Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Septiembre de 2012, número de resolución KLCE201201301
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201201301 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 19 de Septiembre de 2012 |
MORALES ROMÁN, DAMARIS Recurrida v. AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE PUERTO RICO Peticionaria | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm.: K PE2012-2093 (503) Sobre: Despido injustificado |
Panel especial integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Vizcarrondo Irizarry.
Morales Rodríguez, Juez Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 19 de septiembre de 2012.
Surge de los autos elevados por la peticionaria Autoridad de Energía Eléctrica que el 5 de abril de 2011, la recurrida Damaris Morales Román se querelló ante el Director Ejecutivo de la Autoridad, Otoniel Cruz Carrillo por actuaciones específicas de este, allí descritas en detalle, que ella alega fueran hostiles y discriminatorias. El Director le contestó mediante carta de 7 de junio de 2011 que las actuaciones alegadas constituyen actuaciones de índole administrativo que forman parte de nuestra discreción. Negó que tuviera intenciones discriminatorias y de acoso.
El 13 de junio de 2012 Morales Román presentó querella al amparo del proceso sumario de la Ley Núm.
2 de 17 de octubre de 1961, 32 L.P.R.A., sec. 3118, et seq. Alegó:
La salud emocional de la querellante comenzó a deteriorarse y con frecuencia cuando llegaba a la oficina se ponía muy nerviosa y comenzaba a llorar. En muchas ocasiones el personal a su cargo tuvieron que consolarla y animarla a continuar su labor y desempeño, a pesar de que era evidente la marginación y humillación por parte de los querellados en su contra.
El 6 de septiembre de 2011, la querellante se vio forzada a entregar su carta de renuncia anunciando que se acogería a la jubilación. En dicha carta, la querellante expresa que durante los últimos años se había enfrentado a situaciones lamentables en el área de trabajo, que consideraba que habían sido una falta de respeto hacia su persona.
Además, afirma que tales situaciones las había denunciado a los oficiales correspondientes y aun así, no surgieron cambios favorables, por lo que permeando un ambiente laboral hostil, se vio imposibilitada de realizar sus funciones.
Las actuaciones de los querellados y el patrón de discrimen que sufrió la querellante fue tal que la querellante tuvo que ser hospitalizada y a esta fecha todavía continúa bajo tratamiento psiquiátrico y psicolígico.
Como consecuencia del...
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