Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2012, número de resolución KLCE201201012
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201201012 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Agosto de 2012 |
| | CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia de San Juan Civil NÚM: K CD2010-2843 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA |
Panel integrado por su presidente el Juez González Vargas, la Jueza Carlos Cabrera y la Jueza Medina Monteserín.
Medina Monteserín, Jueza Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2012.
Comparece Scotiabank de Puerto Rico mediante recurso de ceratiorari presentado el 20 de julio de 2012. Solicita el peticionario que revoquemos la Orden dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, el 21 de junio de 2012, notificada al día siguiente 22 de junio. Mediante la referida Orden el foro de instancia determinó que la Secretaría del tribunal había notificado correctamente la sentencia dictada en el caso, por lo que no procedía expedir una nueva notificación de la misma, o enmendar la ya emitida.1
Inconforme con lo resuelto, Scotiabank de Puerto Rico presentó el recurso ante nuestra consideración señalando que el foro de instancia erró:
al negarse a expedir un nuevo aviso de notificación de sentencia por edicto (formulario OAT 686) revisado en agosto de 2010) para que se pudiera corregir el error en la notificación de la Sentencia y dar fiel cumplimiento a la Regla 65.3 (c) de las de Procedimiento Civil.
Requerimos del Tribunal de Primera Instancia elevar ante nuestra consideración los autos originales, para un mayor entendimiento de la controversia. Examinado el recurso y los autos del Caso Civil K CD2010-2843, procedemos a resolver.
El 23 de agosto de 2010 Scotiabank de Puerto Rico (Scotiabank) presentó ante el Tribunal de Primera Instancia una demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria contra la señora Jessica Irizarry Alicea. El 24 de septiembre de 2010 Scotiabank acreditó al foro de instancia, mediante declaración jurada, que no había podido localizar a la parte demandada para emplazarla personalmente. Por ello, solicitó que el tribunal autorizara la expedición de un emplazamiento por edicto. El 1ero de octubre de 2010, el foro primario emitió Orden autorizando el emplazamiento a la parte demandada mediante la publicación de edictos.
La Secretaría del Tribunal de Primera Instancia expidió el emplazamiento por edictos el 6 de octubre de 2010. El mismo fue diligenciado mediante la publicación de los correspondientes edictos. Así lo certificó el 22 de diciembre de 2010 la Directora de Anuncios Clasificados del periódico El Vocero de Puerto Rico.
La parte demandada no compareció por lo que a solicitud de la parte demandante, acreditando mediante documentos fehacientes tanto el emplazamiento como la deuda reclamada, el tribunal anotó la rebeldía a la demandada y dictó
Sentencia en su contra el 6 de octubre de 2011.
El 11 de octubre, la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia expidió la correspondiente notificación de Sentencia por edicto en el formulario O.A.T.
686 (revisado en agosto de 2011). El documento lee:
Notificación de Sentencia por Edicto
A: Jessica Irizarry Alicea
El...
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