Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Septiembre de 2012, número de resolución KLCE201201183

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201201183
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2012

LEXTA20120918-010 Santiago Concepción V. Morales Distributors

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ – AGUADILLA - FAJARDO

PANEL IX

Rodney Santiago Concepción
Recurrido
v
Morales Distributors, Inc.; Sr. Luis Morales en su rol personal de Supervisor Inmediato del Querellante
Peticionarios
KLCE201201183
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Mayagüez (207) Caso Núm.: ISCI201200436 Sobre: Despido Injustificado, Represalias, Salarios Horas Extras, Daños y Perjuicios; Proceso Sumario (Ley Núm. 2)

Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, la Jueza Surén Fuentes y la Jueza Soroeta Kodesh.

Cortés Trigo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de septiembre de 2012.

Se recurre de la orden emitida el 20 de julio de 2012 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez (TPI), la cual fue notificada el siguiente día 23. Mediante la misma se ordenó a los peticionarios, Morales Distributors, Inc. y Luis Morales Caro, consignar una fianza por las sumas reclamadas por el recurrido, Rodney Santiago Concepción. Denegamos.

I.

Según surge del expediente, el 20 de marzo de 2012, el recurrido presentó una querella contra los peticionarios, bajo el procedimiento sumario establecido en la Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961, según enmendada (Ley 2), 32 L.P.R.A. secs.

3118 y ss. Incluyó reclamaciones por despido injustificado, represalias, salarios, horas extras y daños y perjuicios. Solicitó el pago de: $5,907.00 por la mesada; $4,814.29 de salarios no pagados como empleado exento (más una suma igual por penalidad); $4,400.00 de horas extras (más una suma igual por penalidad); $100,000.00 de daños y angustias mentales por las represalias; y no menos de un 25% de honorarios de abogado. El 18 de mayo de 2012, los peticionarios presentaron su contestación a la querella en la que negaron las alegaciones en su contra y levantaron varias defensas afirmativas.

El TPI señaló la conferencia con antelación a juicio para el 20 de julio de 2012. En esa vista, el TPI determinó que los peticionarios debían prestar una fianza por las sumas reclamadas de salarios ($4,814.29) y mesada ($5,907.00), más el 15%

de estas sumas para asegurar los honorarios de abogado. Los peticionarios solicitaron reconsideración en corte abierta, la cual fue denegada. Además, se señaló una continuación de conferencia con antelación al juicio para el 31 de...

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