Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2012, número de resolución KLCE201200369

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201200369
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2012

LEXTA20120928-103 Pueblo de PR V. Acosta Toro

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGUEZ

PANEL IX

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Peticionario
v.
GILBERTO ACOSTA TORO, ISRAEL ORTIZ IBARRONDO Y KEVIN A. RODRÍGUEZ
Recurridos
KLCE201200369
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez Criminal Núm.: ISCR201101451-1454 ISCR201101457-1460 ISCR201101457-1464 Sobre: Arts. 5.04, 5.10 y 6.01 L.A. y Art. 404 S.C.

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí, la Juez Jiménez Velázquez y la Juez Domínguez Irizarry.

Coll Martí, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2012.

Comparece ante nos la Oficina del Procurador General en representación del Ministerio Público, peticionario, y nos solicita que revoquemos una determinación del foro primario de suprimir cierta evidencia en relación a los coacusados Gilbert Acosta Toro, Israel Ortiz Ibarrondo y Kevin A. Rodríguez Rivera, recurridos. Por los fundamentos que expondremos a continuación, EXPEDIMOS y CONFIRMAMOS.

I

El 3 de marzo de 2011 el Estado presentó varias denuncias por violación a los artículos 5.04, 5.10 y 6.01 de la Ley de Armas y 401 y 412 de la Ley de Sustancias Controladas en contra de los señores Gilberto Acosta Toro, Israel Ortiz Ibarrondo y Kevin A. Rodríguez Rivera por hechos acontecidos el 2 de marzo de 2011. Se desprende de las denuncias que se les imputó transportar, sin licencia para ello, un revolver cargado y con número de serie mutilado. Además se les acusó de poseer marihuana con intención de distribuirla, tener parafernalia para el uso de sustancias controladas y poseer municiones para el revolver sin estar autorizados para ello.

Un magistrado determinó que había causa para arresto por todos los delitos excepto la infracción al artículo 412 de la Ley de Sustancias Controladas. Posteriormente, en la vista preliminar, que se celebró el 1 de septiembre de 2011, el tribunal determinó que existía causa probable en relación a todos los delitos imputados. El 9 de septiembre de 2011 se presentó la acusación en contra de los tres recurridos.

El 11 de octubre de 2011 la defensa de uno de los recurridos solicitó que se suprimiera la evidencia y arguyó que el arresto había sido irrazonable e ilegal por carecer los agentes de motivos fundados para intervenir con los señores Acosta Toro, Ortiz Ibarrondo y Rodríguez Rivera.

El 21 de febrero de 2012 se celebró una vista de supresión de evidencia la cual continuó el 27 de febrero de 2012.

Durante esta testificaron los dos agentes que pusieron a los recurridos bajo arresto el día de los hechos y presentaron la denuncia en su contra.

Se desprende de la transcripción de la vista que el Agente Juan Berrocales Ortiz testificó que el 2 de marzo de 2011 a las 9:30pm mientras iba patrullando por la carretera #2 en dirección de San Germán a Mayagüez, por el área de Hormigueros, vio un vehículo Nissan Sentra color vino que se cambió de carril de manera abrupta y sin utilizar las señales direccionales.

El automóvil se cruzó al frente de un vehículo Nissan Pathfinder que, a su vez, iba al frente de la patrulla de agentes adscritos a la Patrulla de Carreteras, Estación de Sabana Grande. Observó como la Nissan Pathfinder tuvo que frenar como resultado de la forma en que el vehículo Nissan Sentra realizó el cambio de carril. El agente encendió el biombo de su patrulla y detuvo al Nissan color vino. Al así hacerlo, notó que el carro no tenía luz de freno y sus tres tripulantes no llevaban puestos los cinturones de seguridad.

El agente Berrocales testificó, además, que él y el agente Axel Ortiz se bajaron de la patrulla y caminaron hacia el automóvil detenido; Berrocales se dirigió hacia el conductor que era el señor Kevin Rodríguez, mientras que el agente Ortiz se dirigió al pasajero delantero que era Israel Ortiz Ibarrondo. Le solicitó al señor Kevin Rodríguez que le mostrara su licencia y registro del carro, mientras éste se mostraba muy nervioso.

Escuchó que el agente Axel Ortiz le hizo una pregunta a Israel Ortiz Ibarrondo sobre una pastilla que el primero tenía en su mano y declaró que, mientras tanto, él pudo percibir un fuerte olor a marihuana que expelía el interior del automóvil. En ese momento, el señor Kevin Rodríguez le dijooficial, le voy a hablar claro, nosotros fumamos marihuana. El agente Berrocales entonces le solicitó que se bajara del vehículo y mientras el señor Rodríguez hacia lo propio, el agente Axel Ortiz le dijomira lo que tiene este y colocó un revólver aniquelado con cachas negras sobre la capota del vehículo. El revolver tenía el número de serie mutilado. El agente Berrocales entonces le realizó un chequeo superficial al señor Rodríguez para verificar que no estuviera armado y procedió a leerle las advertencias de Miranda y ponerlo bajo arresto. En ese momento observó que el agente Ortiz también puso bajo arresto al señor Israel Ortiz Ibarrondo. Mientras tanto, en la parte trasera del vehículo permanecía una tercera persona, quien identificó durante la vista como el señor Gilberto Acosta Toro. El agente Berrocales declaró que escuchó a Acosta Toro decirlo que está entre mis piernas en el piso es mio. En ese...

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