Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Agosto de 2012, número de resolución KLCE201201169

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201201169
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Agosto de 2012

LEXTA20120824-027 Nuñez Merced V. ELA de PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

LUIS O. NÚÑEZ MERCED Y OTROS
Recurridos
V
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Y OTROS
Peticionarios
KLCE201201169
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS Caso Núm. K DP2008-0705

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres.

Hernández Sánchez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a_24_ de agosto de 2012.

Comparece el Municipio de San Juan (Municipio) mediante recurso de certiorari y moción en auxilio de jurisdicción y nos solicita que dejemos sin efecto la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), que denegó la solicitud de sentencia sumaria presentada por el Municipio. Aduce que incidió el TPI al no indicar en la resolución mediante la cual denegó la solicitud de sentencia sumaria cuales hechos no están en controversia. La moción en auxilio de jurisdicción nos solicita que emitamos una orden de paralización de los procedimientos ante el TPI, lo cual conllevaría la cancelación de la vista del juicio en su fondo, que está pautada para el 28 y 29 de agosto de 2012. Examinado el expediente del caso a la luz de las normas jurídicas pertinentes, denegamos la expedición de auto de certiorari y la solicitud de orden de paralización de los procedimientos ante el TPI. Devolvemos el caso al TPI para que se continúen los procedimientos en forma acorde con lo aquí dispuesto.

El 20 de mayo de 2008 los señores Luis Nuñez Merced y José Nuñez Rodríguez, y la Sra. Mary Merced Ríos presentaron una demanda sobre daños y perjuicios contra el Municipio, el E.L.A., la Puerto Rico Telephone Company (PRTC), Admiral Insurance Company y otros. La parte demandante alega, en esencia, que los daños se refieren a un accidente entre una motora y un vehículo el cual se debió a una excavación en la Carr. 842, del Barrio Caimito. La PRTC presentó demanda contra terceros para traer al pleito a Telephone Technology Systems (TTS), subcontratista de PRTC.

La Conferencia con Antelación al Juicio se celebró el 25 de mayo de 2012. Durante la misma el representante legal de la PRTC solicitó que se reabriera el descubrimiento de prueba para el solo propósito de tomarle una deposición al perito de reconstrucción de accidentes de la parte demandante, Ing. Carlos Ramírez. El TPI aprobó lo solicitado por la PRTC y se señalaron las fechas 11 de junio de 2012 y 9 de julio de 2012 para la deposición del...

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