Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Octubre de 2012, número de resolución KLAN2012-01564

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN2012-01564
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2012

LEXTA20121024-003 Pagan Rodríguez V. Ex Parte

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL BAYAMON

ÁNGEL A. PAGÁN RODRÍGUEZ LYDIA M. MONZÓN BÁEZ V. EX PARTE KLAN2012-01564 APELACIÓN PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON CASO NUM.: DDI2002-0674 (3006) SOBRE: DIVORCIO (HOGAR SEGURO)

Panel integrado por su presidente el juez Escribano Medina, el juez Bermúdez Torres y la juez Ortiz Flores

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 24 de octubre de 2012.

Comparece Lydia M. Monzón Báez (en adelante apelante) y solicita la revocación de una Resolución y Orden dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (Hon. Wanda I. Soler Fernández), el 25 de junio de 2012, notificada el 10 de julio de 2012. En la misma, el Tribunal denegó una petición de Hogar Seguro toda vez que el mismo no aplica cuando uno de los comuneros ostenta “la custodia legal de uno de los nietos”.

I.

El 1ro de junio de 1974, la apelante y el señor Ángel A. Pagán Rodríguez contrajeron matrimonio en Rio Piedras, Puerto Rico. Durante el mismo, procrearon tres hijos. Tras surgir desavenencias en el matrimonio, el 13 de marzo de 2002, las partes presentaron petición conjunta de divorcio por consentimiento.

En ella, estipularon lo referente a los bienes adquiridos en común pro indiviso durante el matrimonio. Acordando que la apelante retendría la única propiedad inmueble hasta que el último de sus hijos adviniera a la mayoría de edad. El 5 de abril de 2002, el Tribunal dictó sentencia a tales efectos.

El 4 de noviembre de 2004, el Tribunal de Instancia, en busca de garantizar el mejor bienestar de la menor G.P.M., entregó la custodia legal, con todas las facultades tutelarias, a su abuela paterna, la Sra. Monzón Báez. Trascurrido el tiempo y advenido los hijos de la pareja mayor de edad, el Sr. Pagán Rodríguez comenzó a reclamarle a la apelante la división de la comunidad mediante la venta de la propiedad inmueble. En desacuerdo con tal reclamo, la Sra. Monzón Báez, el 18 de noviembre de 2010, presentó Demanda contra el Sr. Pagán Rodríguez, mediante la cual reclamó el inmueble objeto de división como hogar seguro de la menor G.P.M.

El Sr. Pagán Rodríguez, luego de ser debidamente emplazado, presentó el 14 de marzo de 2011, Moción se Ordene División de Gananciales. No obstante, porque la misma se presentó bajo la Petición de Divorcio anteriormente...

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