Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Noviembre de 2012, número de resolución KLRA201200707

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201200707
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2012

LEXTA20121120-002 Nora Lezcano V. AEE

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

IVÁN NORA LEZCANO Querellante Recurrente v. AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA Querellada Recurrida
KLRA201200707
Revisión administrativa procedente de la Oficina del Oficial Examinador de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico Caso Núm.: QG-12-1065

Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.

Morales Rodríguez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de noviembre de 2012.

El recurrente Iván Nora Lezcano era candidato a un puesto de “supervisor de servicio al cliente”

en la Autoridad de Energía Eléctrica. No fue escogido y se sometió al “Procedimiento de querellas de empleados de carrera no unionados” ante el Administrador Regional de Oficinas Comerciales de Arecibo, Félix Hernández Pérez. El procedimiento atiende las querellas gerenciales en tres “niveles” que son los siguientes:

  1. Primer Nivel: La querella se presenta en primera instancia ante el Jefe de División, Director Regional o Jefe Central del área concernida, según sea el caso, dentro de los diez (10) días laborales siguientes al hecho o la decisión que motiva la queja. El Jefe de

    División, Director Regional o el Jefe Central del área concernida, según sea el caso, dispone de diez (10) días laborables a partir del momento en que se le presente la querella para contestar la misma. La querella presentada deberá contener una relación de hechos clara y sucinta especificando las fechas pertinentes a ésta.

    Deberá, además, indicar la norma administrativa de donde surge el derecho reclamado. Se deberán acompañar copias de todos los documentos pertinentes.

  2. Segundo Nivel: De no resolverse la querella a favor del empleado en el primer nivel, o de ésta no contestarse dentro del término indicado, ésta se presentará ante el Director del área concernida, dentro de los diez (10) días laborables siguientes a la contestación del primer nivel o a la fecha en el que debió contestarse. El Director del área concernida dispone de quince (15) días laborables contados a partir de la fecha en que se le presenta la querella para contestarla.

  3. Tercer Nivel: De no resolverse la querella en el segundo nivel, o de no contestarse la misma dentro del término indicado, el empleado tendrá diez (10) días laborables para ir en alzada al Jefe de la División de Relaciones Industriales. El Jefe de la División de Relaciones Industriales, a su discreción, podrá dentro de los treinta días (30) laborables siguientes a la fecha en que reciba la querella asumir jurisdicción sobre la misma para fines de análisis y solución o de lo contrario, nombrará un Oficial Examinador para ventilar dicha querella.

    El 11 de enero de 2012 Hernández Pérez, Administrador Regional contestó la querella de primer nivel. La carta dirigida a Nora Lezcano dice:

    El 10 de enero de 2012 recibimos su querella impugnando la adjudicación del puesto de Supervisor (a) de Servicios al Cliente Ingreso en Arecibo (764-10720G2-221). Luego de evaluar la misma, le informamos que la Autoridad de Energía Eléctrica cumplió con las normas de procedimientos en el proceso de adjudicación del puesto de Supervisor (a) de Servicios a Clientes Ingreso.

    De usted no estar de acuerdo con nuestra contestación, de conformidad con el Procedimiento de Querellas para Empleados de Carrera no Unionados, podrá acudir al Segundo Nivel Apelativo. (Énfasis nuestro).

    Ese mismo día Nora Lezcano presentó la querella de segundo nivel al Director de Servicio al Cliente, Félix Echandía Costa. En vista de que Echandía Costa no contestó la querella en el término de quince días dispuesto en el procedimiento, Nora Lezcano presentó la querella de tercer nivel ante el licenciado Alberto Cuevas Trisán, Jefe de la División de Asuntos Laborales. Mientras la querella de tercer nivel seguía su curso, Echandía Costa, Director de Servicio, contestó la querella de segundo nivel el 27 de enero de 2012:

    Recibimos su querella presentada a esta oficina el 10 de enero de 2012. Luego de evaluar la misma sostenemos en la decisión tomada por el Sr. Félix...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR