Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Septiembre de 2012, número de resolución KLCE201201296

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201201296
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2012

LEXTA20120924-021 Ortiz Rivera V. Hospital Hermanos Melendez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

ANA LYDIA ORTIZ RIVERA ET AL.
Recurridos
v.
HOSPITAL HERMANOS MELÉNDEZ ET AL.
Recurridos
v.
DR. FERNANDO RIVERA CRUZ ET AL.
Peticionario
KLCE201201296
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Caso Núm.: D DP2007-0808 Sobre: Daños y perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Jueza Varona Méndez y la Juez Gómez Córdova.

Gómez Córdova, Juez Ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de septiembre de 2012.

I.

En el presente caso recurrió ante nosotros el Dr. Fernando Rivera Cruz (peticionario) en solicitud de revisión de una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (Instancia), la cual determinó el aspecto de negligencia en una acción de impericia médica. En la resolución impugnada, se le imputó al referido galeno una responsabilidad de cuarenta por ciento (40%) por los daños alegados en la demanda. Quedó pendiente el aspecto de daños para ser dilucidados en otra fecha. Con su recurso el peticionario presentó una moción en auxilio de jurisdicción solicitando la paralización de los procedimientos ante Instancia “por motivos de economía procesal”.

Luego de revisar el recurso a la luz del derecho vigente, denegamos la expedición del auto solicitado. Veamos.

II.

Surge del expediente que el 16 de septiembre de 2008 se presentó una Demanda Enmendada en el caso del epígrafe contra el Hospital Hermanos Meléndez (HHM) y el Dr. Jesús Amparo Flores. Tras dos años de haberse presentado la referida Demanda Enmendada, y habiendo aceptado el HHM su negligencia, el HHM presentó una Demanda Contra Tercero contra el aquí peticionario. Luego de presentarse la contestación a la Demanda Contra Tercero y de varios trámites procesales, la parte demandante y los co-demandados, HHM y el doctor Amparo Flores llegaron a un acuerdo transaccional mediante el cual se dispuso de las reclamaciones contra estos co-demandados, y en virtud de una moción conjunta de desistimiento voluntario presentada por la parte demandante y los co-querellados, HHM y el doctor Amparo Flores, Instancia dictó una sentencia parcial desestimando con perjuicio la reclamación contra estos co-querellados1. Así, quedó pendiente únicamente la Demanda contra Tercero instada por el HHM contra el peticionario. Tras varios trámites procesales, Instancia celebró una vista evidenciaria los días 12 y 13 de junio de 2012 para determinar el elemento de negligencia médica del peticionario. Presentada la prueba, que se circunscribió a recibir los testimonios del perito del HHM y del doctor Rivera Cruz, el foro recurrido notificó el 17 de agosto de 2012 una resolución mediante la cual le asignó el cuarenta por ciento (40%) de responsabilidad al peticionario por la muerte del Sr. Danilo Jiménez Madrigales. El por ciento restante (60%) fue adjudicado al HHM y al doctor...

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