Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Septiembre de 2012, número de resolución KLCE201200936

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201200936
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2012

LEXTA20120925-022 Rodríguez Velez V. Kats Development Corp.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL VI

ISABEL RODRÍGUEZ VÉLEZ
Peticionaria
v.
KATZ DEVELOPMENT CORPORATION
Recurrida
KLCE201200936
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Caso Núm.: FPE2009-1382 Sobre: DESPIDO INJUSTIFICADO

Panel integrado por su presidente, el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Ortiz Flores

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de septiembre de 2012.

I.

El 3 de diciembre de 2009 la Sra. Isabel Rodríguez Vélez presentó Querella contra Katz Development Corporation por Despido Injustificado al amparo del procedimiento especial de carácter sumario establecido en la Ley Núm. 2 del 17 de octubre de 1971. 32 L.P.R.A.

§3118, et seq. (Ley Núm. 2). El 17 de diciembre de 2009, Katz Development, sin someterse a la jurisdicción, presentó Contestación a la Querella y Moción Solicitando Desestimación. Se fundó en que la reclamación no justificaba la concesión de un remedio. Señaló en específico, que Rodríguez Vélez no era ni nunca fue su empleada. El 26 de marzo de 2010, Rodríguez Vélez presentó

Oposición a

Moción de Desestimación.

Planteó que la desestimación era improcedente ya que según el estándar de aplicación de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V R. 10.2, --bajo el cual se solicitó la desestimación--, debían tomarse como ciertos los hechos bien alegados en la querella, entre ellos que Katz Development era su patrono. Argumentó además que no procedía desestimar la querella toda vez que había presentado alegaciones y aducido hechos que justificaban la concesión del remedio solicitado.

El 20 de abril de 2010, Katz Development presentó Réplica a Oposición a Moción de Desestimación. Reiteró que el patrono de Rodríguez Vélez era Jalexis, Inc., y no él. El 29 de abril de 2010, notificada el 7 de mayo de 2010, el Tribunal emitió Orden declarando con lugar la solicitud de desestimación. Ordenó, además, enmendar la Demanda para incluir a la parte pertinente. Sobre dicho dictamen, el 13 de mayo Rodríguez Vélez solicitó Reconsideración. El 26 de mayo de 2010, Rodríguez Vélez presentó

Moción Suplementaria. El 1 de septiembre de 2010, Katz Development presentó

Moción en Oposición a Moción de Reconsideración y a Moción Suplementaria.

El 6 de octubre de 2010, notificada el 8, el Tribunal de Primera Instancia mantuvo en vigor...

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