Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Octubre de 2012, número de resolución KLRA201200818

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200818
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2012

LEXTA20121008-013 Ruiz Villegas V. Adm. de Corrección

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

PEDRO RUÍZ VILLEGAS
Recurrente
Vs.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
Recurrida
KLRA201200818 Revisión procedente de la Administración de Corrección Querella Núm.: 219-12-0284

Panel integrado por su presidente, el Juez Escribano Medina, el Juez Bermudez Torres y la Juez Ortiz Flores.

Ortiz Flores, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 8 de octubre de 2012.

Comparece ante nosotros, por derecho propio, el señor Pedro Ruíz Villegas (Sr. Ruíz Villegas) mediante escrito que se acoge como recurso de revisión administrativa.

Examinado el recurso presentado, se confirma la determinación administrativa recurrida.

I

El Sr. Ruíz Villegas se encuentra confinado en la Institución Correccional Guayama 1000. El 27 de abril de 2012 a eso de las 8:20 AM el Sr. Ruíz Villegas se disponía a salir para el Taller de Sastrería; cuando se le iba a realizar un registro, el Sr. Ruíz Villegas con un comportamiento nervioso tiró al piso al lado de la puerta del módulo una envoltura transparente de color crema. Así se hizo constar en Informe de Querella de Incidente Disciplinario, suscrito el 28 de abril de 2012 por el Sargento Reinaldo M. González Robles y se le entregó copia en esa misma fecha al Sr. Ruíz Villegas. La envoltura transparente color crema se le entregó al Agente Quiñones de Drogas y Narcóticos de Guayama. Se le imputó al Sr. Ruíz Villegas en la referida querella el acto prohibido de posesión de sustancia controlada.

El 13 de junio de 2012 se celebró la vista disciplinaria ante el oficial examinador de vistas disciplinarias de la Administración de Corrección de la Institución Guayama 1000 correspondiente por el acto prohibido de: Posesión, introducción, uso, venta o distribución de narcóticos, sustancias controladas, o drogas, y/o la posesión, fabricación, o introducción de materiales asociados con el uso ilegal de sustancias controladas, sin autorización médica, o su tentativa. Véase: Resolución (Querella disciplinaria). El Sr. Ruíz Villegas no admitió el acto prohibido imputado. Se leyó la querella y el informe disciplinario y se discutió el contenido con el Sr. Ruíz Villegas.

Se emitió Resolución sobre la querella contra el Sr. Ruíz Villegas donde se hizo constar que se tomó en consideración lo siguiente: las declaraciones del Sargento González Robles, del Sr...

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