Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Agosto de 2012, número de resolución KLCE201200532
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201200532 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 29 de Agosto de 2012 |
RELIABLE FINANCIAL SERVICES, PRAICO Demandantes-Recurridos Vs. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA; SUPERINTENDENTE DE LA POLICÍA DE PUERTO RICO Demandados-Peticionarios | KLCE201200532 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Caso Núm.: DAC11-0305 (503) Sobre: Impugnación de Confiscación |
Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y la Juez Gómez Córdova
García García, Juez Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2012.
El peticionario, Estado Libre Asociado de Puerto (en adelante el ELA o el peticionario), recurre de una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. Mediante dicho dictamen, el foro primario declaró no ha lugar la Moción de Desestimación presentada por el peticionario y declaró nulos e inconstitucionales los Artículos15 y 16 de la Ley de Confiscaciones de 2011, aduciendo que su aplicación retroactiva vulnera los derechos constitucionales de Reliable Financial Services y PRAICO (en adelante los recurridos), por lo que ambas poseían legitimación activa para instar la presente impugnación de confiscación. Seguido, el peticionario presentó Moción enSolicitud de Reconsideración, la cual se denegó en el foro
recurrido. Evaluados los planteamientos de las partes, procedemos a denegar el auto solicitado.
El 19 de diciembre de 2010, la Policía de Puerto Rico confiscó un vehículo Suzuki SX4, a nombre del Sr. Félix Ramos Figueroa. A raíz de dicha confiscación, los recurridos presentaron una demanda de impugnación de confiscación contra el ELA, el Secretario del Departamento de Justicia y el Superintendente de la Policía de Puerto Rico. En la misma señalaron que el vehículo confiscado pertenecía al señor Ramos Figueroa, quien tiene un contrato de venta condicional con Reliable, por lo que dicha institución tiene un gravamen a su favor inscrito en el Registro de Vehículos del Departamento de Transportación y Obras Públicas (en adelante Registro de Vehículos). Por otro lado, PRAICO señaló que tiene interés en el pleito, debido a que expidió una póliza de seguros, para cubrir el interés de Reliable, en casos de confiscaciones.
Alegaron, también, que la confiscación era...
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