Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Septiembre de 2012, número de resolución KLAN201201204
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201201204 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2012 |
MANTIC CORPORATION | | Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo Caso Núm.: N3CI200700999 (702) Sobre: Cobro de Dinero, Incumplimiento de Contrato, Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, la Jueza Surén Fuentes, y la Jueza Soroeta Kodesh
Soroeta Kodesh, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de septiembre de 2012.
Examinada la Moción Solicitando Paralización de Procedimientos presentada por el apelado, Sr. Juan Carlos Montaño Luna, en la cual informa que se ha acogido a la protección del Capítulo 13 de la Ley de Quiebras bajo la jurisdicción del Tribunal Federal de Quiebras, se ordena la paralización de los procedimientos.1
La Secretaria de este Tribunal procederá a archivar y dar de baja este recurso para fines estadísticos, hasta tanto se solicite la reanudación de los procedimientos.
Notifíquese.
Así lo acordó y ordena el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal de Apelaciones.
[1] En lo relacionado a esta protección del deudor bajo el procedimiento de Quiebra, la sección 362(a)(1) del Código de Quiebra Federal, 11 U.S.C. §362(a)(1), dispone: § 362. Automatic Stay (a) Except as provided in subsection (b) of this section, a petition filed under section 301, 302, or 303 of this title, or an application filed under section 5(a)(3) of the Securities Investor Protection Act of 1970...
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