Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Agosto de 2012, número de resolución KLRA201200623

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200623
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución20 de Agosto de 2012

LEXTA20120820-016 Diaz Irizarry V. Adm de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

MIGUEL A. DIAZ IRIZARRY Recurrente v. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurridos
KLRA201200623
Revisión Administrativa procedente de la Administración de Corrección CDB-168-12

Panel integrado por su presidente el Juez Ramírez Nazario, y los Jueces Piñero González y Rodríguez Casillas

Ramírez Nazario, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de agosto de 2012.

Comparece por derecho propio, el señor Miguel Díaz Irizarry (señor Díaz) para solicitar la revocación de la Resolución emitida y notificada el 21 de junio de 2012 por la Administración de Corrección. (AC). Mediante la referida Resolución, la AC confirmó la Respuesta que emitió la División de Remedios Administrativos a la solicitud del señor Díaz.

Considerado el recurso presentado, así como los documentos que lo acompañan a la luz del derecho aplicable, resolvemos confirmar la Resolución recurrida.

I.

El 10 de abril de 2012 el señor Díaz presentó una solicitud de remedio administrativo ante el Programa de Remedios Administrativos de la AC. Indicó que hace más de un año que solicitó que se le volviera a permitir visitar a su hijo, quien se encuentra recluido en la Institución Ponce 500, sin que se le haya brindado una respuesta. Asimismo, sostuvo que tampoco se ha atendido su petición de dispensa para salir de la institución mediante pases de 24 horas o para participar en actividades, como obras de teatro, de las cuales ya formaba parte anteriormente. El señor Díaz atribuye tales dilaciones a la pobre comunicación que alega mantiene con la trabajadora social que tiene asignada.

El 16 de mayo de 2012 el Programa de Remedios Administrativos emitió su Respuesta. Expuso lo siguiente:

En respuesta a su solicitud, la Sra. Delgado, supervisora de sociales responde:

Informo que el 14 de diciembre de 2011 la Sra. Estien, sociopenal, escribió a Programa comunidad San Juan para cambio de vivienda y se evalúe nuevamente. Al presente no se ha recibido contestación sobre el referido. Se está llamando semanalmente al Programa para investigar pase inicial.

El 30 de marzo de 2012 se realizó comunicación sobre la visita a su hijo, esto se encuentra en el proceso de que el Superintendente de Ponce 500 apruebe el mismo.

Sobre la dispensa, el 4 de octubre de 2011 se le solicitó la misma y la respuesta fue no autorizada por la región el 13 de octubre de 2011. Al presente su caso está al día.

En desacuerdo, el 20 de junio de 2012 el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR