Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Octubre de 2012, número de resolución KLCE201201360

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201201360
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2012

LEXTA20121008-010 Feshold Rodríguez V. Highway Motors

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

JO-ANN FESHOLD RODRÍGUEZ
Demandante-Recurrida
Vs.
HIGHWAY MOTORS, INC.; HÉCTOR SANTANA MEJÍAS por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta con ANA EMANUELLI; RICARDO PADILLA COLÓN; COMPAÑÍAS ASEGURADORAS 1, 2 o 3; MENGANO DE TAL
Demandados-Peticionarios
KLCE201201360
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Civil Número: DAC2010-2899 (501) Sobre: Incumplimiento de Contrato Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Escribano Medina, el Juez Bermúdez Torres y la Juez Ortiz Flores.

Ortiz Flores, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de octubre de 2012.

Comparecen la señora Ana Emanuelli y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ésta y el señor Héctor Santana Mejías (parte peticionaria), mediante recurso de certiorari sobre Orden emitida el 29 de agosto de 2012 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, notificada el 31 de agosto de 2012, que autorizó el emplazamiento por edicto de la parte peticionaria.

La Regla 52.1 de Procedimiento Civil de 2009, 32 L.P.R.A. Ap. V, R. 52.1, vigente para todo recurso de certiorari instado a partir del 1 de julio de 2010, dispone, en su parte pertinente, lo siguiente:

El recurso de certiorari para revisar resoluciones u órdenes interlocutorias dictadas por el Tribunal de Primera Instancia, solamente será expedido por el Tribunal de Apelaciones cuando se recurra de una resolución u orden bajo las Reglas 56 y 57 o de la denegatoria de una moción de carácter dispositivo. No obstante, y por excepción a lo dispuesto anteriormente, el Tribunal de Apelaciones podrá revisar órdenes o resoluciones interlocutorias dictadas por el Tribunal de Primera Instancia cuando se recurra de decisiones sobre la admisibilidad de testigos de hechos o peritos esenciales, asuntos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR