Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Septiembre de 2012, número de resolución KLCE20120139

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE20120139
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2012

LEXTA20120911-005 Pueblo de PR V. Rodríguez García

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL X

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Peticionario v. MIGUEL A. RODRÍGUEZ GARCÍA PABLO RODRÍGUEZ COLÓN Recurridos
KLCE20120139
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil Núm: EVI2011G0020 al 0036 ELA2011G0333 AL 0344 Sobre: INFR. ART.106 C.P., OTROS

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Carlos Cabrera y la Juez Nieves Figueroa.

Nieves Figueroa, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 11 de septiembre de 2012.

Comparece ante nosotros el Pueblo de Puerto Rico (en adelante “parte peticionaria”) mediante recurso de certiorari presentado el 3 de febrero de 2012. Nos solicita la revocación de la Resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas (en adelante “TPI”), el 19 de enero de 2012, notificada y archivada en autos el 20 de enero de 2012. Por medio de dicho dictamen, el TPI desestimó los cargos criminales que pesaban contra Miguel A. Rodríguez García y Pablo Rodríguez Colón (en adelante “recurridos”) al amparo de la Regla 64(p) de Procedimiento Criminal y devolvió el caso a la etapa de vista preliminar, tras considerar que el Ministerio Público no descubrió alegada prueba exculpatoria.

Examinados los escritos presentados por ambas partes, así como el derecho aplicable, se deniega la expedición del recurso de certiorari.

I.

El 23 de mayo de 2011 el Estado presentó denuncias contra los recurridos por hechos ocurridos el 10 de enero de 2010. A éstos se les imputó que, en concierto y común acuerdo, cometieron los delitos de asesinato en primer grado contra Jessica González Rodríguez; tentativas de asesinato contra Elvin León Rodríguez, Yaneris González Márquez y la menor Alanis Machado González; e infracciones a la Ley de Armas, en diversos cargos.1 Tras varios incidentes procesales, el TPI determinó causa probable para acusar en todos lo cargos imputados.

El 21 de junio de 2011, previo a la celebración de la vista preliminar, la representación legal del recurrido Rodríguez García presentó una Moción en Solicitud de Orden al Ministerio Público en torno a Evidencia Exculpatoria que Obre en su Sumario.2 En dicha moción, solicitó “cualquier prueba exculpatoria [en poder del Estado] incluyendo el convenio de inmunidad del testigo León Rodríguez así como cualquier declaración previa realizada por éste durante la etapa investigativa del caso en que no relacionó, vinculó o involucró al Sr. Rodríguez García con los lamentables hechos del presente caso”. El 30 de junio de 2011 el Ministerio Público presentó su contestación a la referida moción y se limitó a expresar que “[e]n cuanto a la petición de la Defensa en este caso, el Ministerio Público no tendría oposición en entregar el mismo.3

El 5 de julio de 2011 la representación legal del recurrido Rodríguez García presentó una Moción Suplementaria en Solicitud de Orden al Ministerio Público en torno a Evidencia Exculpatoria en su Sumario.4 En esta ocasión, aunque ya le había sido entregada copia del convenio de inmunidad suscrito por el testigo Elvin León Rodríguez, solicitó al TPI que ordenara al Ministerio Público a entregar cualquier declaración previa realizada por el referido testigo con inmunidad durante la etapa investigativa del caso en que no se relacionó, vinculó o involucró al recurrido Rodríguez García. El recurrido alega que fue entonces que la parte peticionaria le entregó copia de las notas de una entrevista realizada dos días después de los hechos del caso por la Agente Rosa I. Gómez Collazo, funcionaria del orden público a cargo de la investigación del caso, al testigo con inmunidad Elvin León Rodríguez. Además, arguye que su contenido en nada relacionó, involucró o conectó al recurrido con los hechos alegados y que posteriormente resultó ser contradictoria a su versión testifical en la vista preliminar.

El 22 de julio de 2011 comenzó la celebración de la vista preliminar y la parte peticionaria sentó a declarar a Elvin León Rodríguez. La representación legal del recurrido Rodríguez García advierte que aunque del testimonio de León Rodríguez se desprende que éste estuvo acompañado por el señor Frank Soto Rivera antes y durante los hechos del caso de autos, éste último no figuró como testigo en las denuncias ni en las acusaciones, ya sea en calidad de perjudicado, víctima o querellante por las heridas de bala que sufrió como resultado de los hechos en cuestión.

Por otro lado, se admitió en evidencia, por estipulación entre las partes, la siguiente documentación: (i) informe de arresto del testigo principal de cargo, Elvin León Rodríguez; (ii) carta de cooperación suscrita por Elvin León Rodríguez en la Fiscalía de Caguas el 21 de mayo de 2010; (iii) Convenio de Inmunidad suscrito por Elvin León Rodríguez el 20 de julio de 2010; (iv) las denuncias del caso por las que Elvin León Rodríguez recibió inmunidad (los perjudicados eran la señora Zuleyka Rivera, esposa del recurrido Rodríguez García, y el propio recurrido Rodríguez García por hechos ocurridos el 18 de marzo de 2010); y (v) las notas de la Agente Gómez Collazo sobre la entrevista realizada a Elvin León Rodríguez el 12 de enero de 2010.5

El 22 de agosto de 2011 continuó la celebración de la vista preliminar con los testimonios de la señora Yaneris González Márquez, testigo de hechos, y de la perito en balística del Instituto de Ciencias Forenses, la señora Rhina Tejeda Checo. Escuchada y analizada la prueba desfilada ante sí, el TPI determinó causa probable para acusar en todos los delitos.

El 19 de septiembre de 2011 el recurrido Rodríguez García presentó Moción en Solicitud de Descubrimiento de Prueba al Amparo de la Regla 95 de las de Procedimiento Criminal y el Debido Proceso de Ley6 y aviso de coartada.7

Específicamente, solicitó copia de las notas tomadas por la Agente Gómez Collazo como parte de su investigación del caso, así como toda evidencia exculpatoria en poder del Estado, entre otras. El 29 de septiembre de 2011 la parte peticionaria contestó dicho requerimiento.8 Indicó que copia de las notas de la Agente Gómez Collazo estaban disponibles y, por otro lado, que no existía prueba exculpatoria.

Posteriormente, el 13 de octubre de 2011, día señalado para la vista de status, la representación legal del recurrido Rodríguez García presentó Moción Informativa sobre el Estado de los Procedimientos en torno al Descubrimiento de Prueba.9 Indicó que las partes se habían reunido el 30 de septiembre de 2011 y el 7 de octubre de 2011 para completar el proceso de descubrimiento de prueba. Además, particularizó su solicitud de entrega de documentos en poder del Estado para incluir copia de las notas de las entrevistas realizadas por cualquier agente del orden público a las personas que, según Elvin León Rodríguez y Jessica González Márquez, estuvieron presentes al momento de ocurrir los hechos imputados, incluyendo las del señor Frank Soto Rivera.

El 25 de octubre de 2011 se celebró la vista de conferencia con...

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