Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Agosto de 2012, número de resolución KLAN201200794

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201200794
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución17 de Agosto de 2012

LEXTA20120817-002 Rivera Bonilla V. ELA de PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN, AIBONITO Y HUMACAO

JOSUÉ RIVERA BONILLA, POR SÍ Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESIÓN DE ROLANDO RIVERA NIEVES Demandantes-Apelados Vs. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; SECRETARIO DE JUSTICIA; POLICÍA DE PUERTO RICO; DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Demandados-Apelantes KLAN201200794 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Caso Núm.: DAC10-1268 (504) Sobre: Impugnación de Confiscación

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y la Juez Gómez Córdova

García García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de agosto de 2012.

Comparece ante nos el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (en adelante el ELA o el apelante) y mediante recurso de apelación nos solicita que revoquemos la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (en adelante el TPI), el 6 de marzo de 2012, notificada el 9 de marzo de 2012. Mediante esta Sentencia, se declaró ha lugar la Demanda de confiscación presentada por la parte apelada y se ordenó la entrega del vehículo confiscado o, en la alternativa, $40,000.00 más intereses legales.

Transcurrido el término reglamentario sin la comparecencia de la parte apelada y amparados en el derecho aplicable, procedemos a resolver.

I

Luego de no encontrarse causa para acusar contra el señorRivera Bonilla, a raíz de la ocupación de una excavadora marca “John Deere” el 6 de mayo de 2009 por alegado uso ilegal, el 7 de mayo de 2010 este presentó Demanda de Impugnación de Confiscación contra el ELA. El 16 de julio de 2010 el ELA solicitó la desestimación de la demanda, alegando que el demandante carecía de legitimación activa, toda vez que el vehículo ocupado pertenecía a Casco Sales y no a este. Oportunamente, los apelados se opusieron a dicha solicitud de desestimación y alegaron que el vehículo había sido cedido al señor Rivera Bonilla por su difunto padre mediante contrato de arrendamiento y que este había continuado realizando pagos hasta abril 2009 cuando Casco Sales se negó a continuar recibiendo los mismos.

Evaluados los argumentos de las partes, el TPI dictó Sentencia el 23 de agosto de 2010, en la cual declaró ha lugar la Moción de Desestimación presentada por el ELA y desestimó la causa de acción de los demandantes. Inconforme con dicha...

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