manual de empleados era parte del contrato del empleo; que la demandada había incurrido en incumplimiento de contrato al aplicar una norma no contenida en el manual de empleados; que la reubicación del puesto constituía una acción arbitraria e irrazonable; y que la demandante habría de ser indemnizada por incumplimiento de contrato.

Así las cosas, el 13 de febrero de 2012, la demandada presentó Oposición a Solicitud de Sentencia Sumaria de la Demandante y Solicitud de Sentencia Sumaria a Favor de la Parte Demandada, fundamentada en que el manual de empleados no debía ser considerado como parte del contrato de empleo, por lo que no se había incurrido en incumplimiento de contrato. Valga puntualizar que la parte demandante no presentó oposición a la solicitud de sentencia sumaria de la demandada.

Evaluadas ambas solicitudes y los documentos anejados a las mismas, el 19 de abril de 2012, el Tribunal de Primera Instancia emitió su Sentencia. El foro sentenciador denegó la solicitud de sentencia sumaria presentada por la demandante, y a su vez concedió la solicitud de sentencia sumaria a favor de la parte demandada. Dicho foro concluyó que las acciones de Correccional Health Services Corp. para con la demandante no habían sido arbitrarias ni caprichosas, sino que respondían a un transacción lícita en el curso de los negocios, necesaria para mantener el buen funcionamiento de las operaciones de la empresa. A tenor con ello, resolvió que la demandada no había incumplido con las disposiciones de su manual de empleados, de manera que no hubo incumplimiento de contrato de su parte.

Inconforme con tal determinación, la demandante, acude ante nos y plantea lo siguiente:

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al declarar Ha Lugar a la “Moción de Sentencia Sumaria” de la parte demandada, descansando en la evidencia presentada por la parte demandada para pretender justificar la acción disciplinaria contra la demandante.

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia en el caso de autos al no reconocer que el Manual de Empleados forma parte del contrato de empleo y que por ende, las acciones de la parte demandada constituyen una violación al mismo.

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia al determinar que las acciones del patrono contra la demandante no fueron arbitrarias ni caprichosas.

Luego de examinar el expediente de autos y con la comparecencia de ambas partes, estamos en posición de disponer del presente asunto.

II

A

La moción de sentencia sumaria es un valioso mecanismo procesal para descongestionar los calendarios judiciales. Padín...

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